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Datos de FUELPLANE SL

FUELPLANE SL

 914147467   

Objeto social

CNAE 4671 - Comercio al por mayor de combustibles sólidos, líquidos y gaseosos, y productos similares

CIF

B83840900

Fecha constitución

-

Antigüedad

-

Capital social

-

Ventas

2.5M €

Registro

Últimas cuentas depositadas

-



Balances y cuentas de resultados

Información sobre balances y cuentas de resultados de FUELPLANE SL depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.


Ejercicio
Disponibilidad
2019
Inmediata
2020
Inmediata
2021
Inmediata
2022
Inmediata
Consultar en Axesor
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Anuncios en boletines oficiales

Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por FUELPLANE SL o en los que participa indirectamente.

  • Anuncio de fusión y absorción

    En cumplimiento de lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General Universal de socios de «Fuelplane, Sociedad Limitada», celebrada en fecha 17 de junio de 2008, y los Socios Únicos de «Repsol YPF Productos y Servicios Petrolíferos, Sociedad Limitada Unipersonal» y «Servicios Logísticos de Combustibles de Aviación, Sociedad Limitada Unipersonal» ejerciendo las competencias de la Junta General en decisiones adoptadas en esa misma fecha, aprobaron todas ellas por unanimidad la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por «Fuelplane, Sociedad Limitada» (sociedad absorbente), de «Repsol YPF Productos y Servicios Petrolíferos, Sociedad Limitada Unipersonal» y «Servicios Logísticos de Combustibles de Aviación, Sociedad Limitada Unipersonal» (sociedades absorbidas), ajustándose a los términos y condiciones del Proyecto de fusión suscrito por los órganos de administración de todas las sociedades intervinientes, que ha quedado depositado en los Registros Mercantiles de Madrid y Santa Cruz de Tenerife. Las dos sociedades absorbidas quedarán extinguidas y transmitidos en bloque sus respectivos patrimonios sociales a la Sociedad absorbente, habiendo acordado la Junta General de esta última el aumento del capital social en la medida necesaria, de acuerdo con el tipo de canje entre las participaciones sociales de la sociedad absorbida Repsol YPF Productos y Servicios Petrolíferos, Sociedad Limitada Unipersonal, y las de la sociedad absorbente que resulta del citado proyecto de fusión. La sociedad absorbida Servicios Logísticos de Combustibles de Aviación, Sociedad Limitada Unipersonal estará, tras una previa operación de escisión parcial, íntegramente participada por la sociedad absorbente, por lo que no procede la determinación del tipo ni del procedimiento de canje y en consecuencia no es necesario ampliar el capital social de Fuelplane Sociedad Limitada con causa en la absorción de esta última sociedad, según resulta igualmente del citado Proyecto y de lo dispuesto en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas. La Junta General de socios de la sociedad absorbente, y los Socios Únicos de las dos sociedades absorbidas, han aprobado los balances de fusión, tomando como tales los correspondientes a sus ejercicios cerrados a 31 de diciembre de 2007. Las operaciones de las sociedades absorbidas se entenderán realizadas a efectos contables por la sociedad absorbente a partir del día 1 de enero de 2008.

    De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

    Madrid, 24 de junio de 2008.-Los Administradores Únicos de «Fuelplane, Sociedad Limitada», don Miguel Ruiz Morales; «Repsol YPF Productos y Servicios Petrolíferos, Sociedad Limitada Unipersonal», don José Luís Montero Escudero; «Servicios Logísticos de Combustibles de Aviación, Sociedad Limitada Unipersonal», don Iñigo Echevarría Rementería.-42.335. y 3.ª 3-7-2008

    Absorbente
    • FUELPLANE SL
    Absorbida
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 24/06/2008. Núm. 42335. Diario: 126 Sección: R Pág: 20827 - 20827 

    Anuncio de escisión

    Anuncio de escisión

    En cumplimiento de lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 254 de la misma Ley, se hace público que la Junta General Universal de «Terminales Canarios, Sociedad Limitada», celebrada en fecha 17 de junio de 2008, y el Socio Único de «Fuelplane, Sociedad Limitada Unipersonal» ejerciendo las competencias de la Junta General en decisión adoptada en esa misma fecha, aprobaron por unanimidad la escisión parcial de «Terminales Canarios, Sociedad Limitada», mediante segregación de una parte de su patrimonio -consistente en la totalidad de las participaciones sociales en el capital social de la sociedad Servicios Logísticos de Combustibles de Aviación, Sociedad Limitada (Sociedad Unipersonal), constitutiva de una rama de actividad-, y su transmisión a favor de la entidad preexistente «Fuelplane, Sociedad Limitada Unipersonal» como sociedad beneficiaria, quien adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones integrantes de la parte de patrimonio segregado, en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por los órganos de administración de las sociedades intervinientes y depositado en los Registros Mercantiles de Madrid y Santa Cruz de Tenerife. La Junta General Universal de socios de la sociedad escindida parcialmente, y el Socio Único de la sociedad beneficiaria de la escisión parcial, han aprobado el balance de escisión, tomando como tal el correspondiente a su ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2007. Las operaciones de Terminales Canarios, Sociedad Limitada en la parte correspondiente al patrimonio escindido se considerarán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la sociedad beneficiaria de la escisión a partir del día 1 de enero de 2008. La Junta General Universal de socios de la sociedad escindida parcialmente, y el Socio Único de la sociedad beneficiaria, como consecuencia de la escisión parcial, han acordado en la indicada fecha la reducción de capital de la primera y el aumento del capital social de la segunda, en la medida necesaria, de acuerdo con el tipo y procedimiento de canje que resulta del citado proyecto de escisión.

    Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de escisión. Los acreedores de las sociedades indicadas pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de escisión.

    Madrid, 24 de junio de 2008.-El Secretario del Consejo de Administración de «Terminales Canarios, Sociedad Limitada», Blas Oliet Palá.-El Administrador único de «Fuelplane, Sociedad Limitada Unipersonal», Miguel Ruiz Morales.-42.362. y 3.ª 3-7-2008

    Escindida
    Beneficiaria
    • FUELPLANE SL
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 24/06/2008. Núm. 42362. Diario: 126 Sección: R Pág: 20839 - 20839 
  • Anuncio de fusión y absorción

    En cumplimiento de lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General Universal de socios de «Fuelplane, Sociedad Limitada», celebrada en fecha 17 de junio de 2008, y los Socios Únicos de «Repsol YPF Productos y Servicios Petrolíferos, Sociedad Limitada Unipersonal» y «Servicios Logísticos de Combustibles de Aviación, Sociedad Limitada Unipersonal» ejerciendo las competencias de la Junta General en decisiones adoptadas en esa misma fecha, aprobaron todas ellas por unanimidad la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por «Fuelplane, Sociedad Limitada» (sociedad absorbente), de «Repsol YPF Productos y Servicios Petrolíferos, Sociedad Limitada Unipersonal» y «Servicios Logísticos de Combustibles de Aviación, Sociedad Limitada Unipersonal» (sociedades absorbidas), ajustándose a los términos y condiciones del Proyecto de fusión suscrito por los órganos de administración de todas las sociedades intervinientes, que ha quedado depositado en los Registros Mercantiles de Madrid y Santa Cruz de Tenerife. Las dos sociedades absorbidas quedarán extinguidas y transmitidos en bloque sus respectivos patrimonios sociales a la Sociedad absorbente, habiendo acordado la Junta General de esta última el aumento del capital social en la medida necesaria, de acuerdo con el tipo de canje entre las participaciones sociales de la sociedad absorbida Repsol YPF Productos y Servicios Petrolíferos, Sociedad Limitada Unipersonal, y las de la sociedad absorbente que resulta del citado proyecto de fusión. La sociedad absorbida Servicios Logísticos de Combustibles de Aviación, Sociedad Limitada Unipersonal estará, tras una previa operación de escisión parcial, íntegramente participada por la sociedad absorbente, por lo que no procede la determinación del tipo ni del procedimiento de canje y en consecuencia no es necesario ampliar el capital social de Fuelplane Sociedad Limitada con causa en la absorción de esta última sociedad, según resulta igualmente del citado Proyecto y de lo dispuesto en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas. La Junta General de socios de la sociedad absorbente, y los Socios Únicos de las dos sociedades absorbidas, han aprobado los balances de fusión, tomando como tales los correspondientes a sus ejercicios cerrados a 31 de diciembre de 2007. Las operaciones de las sociedades absorbidas se entenderán realizadas a efectos contables por la sociedad absorbente a partir del día 1 de enero de 2008.

    De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

    Madrid, 24 de junio de 2008.-Los Administradores Únicos de «Fuelplane, Sociedad Limitada», don Miguel Ruiz Morales; «Repsol YPF Productos y Servicios Petrolíferos, Sociedad Limitada Unipersonal», don José Luís Montero Escudero; «Servicios Logísticos de Combustibles de Aviación, Sociedad Limitada Unipersonal», don Iñigo Echevarría Rementería.-42.335. 2.ª 2-7-2008

    Absorbente
    • FUELPLANE SL
    Absorbida
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 24/06/2008. Núm. 42335. Diario: 125 Sección: R Pág: 20730 - 20730 

    Anuncio de escisión

    Anuncio de escisión

    En cumplimiento de lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 254 de la misma Ley, se hace público que la Junta General Universal de «Terminales Canarios, Sociedad Limitada», celebrada en fecha 17 de junio de 2008, y el Socio Único de «Fuelplane, Sociedad Limitada Unipersonal» ejerciendo las competencias de la Junta General en decisión adoptada en esa misma fecha, aprobaron por unanimidad la escisión parcial de «Terminales Canarios, Sociedad Limitada», mediante segregación de una parte de su patrimonio -consistente en la totalidad de las participaciones sociales en el capital social de la sociedad Servicios Logísticos de Combustibles de Aviación, Sociedad Limitada (Sociedad Unipersonal), constitutiva de una rama de actividad-, y su transmisión a favor de la entidad preexistente «Fuelplane, Sociedad Limitada Unipersonal» como sociedad beneficiaria, quien adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones integrantes de la parte de patrimonio segregado, en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por los órganos de administración de las sociedades intervinientes y depositado en los Registros Mercantiles de Madrid y Santa Cruz de Tenerife. La Junta General Universal de socios de la sociedad escindida parcialmente, y el Socio Único de la sociedad beneficiaria de la escisión parcial, han aprobado el balance de escisión, tomando como tal el correspondiente a su ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2007. Las operaciones de Terminales Canarios, Sociedad Limitada en la parte correspondiente al patrimonio escindido se considerarán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la sociedad beneficiaria de la escisión a partir del día 1 de enero de 2008. La Junta General Universal de socios de la sociedad escindida parcialmente, y el Socio Único de la sociedad beneficiaria, como consecuencia de la escisión parcial, han acordado en la indicada fecha la reducción de capital de la primera y el aumento del capital social de la segunda, en la medida necesaria, de acuerdo con el tipo y procedimiento de canje que resulta del citado proyecto de escisión.

    Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de escisión. Los acreedores de las sociedades indicadas pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de escisión.

    Madrid, 24 de junio de 2008.-El Secretario del Consejo de Administración de «Terminales Canarios, Sociedad Limitada», Blas Oliet Palá.-El Administrador único de «Fuelplane, Sociedad Limitada Unipersonal», Miguel Ruiz Morales.-42.362. 2.ª 2-7-2008

    Escindida
    Beneficiaria
    • FUELPLANE SL
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 24/06/2008. Núm. 42362. Diario: 125 Sección: R Pág: 20740 - 20740 
  • Anuncio de fusión y absorción

    En cumplimiento de lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General Universal de socios de «Fuelplane, Sociedad Limitada», celebrada en fecha 17 de junio de 2008, y los Socios Únicos de «Repsol YPF Productos y Servicios Petrolíferos, Sociedad Limitada Unipersonal» y «Servicios Logísticos de Combustibles de Aviación, Sociedad Limitada Unipersonal» ejerciendo las competencias de la Junta General en decisiones adoptadas en esa misma fecha, aprobaron todas ellas por unanimidad la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por «Fuelplane, Sociedad Limitada» (sociedad absorbente), de «Repsol YPF Productos y Servicios Petrolíferos, Sociedad Limitada Unipersonal» y «Servicios Logísticos de Combustibles de Aviación, Sociedad Limitada Unipersonal» (sociedades absorbidas), ajustándose a los términos y condiciones del Proyecto de fusión suscrito por los órganos de administración de todas las sociedades intervinientes, que ha quedado depositado en los Registros Mercantiles de Madrid y Santa Cruz de Tenerife. Las dos sociedades absorbidas quedarán extinguidas y transmitidos en bloque sus respectivos patrimonios sociales a la Sociedad absorbente, habiendo acordado la Junta General de esta última el aumento del capital social en la medida necesaria, de acuerdo con el tipo de canje entre las participaciones sociales de la sociedad absorbida Repsol YPF Productos y Servicios Petrolíferos, Sociedad Limitada Unipersonal, y las de la sociedad absorbente que resulta del citado proyecto de fusión. La sociedad absorbida Servicios Logísticos de Combustibles de Aviación, Sociedad Limitada Unipersonal estará, tras una previa operación de escisión parcial, íntegramente participada por la sociedad absorbente, por lo que no procede la determinación del tipo ni del procedimiento de canje y en consecuencia no es necesario ampliar el capital social de Fuelplane Sociedad Limitada con causa en la absorción de esta última sociedad, según resulta igualmente del citado Proyecto y de lo dispuesto en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas. La Junta General de socios de la sociedad absorbente, y los Socios Únicos de las dos sociedades absorbidas, han aprobado los balances de fusión, tomando como tales los correspondientes a sus ejercicios cerrados a 31 de diciembre de 2007. Las operaciones de las sociedades absorbidas se entenderán realizadas a efectos contables por la sociedad absorbente a partir del día 1 de enero de 2008.

    De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

    Madrid, 24 de junio de 2008.-Los Administradores Únicos de «Fuelplane, Sociedad Limitada», don Miguel Ruiz Morales; «Repsol YPF Productos y Servicios Petrolíferos, Sociedad Limitada Unipersonal», don José Luís Montero Escudero; «Servicios Logísticos de Combustibles de Aviación, Sociedad Limitada Unipersonal», don Iñigo Echevarría Rementería.-42.335. 1.ª 1-7-2008

    Absorbente
    • FUELPLANE SL
    Absorbida
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 24/06/2008. Núm. 42335. Diario: 124 Sección: R Pág: 20590 - 20590 

    Anuncio de escisión

    Anuncio de escisión

    En cumplimiento de lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 254 de la misma Ley, se hace público que la Junta General Universal de «Terminales Canarios, Sociedad Limitada», celebrada en fecha 17 de junio de 2008, y el Socio Único de «Fuelplane, Sociedad Limitada Unipersonal» ejerciendo las competencias de la Junta General en decisión adoptada en esa misma fecha, aprobaron por unanimidad la escisión parcial de «Terminales Canarios, Sociedad Limitada», mediante segregación de una parte de su patrimonio -consistente en la totalidad de las participaciones sociales en el capital social de la sociedad Servicios Logísticos de Combustibles de Aviación, Sociedad Limitada (Sociedad Unipersonal), constitutiva de una rama de actividad-, y su transmisión a favor de la entidad preexistente «Fuelplane, Sociedad Limitada Unipersonal» como sociedad beneficiaria, quien adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones integrantes de la parte de patrimonio segregado, en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por los órganos de administración de las sociedades intervinientes y depositado en los Registros Mercantiles de Madrid y Santa Cruz de Tenerife. La Junta General Universal de socios de la sociedad escindida parcialmente, y el Socio Único de la sociedad beneficiaria de la escisión parcial, han aprobado el balance de escisión, tomando como tal el correspondiente a su ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2007. Las operaciones de Terminales Canarios, Sociedad Limitada en la parte correspondiente al patrimonio escindido se considerarán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la sociedad beneficiaria de la escisión a partir del día 1 de enero de 2008. La Junta General Universal de socios de la sociedad escindida parcialmente, y el Socio Único de la sociedad beneficiaria, como consecuencia de la escisión parcial, han acordado en la indicada fecha la reducción de capital de la primera y el aumento del capital social de la segunda, en la medida necesaria, de acuerdo con el tipo y procedimiento de canje que resulta del citado proyecto de escisión.

    Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de escisión. Los acreedores de las sociedades indicadas pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de escisión.

    Madrid, 24 de junio de 2008.-El Secretario del Consejo de Administración de «Terminales Canarios, Sociedad Limitada», Blas Oliet Palá.-El Administrador único de «Fuelplane, Sociedad Limitada Unipersonal», Miguel Ruiz Morales.-42.362. 1.ª 1-7-2008

    Escindida
    Beneficiaria
    • FUELPLANE SL
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 24/06/2008. Núm. 42362. Diario: 124 Sección: R Pág: 20599 - 20599 

Informes comerciales Axesor

Informe axesor 360ºInforme de CréditoPerfil Comercial de Empresa
Importe de ventas y número de empleadosIncluye Importe de ventas y número de empleadosIncluye Importe de ventas y número de empleadosIncluye Importe de ventas y número de empleados
Información mercantil y comercialIncluye Información mercantil y comercial
Completa
Incluye Información mercantil y comercial
Completa
Incluye Información mercantil y comercial
Básica
Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentes
Solo dirigentes
Empresas relacionadas
(accionistas, participadas,…)
Incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)Incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)No incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago
Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judicialesIncluye Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judicialesIncluye Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judicialesIncluye Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judiciales
Balance y cuenta de pérdidas y gananciasIncluye Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Completo
Incluye Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Extracto
Incluye Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Ratios y magnitudes económico-financierasIncluye Ratios y magnitudes económico-financieras
Completo
Incluye Ratios y magnitudes económico-financieras
Extracto
Incluye Ratios y magnitudes económico-financieras
Representación gráfica de empresas relacionadasIncluye Representación gráfica de empresas relacionadasIncluye Representación gráfica de empresas relacionadasIncluye Representación gráfica de empresas relacionadas
Comparativa del balance con la media del sectorIncluye Comparativa del balance con la media del sectorIncluye Comparativa del balance con la media del sectorIncluye Comparativa del balance con la media del sector
Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio netoIncluye Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio netoIncluye Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio netoIncluye Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio neto
Fuentes de financiación y avalesIncluye Fuentes de financiación y avalesIncluye Fuentes de financiación y avalesIncluye Fuentes de financiación y avales
Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcasIncluye Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcasIncluye Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcasIncluye Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcas
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FUELPLANE SL es una empresa . Su clasificación nacional de actividades económicas es Comercio al por mayor de combustibles sólidos, líquidos y gaseosos, y productos similares.

La empresa tiene una facturación anual superior a 2.500.000 euros.