CNAE 6619 - Otras actividades auxiliares a los servicios financieros, excepto seguros y fondos de pensiones
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por GESTION DE PROFESIONALES Y MEDIOS SLU o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión En cumplimiento de lo establecido en el artículo 242 del Real Decreto Legislativo 1564/1989, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas (en adelante Ley de Sociedades Anónimas), por remisión del artículo 94 de la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que la Junta general y universal de socios de "Producciones Montjos, Sociedad Limitada", de 30 de enero de 2001, y el socio único de "Gestión de Profesionales y Medios, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, en el ejercicio de las competencias de la Junta general por decisión de 30 de enero de 2001, acordaron, por unanimidad, la fusión de ambas sociedades mediante la absorción por "Producciones Montjos, Sociedad Limitada", de "Gestión de Profesionales y Medios, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, la cual se extinguirá por disolución sin liquidación, con la transmisión en bloque de todo su patrimonio a la sociedad absorbente, subrogándose ésta última a título universal en todos los derechos y obligaciones de la absorbida, todo ello conforme al proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Madrid el 22 de enero de 2001.
Se aprobaron a efectos de la fusión los Balances cerrados a 27 de diciembre de 2000. La fusión tendrá efectos contables a partir del día 1 de noviembre de 2000.
Se hace constar que los accionistas y acreedores de ambas sociedades tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión en el domicilio social, sito en los dos casos en Madrid, calle Conde de Peñalver, 61.
Los trabajadores de las sociedades, en su caso, tienen el derecho a examinar, en el domicilio social, los documentos a que se refiere el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Asimismo, durante el plazo de un mes, a contar desde la última publicación de este anuncio, los acreedores de las sociedades que se fusionan pueden oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Madrid, 30 de enero de 2001.-El Secretario del Consejo de Administración de "Producciones Montjos, Sociedad Limitada", y Administrador único de "Gestión de Profesionales y Medios, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal.-4.790.
y 3.a 7-2-2001.
| Absorbente | |
| Absorbida |
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Anuncio de fusión En cumplimiento de lo establecido en el artículo 242 del Real Decreto Legislativo 1564/1989, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas (en adelante Ley de Sociedades Anónimas), por remisión del artículo 94 de la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que la Junta general y universal de socios de "Producciones Montjos, Sociedad Limitada", de 30 de enero de 2001, y el socio único de "Gestión de Profesionales y Medios, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, en el ejercicio de las competencias de la Junta general por decisión de 30 de enero de 2001, acordaron, por unanimidad, la fusión de ambas sociedades mediante la absorción por "Producciones Montjos, Sociedad Limitada", de "Gestión de Profesionales y Medios, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, la cual se extinguirá por disolución sin liquidación, con la transmisión en bloque de todo su patrimonio a la sociedad absorbente, subrogándose ésta última a título universal en todos los derechos y obligaciones de la absorbida, todo ello conforme al proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Madrid el 22 de enero de 2001.
Se aprobaron a efectos de la fusión los Balances cerrados a 27 de diciembre de 2000. La fusión tendrá efectos contables a partir del día 1 de noviembre de 2000.
Se hace constar que los accionistas y acreedores de ambas sociedades tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión en el domicilio social, sito en los dos casos en Madrid, calle Conde de Peñalver, 61.
Los trabajadores de las sociedades, en su caso, tienen el derecho a examinar, en el domicilio social, los documentos a que se refiere el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Asimismo, durante el plazo de un mes, a contar desde la última publicación de este anuncio, los acreedores de las sociedades que se fusionan pueden oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Madrid, 30 de enero de 2001.-El Secretario del Consejo de Administración de "Producciones Montjos, Sociedad Limitada", y Administrador único de "Gestión de Profesionales y Medios, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal.-4.790.
2.a 6-2-2001.
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| Absorbida |
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Anuncio de fusión En cumplimiento de lo establecido en el artículo 242 del Real Decreto Legislativo 1564/1989, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas (en adelante Ley de Sociedades Anónimas), por remisión del artículo 94 de la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que la Junta general y universal de socios de "Producciones Montjos, Sociedad Limitada", de 30 de enero de 2001, y el socio único de "Gestión de Profesionales y Medios, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, en el ejercicio de las competencias de la Junta general por decisión de 30 de enero de 2001, acordaron, por unanimidad, la fusión de ambas sociedades mediante la absorción por "Producciones Montjos, Sociedad Limitada", de "Gestión de Profesionales y Medios, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, la cual se extinguirá por disolución sin liquidación, con la transmisión en bloque de todo su patrimonio a la sociedad absorbente, subrogándose ésta última a título universal en todos los derechos y obligaciones de la absorbida, todo ello conforme al proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Madrid el 22 de enero de 2001.
Se aprobaron a efectos de la fusión los Balances cerrados a 27 de diciembre de 2000. La fusión tendrá efectos contables a partir del día 1 de noviembre de 2000.
Se hace constar que los accionistas y acreedores de ambas sociedades tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión en el domicilio social, sito en los dos casos en Madrid, calle Conde de Peñalver, 61.
Los trabajadores de las sociedades, en su caso, tienen el derecho a examinar, en el domicilio social, los documentos a que se refiere el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Asimismo, durante el plazo de un mes, a contar desde la última publicación de este anuncio, los acreedores de las sociedades que se fusionan pueden oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Madrid, 30 de enero de 2001.-El Secretario del Consejo de Administración de "Producciones Montjos, Sociedad Limitada", y Administrador único de "Gestión de Profesionales y Medios, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal.-4.790.
1.a 5-2-2001.
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