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CNAE 8720 - Asistencia en establecimientos residenciales para personas con discapacidad intelectual, enfermedad mental y drogodependencia
A60695699
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Información sobre balances y cuentas de resultados de FELIZ EDAD SAU depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por FELIZ EDAD SAU o en los que participa indirectamente.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas y disposiciones concordantes, se hace público que las Juntas ordinarias universales de las sociedades relacionadas en el título de este anuncio, en sesiones celebradas el día 28 de junio de 2001, aprobaron por unanimidad la fusión de todas ellas sobre la base de los Balances cerrados a 31 de diciembre de 2000, también aprobados por las Juntas, mediante absorción por "Quavitae, Sociedad Anónima", de "Feliz Edad, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, y "Centro Residencial Toledo, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, inscritas en el Registro Mercantil de Madrid las dos primeras y en el Registro Mercantil de Toledo la última, de conformidad con el proyecto de fusión suscrito por los Administradores de las sociedades, depositado en esos Registros y publicado en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil" de 8 de mayo de 2000 y de 9 de julio de 2001, el cual también fue aprobado por unanimidad por las respectivas Juntas.
No procede ampliar el capital social de la sociedad absorbente "Quavitae, Sociedad Anónima", ni emitir ni canjear acciones o participaciones al ser propietaria la sociedad absorbente de la totalidad de las acciones y participaciones de las sociedades absorbidas "Centro Residencial Toledo, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, y "Feliz Edad, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal. No se modifica el objeto social de la sociedad absorbente, ni se acuerda variación de sus Administradores.
Como consecuencia de la fusión se producirá la extinción sin liquidación de las sociedades absorbidas y la transmisión en bloque de sus patrimonios sociales a la sociedad absorbente, que adquiere por sucesión universal los derechos y obligaciones de aquéllas.
Se hace constar, expresamente, el derecho que asiste a los accionistas partícipes y acreedores de las sociedades, de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los Balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de las sociedades.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan podrán ejercitar su derecho de oposición en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas y en el plazo de un mes, contado desde la publicación del tercer y último anuncio de fusión.
Madrid, 10 de julio de 2001.-María Rosario Arias Allende, Secretaria del Consejo de Administración de "Quavitae, Sociedad Anónima"; Alfonso de Pedro, Administrador único de "Feliz Edad, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, y "Centro Residencial Toledo, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal.-43.196. y 3.a 16-8-2001.
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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas y disposiciones concordantes, se hace público que las Juntas ordinarias universales de las sociedades relacionadas en el título de este anuncio, en sesiones celebradas el día 28 de junio de 2001, aprobaron por unanimidad la fusión de todas ellas sobre la base de los Balances cerrados a 31 de diciembre de 2000, también aprobados por las Juntas, mediante absorción por "Quavitae, Sociedad Anónima", de "Feliz Edad, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, y "Centro Residencial Toledo, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, inscritas en el Registro Mercantil de Madrid las dos primeras y en el Registro Mercantil de Toledo la última, de conformidad con el proyecto de fusión suscrito por los Administradores de las sociedades, depositado en esos Registros y publicado en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil" de 8 de mayo de 2000 y de 9 de julio de 2001, el cual también fue aprobado por unanimidad por las respectivas Juntas.
No procede ampliar el capital social de la sociedad absorbente "Quavitae, Sociedad Anónima", ni emitir ni canjear acciones o participaciones al ser propietaria la sociedad absorbente de la totalidad de las acciones y participaciones de las sociedades absorbidas "Centro Residencial Toledo, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, y "Feliz Edad, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal. No se modifica el objeto social de la sociedad absorbente, ni se acuerda variación de sus Administradores.
Como consecuencia de la fusión se producirá la extinción sin liquidación de las sociedades absorbidas y la transmisión en bloque de sus patrimonios sociales a la sociedad absorbente, que adquiere por sucesión universal los derechos y obligaciones de aquéllas.
Se hace constar, expresamente, el derecho que asiste a los accionistas partícipes y acreedores de las sociedades, de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los Balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de las sociedades.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan podrán ejercitar su derecho de oposición en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas y en el plazo de un mes, contado desde la publicación del tercer y último anuncio de fusión.
Madrid, 10 de julio de 2001.-María Rosario Arias Allende, Secretaria del Consejo de Administración de "Quavitae, Sociedad Anónima"; Alfonso de Pedro, Administrador único de "Feliz Edad, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, y "Centro Residencial Toledo, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal.-43.196. 2.a 14-8-2001.
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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas y disposiciones concordantes, se hace público que las Juntas ordinarias universales de las sociedades relacionadas en el título de este anuncio, en sesiones celebradas el día 28 de junio de 2001, aprobaron por unanimidad la fusión de todas ellas sobre la base de los Balances cerrados a 31 de diciembre de 2000, también aprobados por las Juntas, mediante absorción por "Quavitae, Sociedad Anónima", de "Feliz Edad, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, y "Centro Residencial Toledo, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, inscritas en el Registro Mercantil de Madrid las dos primeras y en el Registro Mercantil de Toledo la última, de conformidad con el proyecto de fusión suscrito por los Administradores de las sociedades, depositado en esos Registros y publicado en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil" de 8 de mayo de 2000 y de 9 de julio de 2001, el cual también fue aprobado por unanimidad por las respectivas Juntas.
No procede ampliar el capital social de la sociedad absorbente "Quavitae, Sociedad Anónima", ni emitir ni canjear acciones o participaciones al ser propietaria la sociedad absorbente de la totalidad de las acciones y participaciones de las sociedades absorbidas "Centro Residencial Toledo, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, y "Feliz Edad, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal. No se modifica el objeto social de la sociedad absorbente, ni se acuerda variación de sus Administradores.
Como consecuencia de la fusión se producirá la extinción sin liquidación de las sociedades absorbidas y la transmisión en bloque de sus patrimonios sociales a la sociedad absorbente, que adquiere por sucesión universal los derechos y obligaciones de aquéllas.
Se hace constar, expresamente, el derecho que asiste a los accionistas partícipes y acreedores de las sociedades, de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los Balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de las sociedades.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan podrán ejercitar su derecho de oposición en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas y en el plazo de un mes, contado desde la publicación del tercer y último anuncio de fusión.
Madrid, 10 de julio de 2001.-María Rosario Arias Allende, Secretaria del Consejo de Administración de "Quavitae, Sociedad Anónima"; Alfonso de Pedro, Administrador único de "Feliz Edad, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, y "Centro Residencial Toledo, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal.-43.196. 1.a 13-8-2001.
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Informe axesor 360º | Informe de Crédito | Perfil Comercial de Empresa | |
Importe de ventas y número de empleados | |||
Información mercantil y comercial | Completa | Completa | Básica |
Administradores y dirigentes | Solo dirigentes | ||
Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…) | |||
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago | |||
Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judiciales | |||
Balance y cuenta de pérdidas y ganancias | Completo | Extracto | |
Ratios y magnitudes económico-financieras | Completo | Extracto | |
Representación gráfica de empresas relacionadas | |||
Comparativa del balance con la media del sector | |||
Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio neto | |||
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