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Datos de DISTRIBUCIONES CAROL SLU

DISTRIBUCIONES CAROL SLU

 918913595   

Objeto social

CNAE 6820 - Alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia

CIF

B78302015

Fecha constitución

-

Antigüedad

-

Capital social

-

Ventas

0.5M €

Registro

Últimas cuentas depositadas

-



Balances y cuentas de resultados

Información sobre balances y cuentas de resultados de DISTRIBUCIONES CAROL SLU depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.


Ejercicio
Disponibilidad
2019
3 horas
2020
3 horas
2021
3 horas
2022
Inmediata
2023
Inmediata
Consultar en Axesor
Consultar en Axesor

Anuncios en boletines oficiales

Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por DISTRIBUCIONES CAROL SLU o en los que participa indirectamente.

  • Anuncio de escisión

    Anuncio de escisión parcial

    En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que el socio único de la mercantil «Distribuciones Carol, Sociedad Limitada Unipersonal», acordó mediante decisión de fecha 15 de abril de 2005 la escisión parcial de la compañía, mediante la segregación de parte de su patrimonio, constituido por las unidades económicas (ramas de actividad) de distribución de carburantes y confección textil, y traspaso a dos sociedades de nueva creación con las denominaciones sociales de «Carol Lubricantes y Recambios, Sociedad Limitada», y «Kaloría Difusión, Sociedad Limitada», respectivamente; todo ello en los términos contenidos en el proyecto de escisión parcial redactado y suscrito por la administradora única de «Distribuciones Carol, Sociedad Limitada Unipersonal», y depositado en el Registro Mercantil de Madrid, con fecha 4 de abril de 2005, y en el balance de escisión parcial de fecha 31 de diciembre de 2004.

    De conformidad con lo dispuesto en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de la sociedad a obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión parcial y del balance de escisión parcial. Asimismo, los acreedores de la sociedad podrán oponerse a la escisión parcial, dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

    Madrid, 23 de mayo de 2005.-Administradora única de Distribuciones Carol, S.L.U., Miguela Roldán Novalbos.-Administrador único de la sociedad beneficiaria a constituir con la denominación Kaloría Difusión, S. L., don Miguel Ángel Calzado Roldán.-Administrador único de la sociedad beneficiaria a constituir con la denominación Carol Lubricantes y Recambios, S. L., don Vicente Calzado Roldán.-35.635. y 3.ª 29-6-2005

    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 23/05/2005. Núm. 35635. Diario: 123 Sección: R Pág: 18913 - 18913 
  • Anuncio de escisión

    Anuncio de escisión parcial

    En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que el socio único de la mercantil «Distribuciones Carol, Sociedad Limitada Unipersonal», acordó mediante decisión de fecha 15 de abril de 2005 la escisión parcial de la compañía, mediante la segregación de parte de su patrimonio, constituido por las unidades económicas (ramas de actividad) de distribución de carburantes y confección textil, y traspaso a dos sociedades de nueva creación con las denominaciones sociales de «Carol Lubricantes y Recambios, Sociedad Limitada», y «Kaloría Difusión, Sociedad Limitada», respectivamente; todo ello en los términos contenidos en el proyecto de escisión parcial redactado y suscrito por la administradora única de «Distribuciones Carol, Sociedad Limitada Unipersonal», y depositado en el Registro Mercantil de Madrid, con fecha 4 de abril de 2005, y en el balance de escisión parcial de fecha 31 de diciembre de 2004.

    De conformidad con lo dispuesto en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de la sociedad a obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión parcial y del balance de escisión parcial. Asimismo, los acreedores de la sociedad podrán oponerse a la escisión parcial, dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

    Madrid, 23 de mayo de 2005.-Administradora única de Distribuciones Carol, S.L.U., Miguela Roldán Novalbos.-Administrador único de la sociedad beneficiaria a constituir con la denominación Kaloría Difusión, S. L., don Miguel Ángel Calzado Roldán.-Administrador único de la sociedad beneficiaria a constituir con la denominación Carol Lubricantes y Recambios, S. L., don Vicente Calzado Roldán.-35.635. 2.ª 28-6-2005

    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 23/05/2005. Núm. 35635. Diario: 122 Sección: R Pág: 18730 - 18730 
  • Anuncio de escisión

    Anuncio de escisión parcial

    En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que el socio único de la mercantil «Distribuciones Carol, Sociedad Limitada Unipersonal», acordó mediante decisión de fecha 15 de abril de 2005 la escisión parcial de la compañía, mediante la segregación de parte de su patrimonio, constituido por las unidades económicas (ramas de actividad) de distribución de carburantes y confección textil, y traspaso a dos sociedades de nueva creación con las denominaciones sociales de «Carol Lubricantes y Recambios, Sociedad Limitada», y «Kaloría Difusión, Sociedad Limitada», respectivamente; todo ello en los términos contenidos en el proyecto de escisión parcial redactado y suscrito por la administradora única de «Distribuciones Carol, Sociedad Limitada Unipersonal», y depositado en el Registro Mercantil de Madrid, con fecha 4 de abril de 2005, y en el balance de escisión parcial de fecha 31 de diciembre de 2004.

    De conformidad con lo dispuesto en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de la sociedad a obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión parcial y del balance de escisión parcial. Asimismo, los acreedores de la sociedad podrán oponerse a la escisión parcial, dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

    Madrid, 23 de mayo de 2005.-Administradora única de Distribuciones Carol, S.L.U., Miguela Roldán Novalbos.-Administrador único de la sociedad beneficiaria a constituir con la denominación Kaloría Difusión, S. L., don Miguel Ángel Calzado Roldán.-Administrador único de la sociedad beneficiaria a constituir con la denominación Carol Lubricantes y Recambios, S. L., don Vicente Calzado Roldán.-35.635.

    1.ª 27-6-2005

    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 23/05/2005. Núm. 35635. Diario: 121 Sección: R Pág: 18559 - 18559 

Informes comerciales Axesor

Informe axesor 360ºInforme de CréditoPerfil Comercial de Empresa
Importe de ventas y número de empleadosIncluye Importe de ventas y número de empleadosIncluye Importe de ventas y número de empleadosIncluye Importe de ventas y número de empleados
Información mercantil y comercialIncluye Información mercantil y comercial
Completa
Incluye Información mercantil y comercial
Completa
Incluye Información mercantil y comercial
Básica
Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentes
Solo dirigentes
Empresas relacionadas
(accionistas, participadas,…)
Incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)Incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)No incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago
Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judicialesIncluye Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judicialesIncluye Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judicialesIncluye Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judiciales
Balance y cuenta de pérdidas y gananciasIncluye Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Completo
Incluye Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Extracto
Incluye Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Ratios y magnitudes económico-financierasIncluye Ratios y magnitudes económico-financieras
Completo
Incluye Ratios y magnitudes económico-financieras
Extracto
Incluye Ratios y magnitudes económico-financieras
Representación gráfica de empresas relacionadasIncluye Representación gráfica de empresas relacionadasIncluye Representación gráfica de empresas relacionadasIncluye Representación gráfica de empresas relacionadas
Comparativa del balance con la media del sectorIncluye Comparativa del balance con la media del sectorIncluye Comparativa del balance con la media del sectorIncluye Comparativa del balance con la media del sector
Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio netoIncluye Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio netoIncluye Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio netoIncluye Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio neto
Fuentes de financiación y avalesIncluye Fuentes de financiación y avalesIncluye Fuentes de financiación y avalesIncluye Fuentes de financiación y avales
Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcasIncluye Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcasIncluye Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcasIncluye Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcas
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DISTRIBUCIONES CAROL SLU es una empresa . Su clasificación nacional de actividades económicas es Alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia.

La empresa tiene una facturación anual inferior a 500.000 euros.