CNAE 4673 - Comercio al por mayor de madera, materiales de construcción y aparatos sanitarios
B82202953
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Información sobre balances y cuentas de resultados de ESPELIZ SLU depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por ESPELIZ SLU o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión Se hace público que el socio único de las sociedades Servicios de Difusión, Sociedad Anónima (Sociedad Unipersonal) y Espeliz, Sociedad Limitada (Sociedad Unipersonal) y los accionistas de S.G.C.C., Sociedad Anónima, con fecha 15 de abril de 2003 aprobaron, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por S.G.C.C., Sociedad Anónima de Servicios de Difusión, Sociedad Anónima (Sociedad Unipersonal) y Espeliz, Sociedad Limitada (Sociedad Unipersonal), con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y traspaso en bloque a título universal del patrimonio de Servicios de Difusión, Sociedad Anónima y Espeliz, Sociedad Limitada, a favor de S.G.C.C., Sociedad Anónima, y sin ampliación del capital de la sociedad absorbente, por ser ésta titular del cien por cien del capital de las sociedades absorbidas, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por los Administradores Únicos de las sociedades intervinientes y debidamente depositado en el Registro Mercantil de Madrid.
Asimismo, la citada Junta General de Accionistas de la Sociedad S.G.C.C., Sociedad Anónima de fecha 15 de abril de 2003 aprobó por unanimidad el cambio de domicilio de la sociedad de calle San Martín de Porres, 43 (28035 Madrid) a calle General Yagüe, 5 - 12o C (Madrid).
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Madrid, 16 de abril de 2003.-D. Luis Ángel de la Viuda Pereda, Administrador Único de S.G.C.C., Sociedad Anónima. D. José Ataz Hernández, Administrador Único de Espeliz, Sociedad Limitada.
Doña María Jesús de la Viuda Villanueva, Administrador Único de Servicios de Difusión, Sociedad Anónima.-15.487. y 3.a 30-4-2003.
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| Absorbida |
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Anuncio de fusión Se hace público que el socio único de las sociedades Servicios de Difusión, Sociedad Anónima (Sociedad Unipersonal) y Espeliz, Sociedad Limitada (Sociedad Unipersonal) y los accionistas de S.G.C.C., Sociedad Anónima, con fecha 15 de abril de 2003 aprobaron, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por S.G.C.C., Sociedad Anónima de Servicios de Difusión, Sociedad Anónima (Sociedad Unipersonal) y Espeliz, Sociedad Limitada (Sociedad Unipersonal), con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y traspaso en bloque a título universal del patrimonio de Servicios de Difusión, Sociedad Anónima y Espeliz, Sociedad Limitada, a favor de S.G.C.C., Sociedad Anónima, y sin ampliación del capital de la sociedad absorbente, por ser ésta titular del cien por cien del capital de las sociedades absorbidas, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por los Administradores Únicos de las sociedades intervinientes y debidamente depositado en el Registro Mercantil de Madrid.
Asimismo, la citada Junta General de Accionistas de la Sociedad S.G.C.C., Sociedad Anónima de fecha 15 de abril de 2003 aprobó por unanimidad el cambio de domicilio de la sociedad de calle San Martín de Porres, 43 (28035 Madrid) a calle General Yagüe, 5 - 12o C (Madrid).
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Madrid, 16 de abril de 2003.-D. Luis Ángel de la Viuda Pereda, Administrador Único de S.G.C.C., Sociedad Anónima. D. José Ataz Hernández, Administrador Único de Espeliz, Sociedad Limitada.
Doña María Jesús de la Viuda Villanueva, Administrador Único de Servicios de Difusión, Sociedad Anónima.-15.487. 2.a 29-4-2003.
| Absorbente | |
| Absorbida |
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Anuncio de fusión Se hace público que el socio único de las sociedades Servicios de Difusión, Sociedad Anónima (Sociedad Unipersonal) y Espeliz, Sociedad Limitada (Sociedad Unipersonal) y los accionistas de S.G.C.C., Sociedad Anónima, con fecha 15 de abril de 2003 aprobaron, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por S.G.C.C., Sociedad Anónima de Servicios de Difusión, Sociedad Anónima (Sociedad Unipersonal) y Espeliz, Sociedad Limitada (Sociedad Unipersonal), con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y traspaso en bloque a título universal del patrimonio de Servicios de Difusión, Sociedad Anónima y Espeliz, Sociedad Limitada, a favor de S.G.C.C., Sociedad Anónima, y sin ampliación del capital de la sociedad absorbente, por ser ésta titular del cien por cien del capital de las sociedades absorbidas, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por los Administradores Únicos de las sociedades intervinientes y debidamente depositado en el Registro Mercantil de Madrid.
Asimismo, la citada Junta General de Accionistas de la Sociedad S.G.C.C., Sociedad Anónima de fecha 15 de abril de 2003 aprobó por unanimidad el cambio de domicilio de la sociedad de calle San Martín de Porres, 43 (28035 Madrid) a calle General Yagüe, 5 - 12o C (Madrid).
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Madrid, 16 de abril de 2003.-D. Luis Ángel de la Viuda Pereda, Administrador Único de S.G.C.C., Sociedad Anónima. D. José Ataz Hernández, Administrador Único de Espeliz, Sociedad Limitada.
Doña María Jesús de la Viuda Villanueva, Administrador Único de Servicios de Difusión, Sociedad Anónima.-15.487. 1.a 28-4-2003.
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La empresa tiene una facturación anual entre 500.000 y 1.000.000 euros.