LA CONSTRUCCION COMPLETA, REFORMAS, REPARACION Y CONSERVACION DE OBRAS CIVILES. LA COMPRA, VENTA Y ARRENDAMIENTOS NO FINANCIERO DE TODO TIPO DE BIENES INMUEBLES, URBANOS, RUSTICOS O INDUSTRIALES. EL SERVICIO DE SELECCION
CNAE 6810 - Compraventa de bienes inmobiliarios por cuenta propia
B19213610
29/01/2004
20 años
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0.5M €
Guadalajara
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por EUROVIDA BIA SL o en los que participa indirectamente.
La Agencia Estatal de la Administración Tributaria ha dictado baja provisional en el óndice de entidades porqué los débitos tributarios de la entidad con la Hacienda pública del Estado han sido declarados fallidos o no haber presentado la declaración del impuesto de sociedades correspondiente a tres períodos impositivos consecutivos. Se cierra la hoja registral de la sociedad no pudióndose practicar ninguna inscripción.
Conforme al artículo 62.3 del Reglamento General de Recaudación se hace constar que mediante acuerdo de fecha de la Dependencia de Recaudación ha sido DECLARADO FALLIDO la entidad de esta hoja. Por lo que con posterioridad a esta anotación se comunicará a dicho órgano de Recaudación cualquier acto.
Informe de Crédito | Predicción y Calificación | Perfil Comercial de Empresa | |
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago | |||
Crédito recomendado | |||
Importe de ventas y número de empleados | |||
Información mercantil y comercial | Básica | ||
Administradores y dirigentes | Solo dirigentes | ||
Incidencias judiciales y procedimientos concursales | |||
Impagos en el fichero RAI | |||
Impagos en el fichero Asnef Empresas | |||
Extracto del balance y cuenta de pérdidas y ganancias | |||
Ratios y magnitudes económico-financieras | |||
Acceder | Acceder | Acceder |
EUROVIDA BIA SL inscrita en el Registro Mercantil de Guadalajara. y con domicilio en AloveraSu clasificación nacional de actividades económicas es Compraventa de bienes inmobiliarios por cuenta propia.
La empresa tiene una facturación anual inferior a 500.000 euros.