LA COMPRAVENTA, TENENCIA Y ADMINISTRACION DE PARTICIPACIONES EN ENTIDADES, ACTIVOS FINANCIEROS Y VALORES, COTIZADOS O NO EN MERCADOS OFICIALES, CON LA FINALIDAD DE DIRIGIR, ADMINISTRAR Y GESTIONAR DICHAS PARTICIPACIONES.
CNAE 7490 - Otras actividades profesionales, científicas y técnicas n.c.o.p.
B83476507
11/11/2002
21 años
-
0.5M €
Madrid
2
Información sobre balances y cuentas de resultados de GESALPATRI SL depositados en el Registro Mercantil de Madrid en los últimos ejercicios.
Ejercicio Disponibilidad | Consultar en Axesor | |||||
Consultar en Axesor |
Entidad | Relación | Entidad/Relación | Desde | Hasta |
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Alonso Fraile Amador | Consej. | Alonso Fraile Amador Consej. | 19/11/2010 | |
Alonso Arnaiz Amador Jose | Consej. | Alonso Arnaiz Amador Jose Consej. | 19/11/2010 | |
Alonso Arnaiz Rafael | Consej. | Alonso Arnaiz Rafael Consej. | 19/11/2010 | |
Alonso Arnaiz Manuel | Consej. | Alonso Arnaiz Manuel Consej. | 19/11/2010 | |
Alonso Arnaiz Carlos | Consej. | Alonso Arnaiz Carlos Consej. | 19/11/2010 | |
Alonso Arnaiz Maria Remedios | Consej. | Alonso Arnaiz Maria Remedios Consej. | 19/11/2010 | |
Alonso Fraile Amador | Presid. | Alonso Fraile Amador Presid. | 19/11/2010 | |
Alonso Arnaiz Amador Jose | Secr. | Alonso Arnaiz Amador Jose Secr. | 19/11/2010 | |
Alonso Arnaiz Carmen | Consej. | Alonso Arnaiz Carmen Consej. | 19/11/2010 | |
Alonso Arnaiz Manuel | Consej. Del. | Alonso Arnaiz Manuel Consej. Del. | 19/11/2010 |
Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por GESALPATRI SL o en los que participa indirectamente.
Publicación en el BORME de los siguientes ceses-dimisiones:
Presidente | |
Consejeros | |
Consejero | |
Consejero Delegado | |
Secretario |
En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que la Junta General Universal de Socios de Dealar, S.L. y la Junta General Universal de socios de Gesalpatri, S.L., celebradas las dos el día 29 de septiembre de 2010, acordaron por unanimidad fusionar las referidas sociedades, mediante la absorción de la última por la primera, con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida Gesalpatri, S.L., y transmisión en bloque de todo el patrimonio de esta sociedad a la sociedad absorbente y resultante de la fusión Dealar, S.L., que adquiere por sucesión universal todos los bienes, derechos y obligaciones de aquélla. La fusión se acordó en los términos del proyecto común de fusión elaborado por los administradores de Dealar, S.L., y de Gesalpatri, S.L., con fecha 1 de septiembre de 2010, con aprobación de los balances de fusión cerrados a fecha 30 de junio de 2010, con una ampliación de capital en la sociedad absorbente y resultante de la fusión de 871.479 euros y una prima de emisión de 1.004.003,64 euros. La fecha a partir de la cual la fusión tendrá efectos contables será el día 1 de enero de 2010, por lo que las operaciones realizadas por la sociedad absorbida se entenderán realizadas, a efectos contables, por la sociedad absorbente a partir de dicha fecha.
A los efectos oportunos, se hace constar la inexistencia en las sociedades que se fusionan de tenedores de derechos especiales ni tenedores de títulos distintos de los representativos del capital, así como que no se otorgará ventaja ni privilegio alguno a los administradores de las sociedades que se fusionan.
Se hace expresa constancia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, del derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los Balances de Fusión.
Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace constar el derecho de oposición a la fusión que corresponde a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan en los términos previstos en los dos precitados artículos, en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión.
Madrid, 30 de septiembre de 2010.- El Consejero Delegado de Gesalpatri, S.L., don Manuel Alonso Arnaiz. El Consejero Delegado de Dealar, S.L., don Amador José Alonso Arnaiz.
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Anuncio de escisión total
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales Universales de Socios de «Motor Gas, Sociedad Limitada», «Gesalpatri, Sociedad Limitada» y Dealar, Sociedad Limitada», celebradas todas ellas el día 26 de agosto de 2004, aprobaron, por unanimidad, la escisión total de «Motor Gas, Sociedad Limitada», traspasando el patrimonio escindido en dos bloques a las sociedades beneficiarias Gesalpatri, Sociedad Limitada» y Dealar, Sociedad Limitada», respectivamente. La escisión se acordó en los términos del Proyecto de Escisión Total elaborado por los Administradores de «Motor Gas, Sociedad Limitada», «Gesalpatri, Sociedad Limitada» y «Dealar, Sociedad Limitada», con fecha 27 de julio de 2004, con aprobación del Balance de Escisión cerrado a fecha 31 de mayo de 2004 y verificado por el auditor de «Motor Gas, Sociedad Limitada», y con una ampliación de capital por cuantía de 36.060 euros en la sociedad beneficiaria «Gesalpatri, Sociedad Limitada» y de 1.168.314 euros en la sociedad beneficiaria «Dealar, Sociedad Limitada» El Proyecto de Escisión total fue depositado en el Registro Mercantil de Madrid el día 4 de agosto de 2004. Las operaciones relativas a la sociedad escindida se entenderán realizadas, a efectos contables, por las sociedades beneficiarias, a partir del día 1 de enero de 2004. A los efectos oportunos se hace constar la inexistencia de titulares de participaciones de clases especiales y de derechos especiales distintos de las participaciones, así como que no se otorgará ventaja ni privilegio alguno a los administradores de la sociedad escindida y de las sociedades beneficiarias. Se hace expresa constancia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, del derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de Escisión. Asimismo, y conforme al artículo 243 de dicha ley, se hace constar el derecho de los acreedores de cada una de las sociedades que participan en el proceso de escisión a oponerse a la escisión total en los términos previstos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, en el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de escisión.
Madrid, 1 de septiembre de 2004.-El Consejero delegado solidario de «Motor Gas, Sociedad Limitada», don Manuel Alonso Arnaiz.-El Consejero delegado solidario de «Gesalpatri, Sociedad Limitada», don Amador Alonso Fraile.-El Consejero delegado de «Dealar, Sociedad Limitada», don Amador José Alonso Arnaiz.-42.991.
1.ª 20-9-2004
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Anuncio de escisión total
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales Universales de Socios de «Motor Gas, Sociedad Limitada», «Gesalpatri, Sociedad Limitada» y Dealar, Sociedad Limitada», celebradas todas ellas el día 26 de agosto de 2004, aprobaron, por unanimidad, la escisión total de «Motor Gas, Sociedad Limitada», traspasando el patrimonio escindido en dos bloques a las sociedades beneficiarias Gesalpatri, Sociedad Limitada» y Dealar, Sociedad Limitada», respectivamente. La escisión se acordó en los términos del Proyecto de Escisión Total elaborado por los Administradores de «Motor Gas, Sociedad Limitada», «Gesalpatri, Sociedad Limitada» y «Dealar, Sociedad Limitada», con fecha 27 de julio de 2004, con aprobación del Balance de Escisión cerrado a fecha 31 de mayo de 2004 y verificado por el auditor de «Motor Gas, Sociedad Limitada», y con una ampliación de capital por cuantía de 36.060 euros en la sociedad beneficiaria «Gesalpatri, Sociedad Limitada» y de 1.168.314 euros en la sociedad beneficiaria «Dealar, Sociedad Limitada» El Proyecto de Escisión total fue depositado en el Registro Mercantil de Madrid el día 4 de agosto de 2004. Las operaciones relativas a la sociedad escindida se entenderán realizadas, a efectos contables, por las sociedades beneficiarias, a partir del día 1 de enero de 2004. A los efectos oportunos se hace constar la inexistencia de titulares de participaciones de clases especiales y de derechos especiales distintos de las participaciones, así como que no se otorgará ventaja ni privilegio alguno a los administradores de la sociedad escindida y de las sociedades beneficiarias. Se hace expresa constancia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, del derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de Escisión. Asimismo, y conforme al artículo 243 de dicha ley, se hace constar el derecho de los acreedores de cada una de las sociedades que participan en el proceso de escisión a oponerse a la escisión total en los términos previstos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, en el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de escisión.
Madrid, 1 de septiembre de 2004.-El Consejero delegado solidario de «Motor Gas, Sociedad Limitada», don Manuel Alonso Arnaiz.-El Consejero delegado solidario de «Gesalpatri, Sociedad Limitada», don Amador Alonso Fraile.-El Consejero delegado de «Dealar, Sociedad Limitada», don Amador José Alonso Arnaiz.-42.991.
1.ª 20-9-2004
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Anuncio de escisión total
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales Universales de Socios de «Motor Gas, Sociedad Limitada», «Gesalpatri, Sociedad Limitada» y Dealar, Sociedad Limitada», celebradas todas ellas el día 26 de agosto de 2004, aprobaron, por unanimidad, la escisión total de «Motor Gas, Sociedad Limitada», traspasando el patrimonio escindido en dos bloques a las sociedades beneficiarias Gesalpatri, Sociedad Limitada» y Dealar, Sociedad Limitada», respectivamente. La escisión se acordó en los términos del Proyecto de Escisión Total elaborado por los Administradores de «Motor Gas, Sociedad Limitada», «Gesalpatri, Sociedad Limitada» y «Dealar, Sociedad Limitada», con fecha 27 de julio de 2004, con aprobación del Balance de Escisión cerrado a fecha 31 de mayo de 2004 y verificado por el auditor de «Motor Gas, Sociedad Limitada», y con una ampliación de capital por cuantía de 36.060 euros en la sociedad beneficiaria «Gesalpatri, Sociedad Limitada» y de 1.168.314 euros en la sociedad beneficiaria «Dealar, Sociedad Limitada» El Proyecto de Escisión total fue depositado en el Registro Mercantil de Madrid el día 4 de agosto de 2004. Las operaciones relativas a la sociedad escindida se entenderán realizadas, a efectos contables, por las sociedades beneficiarias, a partir del día 1 de enero de 2004. A los efectos oportunos se hace constar la inexistencia de titulares de participaciones de clases especiales y de derechos especiales distintos de las participaciones, así como que no se otorgará ventaja ni privilegio alguno a los administradores de la sociedad escindida y de las sociedades beneficiarias. Se hace expresa constancia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, del derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de Escisión. Asimismo, y conforme al artículo 243 de dicha ley, se hace constar el derecho de los acreedores de cada una de las sociedades que participan en el proceso de escisión a oponerse a la escisión total en los términos previstos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, en el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de escisión.
Madrid, 1 de septiembre de 2004.-El Consejero delegado solidario de «Motor Gas, Sociedad Limitada», don Manuel Alonso Arnaiz.-El Consejero delegado solidario de «Gesalpatri, Sociedad Limitada», don Amador Alonso Fraile.-El Consejero delegado de «Dealar, Sociedad Limitada», don Amador José Alonso Arnaiz.-42.991.
1.ª 20-9-2004
Escindida | |
Beneficiaria |
|
Informe axesor 360º | Informe de Crédito | Perfil Comercial de Empresa | |
Importe de ventas y número de empleados | |||
Información mercantil y comercial | Completa | Completa | Básica |
Administradores y dirigentes | Solo dirigentes | ||
Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…) | |||
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago | |||
Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judiciales | |||
Balance y cuenta de pérdidas y ganancias | Completo | Extracto | |
Ratios y magnitudes económico-financieras | Completo | Extracto | |
Representación gráfica de empresas relacionadas | |||
Comparativa del balance con la media del sector | |||
Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio neto | |||
Fuentes de financiación y avales | |||
Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcas | |||
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GESALPATRI SL inscrita en el Registro Mercantil de Madrid. y con domicilio en MadridSu clasificación nacional de actividades económicas es Otras actividades profesionales, científicas y técnicas n.c.o.p..
La empresa tiene una facturación anual inferior a 500.000 euros.
GESALPATRI SL tiene 0 cargos directivos en activo y 10 cargos directivos históricos.