no disponible
-
-
-
0.5M €
Valencia
-
Información sobre balances y cuentas de resultados de ECO 3 MULTIMEDIA SA depositados en el Registro Mercantil de Valencia en los últimos ejercicios.
Ejercicio Disponibilidad | 2018 Inmediata | 2019 Inmediata | 2020 Inmediata | 2021 Inmediata | Consultar en Axesor | |
Consultar en Axesor |
Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por ECO 3 MULTIMEDIA SA o en los que participa indirectamente.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta General Extraordinaria de "ECO 3 MULTIMEDIA, S.A.", reunida el pasado 25 de noviembre de 2019, adoptó, por unanimidad, previa compensación parcial de pérdidas con cargo a reservas, el acuerdo de reducir el capital social de la Sociedad con la finalidad de compensar pérdidas mediante la disminución del valor nominal de las acciones de la Sociedad y la consiguiente modificación del artículo 5 de los Estatutos Sociales.
El importe de la reducción asciende a 416.000 euros, por lo que el capital social pasará de 520.000 euros a 104.000 euros. La reducción se efectuará mediante la disminución del valor nominal de todas las acciones que lo integran en cuatrocientos euros (400,00 €) por acción, que pasan a tener un valor nominal de cien euros (100,00 €) cada una de ellas, circunstancia que se hará constar en los títulos o resguardos provisionales acreditativos de las mismas mediante su estampillado. La finalidad de la reducción de capital es –previa aplicación a la compensación de pérdidas a las reservas voluntarias de la Sociedad– la de compensar las pérdidas de la Sociedad.
De conformidad con el artículo 323 de la Ley de Sociedades de Capital, la presente reducción de capital toma como referencia el balance de la Sociedad cerrado a 31 de julio de 2019, el cual fue sometido a la verificación de la sociedad auditora cuentas KPMG Auditores, S.L., y fue aprobado, por unanimidad, por la citada Junta General. Dicho balance y el informe del auditor se incorporarán a la escritura pública de reducción de capital.
En virtud del artículo 335 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar que los acreedores no gozan de derecho de oposición a la presente operación de reducción de capital puesto que se hace con la única finalidad de restablecer el equilibrio entre el capital social y el patrimonio de la sociedad.
Valencia, 16 de marzo de 2020.- El Presidente del Consejo de Administración, Perfecto Palacio López.
|
Anuncio de reducción de capital social para la compensación de pérdidas
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta General Ordinaria de "ECO 3 MULTIMEDIA, S.A.", reunida con carácter de universal el pasado 27 de abril de 2016 adoptó, por unanimidad, previa compensación parcial de pérdidas con cargo a reservas, el acuerdo de reducir el capital social de la Compañía con la finalidad de compensar pérdidas mediante la disminución del valor nominal de las acciones de la Sociedad y la consiguiente modificación del artículo 5 de los Estatutos Sociales.
El importe de la reducción asciende a 60.606 euros, por lo que el capital social pasará de 360.606 euros a 300.000 euros. La reducción se efectuará mediante la disminución del valor nominal de todas las acciones que lo integran en ciento un euros y un céntimo de euro (101,01 euros) por acción, que pasan a tener un valor nominal de quinientos euros (500 euros) cada una de ellas. Así, se amortiza la cantidad de ciento un euros y un céntimo de euro (101,01 euros) por acción, circunstancia que se hará constar en los títulos o resguardos provisionales acreditativos de las mismas mediante su estampillado. La finalidad de la reducción de capital es –previa aplicación a la compensación de pérdidas a las reservas voluntarias y a la reserva legal de la Sociedad– la de compensar las pérdidas de la Sociedad.
De conformidad con el artículo 323 de la Ley de Sociedades de Capital, la presente reducción de capital toma como referencia el balance de la Sociedad cerrado a 31 de diciembre de 2015, el cual fue sometido a la verificación de la sociedad auditora cuentas KPMG Auditores, S.L., y fue aprobado, por unanimidad, por la citada Junta General. Dicho balance y el informe del auditor se incorporarán a la escritura pública de reducción de capital.
En virtud del artículo 335 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar que los acreedores no gozan de derecho de oposición a la presente operación de reducción de capital puesto que se hace con la única finalidad de restablecer el equilibrio entre el capital social y el patrimonio de la sociedad.
Valencia, 12 de septiembre de 2016.- El Presidente del Consejo de Administración. Firmado: Rafael Ferrando Giner.
|
Informe axesor 360º | Informe de Crédito | Perfil Comercial de Empresa | |
Importe de ventas y número de empleados | |||
Información mercantil y comercial | Completa | Completa | Básica |
Administradores y dirigentes | Solo dirigentes | ||
Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…) | |||
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago | |||
Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judiciales | |||
Balance y cuenta de pérdidas y ganancias | Completo | Extracto | |
Ratios y magnitudes económico-financieras | Completo | Extracto | |
Representación gráfica de empresas relacionadas | |||
Comparativa del balance con la media del sector | |||
Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio neto | |||
Fuentes de financiación y avales | |||
Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcas | |||
Acceder | Acceder | Acceder |
ECO 3 MULTIMEDIA SA es una empresa inscrita en el Registro Mercantil de Valencia.
La empresa tiene una facturación anual entre 500.000 y 1.000.000 euros.