917898800
CNAE 4110 - Promoción inmobiliaria
B82032905
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Madrid
Información sobre balances y cuentas de resultados de DESARROLLO COMERCIAL PARQUE PRINCIPADO SA depositados en el Registro Mercantil de Madrid en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por DESARROLLO COMERCIAL PARQUE PRINCIPADO SA o en los que participa indirectamente.
De conformidad con lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que las Juntas Generales Universales de las referidas sociedades acordaron por unanimidad, respectivamente, el 30 de junio de 2006, los siguientes acuerdos:
1. La fusión por absorción por la sociedad Desarrollo Comercial Urbano de Siero, Sociedad Limitada de la sociedad Desarrollo Comercial Parque Principado, Sociedad Limitada, con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y la asunción en bloque por la sociedad absorbente de todos los derechos y obligaciones dimanantes de la sociedad absorbida, conforme a los balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2005 y al Proyecto de Fusión de 7 de junio de 2006 depositado en el Registro Mercantil.
2. Como consecuencia de la fusión por absorción, se ha ampliado el capital social de Desarrollo Comercial Urbano de Siero, Sociedad Limitada por importe de 1.742.920 euros, y se ha emitido una prima de asunción por un importe total de 858.712,42 euros. La ampliación de capital se llevará a cabo mediante la emisión de 174.292 participaciones sociales de nueva emisión de la sociedad absorbente, de diez euros (10 €) de valor nominal cada una de ellas, con igualdad de derechos políticos y económicos respecto de las participaciones sociales existentes en la sociedad absorbente.
Se hace constar que los socios y los acreedores de la sociedad absorbente y la sociedad absorbida tienen derecho ha obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión.
Durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio, los acreedores y obligacionistas de cada una de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a dicha fusión en los términos previstos en los artículos 243 y 166 de la ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada.
Madrid, 1 de julio de 2006.-Rafael Alonso Dregi, Secretario no Consejero del Consejo de Administración de la Sociedad absorbente y de la Sociedad absorbida.-42.396.
1.ª 10-7-2006
Absorbente | |
Absorbida |
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De conformidad con lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que las Juntas Generales Universales de las referidas sociedades acordaron por unanimidad, respectivamente, el 30 de junio de 2006, los siguientes acuerdos:
1. La fusión por absorción por la sociedad Desarrollo Comercial Urbano de Siero, Sociedad Limitada de la sociedad Desarrollo Comercial Parque Principado, Sociedad Limitada, con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y la asunción en bloque por la sociedad absorbente de todos los derechos y obligaciones dimanantes de la sociedad absorbida, conforme a los balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2005 y al Proyecto de Fusión de 7 de junio de 2006 depositado en el Registro Mercantil.
2. Como consecuencia de la fusión por absorción, se ha ampliado el capital social de Desarrollo Comercial Urbano de Siero, Sociedad Limitada por importe de 1.742.920 euros, y se ha emitido una prima de asunción por un importe total de 858.712,42 euros. La ampliación de capital se llevará a cabo mediante la emisión de 174.292 participaciones sociales de nueva emisión de la sociedad absorbente, de diez euros (10 €) de valor nominal cada una de ellas, con igualdad de derechos políticos y económicos respecto de las participaciones sociales existentes en la sociedad absorbente.
Se hace constar que los socios y los acreedores de la sociedad absorbente y la sociedad absorbida tienen derecho ha obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión.
Durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio, los acreedores y obligacionistas de cada una de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a dicha fusión en los términos previstos en los artículos 243 y 166 de la ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada.
Madrid, 1 de julio de 2006.-Rafael Alonso Dregi, Secretario no Consejero del Consejo de Administración de la Sociedad absorbente y de la Sociedad absorbida.-42.396.
1.ª 10-7-2006
Absorbente | |
Absorbida |
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De conformidad con lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que las Juntas Generales Universales de las referidas sociedades acordaron por unanimidad, respectivamente, el 30 de junio de 2006, los siguientes acuerdos:
1. La fusión por absorción por la sociedad Desarrollo Comercial Urbano de Siero, Sociedad Limitada de la sociedad Desarrollo Comercial Parque Principado, Sociedad Limitada, con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y la asunción en bloque por la sociedad absorbente de todos los derechos y obligaciones dimanantes de la sociedad absorbida, conforme a los balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2005 y al Proyecto de Fusión de 7 de junio de 2006 depositado en el Registro Mercantil.
2. Como consecuencia de la fusión por absorción, se ha ampliado el capital social de Desarrollo Comercial Urbano de Siero, Sociedad Limitada por importe de 1.742.920 euros, y se ha emitido una prima de asunción por un importe total de 858.712,42 euros. La ampliación de capital se llevará a cabo mediante la emisión de 174.292 participaciones sociales de nueva emisión de la sociedad absorbente, de diez euros (10 €) de valor nominal cada una de ellas, con igualdad de derechos políticos y económicos respecto de las participaciones sociales existentes en la sociedad absorbente.
Se hace constar que los socios y los acreedores de la sociedad absorbente y la sociedad absorbida tienen derecho ha obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión.
Durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio, los acreedores y obligacionistas de cada una de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a dicha fusión en los términos previstos en los artículos 243 y 166 de la ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada.
Madrid, 1 de julio de 2006.-Rafael Alonso Dregi, Secretario no Consejero del Consejo de Administración de la Sociedad absorbente y de la Sociedad absorbida.-42.396.
1.ª 10-7-2006
Absorbente | |
Absorbida |
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A los efectos de lo dispuesto en el artículo 165 del texto refundido de la ley de Sociedades Anónimas y del 170 del Reglamento del Registro Mercantil, se hace saber que la Junta general extraordinaria y universal de accionistas, celebrada el día 9 de julio de 2001, acordó, por unanimidad, reducir el capital social en 1.500.000.000 de pesetas, con la finalidad de devolver aportaciones a los socios y mediante la amortización de 1.500.000 acciones, quedando pues fijado el capital social en 500.000.000 de pesetas.
Igualmente, acordó reducir dicho capital social de 500.000.000 pesetas, con la finalidad de devolver aportaciones a los socios y para redondear el valor nominal de las acciones una vez redenominado el capital a euros, mediante la reducción en 0,010121 euros del valor nominal de cada una de las acciones que pasarán a ser de 6 euros de valor nominal cada una, quedando fijado el capital social en 3.000.000 de euros.
Madrid, 9 de julio de 2001.-El Secretario del Consejo de Administración.-38.669.
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DESARROLLO COMERCIAL PARQUE PRINCIPADO SA es una empresa inscrita en el Registro Mercantil de Madrid. Su clasificación nacional de actividades económicas es Promoción inmobiliaria.
La empresa tiene una facturación anual entre 500.000 y 1.000.000 euros.