TODO TIPO DE TRABAJOS DE ALBANILERIA, CONSTRUCCION Y PROMOCION QUE PUDIERAN REALIZARSE DIRECTA O INDIRECTAMENTE, ASI COMO LA COMPRAVENTA DE BIENES INMUEBLES.
CNAE 4121 - Construcción de edificios residenciales
B13308689
27/12/1999
24 años
-
2.5M €
Ciudad Real
Información sobre balances y cuentas de resultados de DAIMAN EL MORAL SL depositados en el Registro Mercantil de Ciudad Real en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por DAIMAN EL MORAL SL o en los que participa indirectamente.
D. Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente hago saber:
1.- Que en la sección I de declaración de Concurso Ordinario Voluntario número 0000494/2011-A seguidos en este Juzgado, referente al deudor "Daiman El Moral, S.L.L.", con CIF número B-13308689, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.
2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.
3.- Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador (artículo 184.3 de la LC).
Ciudad Real, 25 de septiembre de 2013.- El Secretario Judicial.
Empresa |
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La Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Ciudad Real, hace saber: Que en el Procedimiento de ejecución 184/2010, que se tramita en este Juzgado a instancia de Julio Del Fresno Del Moral contra Daiman El Moral, Sociedad Limitada, se ha dictado resolución de fecha 21 de mayo de 2012, cuya parte dispositiva tiene el tenor literal siguiente:
"a) Declarar a la empresa ejecutada Daiman El Moral, Sociedad Limitada en situación de Insolvencia por importe de 20.794.53 euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional".
Ciudad Real, 3 de septiembre de 2012.- La Secretaria Judicial.
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Procedimiento concursal | 494/2011. |
FIRME | No, |
Fecha de resolución | 18/06/2012 |
Descripcion | Auto de declaración de concurso. Voluntario. |
Juzgado | num. 4 JUZGADO DE 1& INSTANCIA E INSTRUCCION Y DE LO MERCANTIL DE CIUDAD REAL. |
Don Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente, hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 494/2011 y NIG n.º 13034 41 1 2001/0005942 se ha dictado en fecha 18 de junio de 2012 auto de declaración de Concurso Voluntario Ordinario del deudor Daiman el Moral, S.L.L, con CIF B-13308689 y domicilio social en calle Lope de Vega, n.º 40, de Moral de Calatrava (Ciudad Real).
2.º Se ha acordado respecto de las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio de la concursada que estas sean intervenidas por la administración concursal que se ha nombrado y sometidas a su autorización y conformidad. Se ha designado, como administración concursal al Sr. Claudio Alberto Swiec Tenenbaum, de la lista de censores ejercientes y firmas de auditorias para actuaciones concursales n.º ROAC 12.475, con domicilio en Ronda de Granada, 3, de Ciudad Real, y correo electrónico [email protected],para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
4.º La Administración Concursal, con una antelación mínima de diez días previos a la presentación del informe al Juez, dirigirá comunicación electrónica a los acreedores de los que conste su dirección electrónica, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores.
Éstos a su vez podrán solicitar a la Administración Concursal, igualmente por medios electrónicos y hasta los tres días anteriores a la presentación del informe al Juez, que se rectifique cualquier error o que se complementen los datos comunicados (art. 95.1 LC).
5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Ciudad Real, 18 de junio de 2012.- El Secretario Judicial.
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DAIMAN EL MORAL SL inscrita en el Registro Mercantil de Ciudad Real. y con domicilio en Moral de CalatravaSu clasificación nacional de actividades económicas es Construcción de edificios residenciales.
La empresa tiene una facturación anual superior a 2.500.000 euros.