PROMOCION Y CONSTRUCCION DE TODO TIPO DE INMUEBLES. COMPRA VENTA DE TODO TIPO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES. ALQUILER DE TODO TIPO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES. EXPLOTACION DE APARCAMIENTOS SUBTERRANEOS. GUARDA Y CUSTOD
CNAE 4110 - Promoción inmobiliaria
B04518932
05/04/2005
19 años
-
0.5M €
Almería
Información sobre balances y cuentas de resultados de ESPEJO DE DALIAS SRL depositados en el Registro Mercantil de Almería en los últimos ejercicios.
Ejercicio Disponibilidad | Consultar en Axesor | |||||
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por ESPEJO DE DALIAS SRL o en los que participa indirectamente.
Se disuelve la sociedad por fusión.
Con fecha 29 de marzo de 2011, las sociedades ESPEJO DE DALIAS SRL han sido absorbidas por la sociedad PROMOCIONES LLANOS DE AGUADULCE SA .
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que las Juntas Generales Estraordinarias y Universales de socios de las indicadas compañías, celebradas todas ellas el 1 de julio de 2010, aprobaron, por unanimidad, además de los respectivos Balances de fusión, cerrados al 30 de junio de 2010, la fusión por absorción de Espejo de Dalías, S.L. por Promociones Llanos de Aguadulce, S.A.U.
Como consecuencia de dicha fusión, se extingue, sin liquidación, la sociedad absorbida y su patrimonio social es transmitido en bloque a la sociedad absorbente, que adquiere por sucesión universal los derechos y obligaciones de aquélla.
La fusión se acordó de conformidad con el proyecto de fusión suscrito por los respectivos órganos de administración en fecha 29 de junio de 2010 y que fue depositado en el Registro Mercantil de Almería el 15 de noviembre de 2010 y publicado en el BORME el 25 de noviembre de 2010.
La fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad absorbida habrán de considerarse a efectos contables y fiscales por cuenta de la sociedad absorbente será la del 1 de julio de 2010. No se otorgará ningún tipo de derechos especiales a los socios ni de ventajas a los Administradores de las sociedades que se fusionan.
Se hace constar el derecho que corresponde a los socios y acreedores de ambas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de oposición, que durante el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de fusión, pueden ejercer los acreedores.
El Ejido, 25 de noviembre de 2010.- José A. Godoy Fernández, como Administrador Único de Promociones Llanos de Aguadulce, S.A.U. y de Espejo de Dalías, S.L.
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ESPEJO DE DALIAS SRL ya disuelta inscrita en el Registro Mercantil de Almería. y con domicilio en Ejido, ElSu clasificación nacional de actividades económicas era Promoción inmobiliaria.
La empresa tenia un rango de facturación anual entre 500.000 y 1.000.000 euros.