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CNAE 7022 - Otras actividades de consultoría de gestión empresarial
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Información sobre balances y cuentas de resultados de CORPORATIVA DE SERVICIOS GRUPO ITEVELESA SLU depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por CORPORATIVA DE SERVICIOS GRUPO ITEVELESA SLU o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión
A los efectos del artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas y del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada se hace público:
Que el socio único de la sociedad Desarrollos Empresariales Stuttgart, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal (en lo sucesivo, la Sociedad Absorbente) y los socios únicos y el accionista único, según corresponda, de las sociedades Adherbal Global, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal, Corporativa de Servicios Grupo Itevelesa, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal y Grupo Itevelesa, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal (en lo sucesivo, conjuntamente, las Sociedades Absorbidas), decidieron el 29 de junio de 2007 aprobar la fusión de las sociedades mencionadas, mediante la absorción las Sociedades Absorbidas por la Sociedad Absorbente.
Que la Sociedad Absorbente adquiere de las Sociedades Absorbidas, en bloque y por sucesión universal, el patrimonio, derechos y obligaciones de estas últimas, que quedan disueltas sin liquidación. Que la Sociedad Absorbente y las Sociedades Absorbidas han elaborado y aprobado sus respectivos balances de fusión sobre la base de los balances cerrados a fecha 31 de diciembre de 2006, estando únicamente obligada a la revisión de sus cuentas anuales por parte de un auditor la sociedad Grupo Itevelesa, Sociedad Anónima. Que el proyecto de fusión al que se ajusta la fusión aprobada por la Sociedad Absorbente y las Sociedades Absorbidas, fue depositado en el Registro Mercantil de Valladolid, el día 1 de junio de 2007. Dicho depósito fue publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil el día 13 de junio de 2007. Que en la medida en que la Sociedad Absorbente es titular, directa o indirectamente, de todas las participaciones sociales y acciones, según corresponda, en que se divide el capital social de las Sociedades Absorbidas, no procede llevar a cabo aumento de capital alguno en la Sociedad Absorbente, ni tampoco es necesario determinar un tipo de canje de acciones ni el procedimiento para el canje de las mismas. Asimismo tampoco procede la elaboración de los informes de expertos independientes y de los administradores sobre el proyecto de fusión, todo ello de conformidad con el artículo 250 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. Que la fecha a partir de la cual las operaciones de las Sociedades Absorbidas habrán de considerarse realizadas, a efectos contables, por cuenta de la Sociedad Absorbente será el 1 de enero de 2007. Que la fusión no prevé el reconocimiento de derecho especial alguno y que no existen titulares de acciones o participaciones sociales, según corresponda, de clases especiales en las Sociedades Absorbidas ni en la Sociedad Absorbente.
Asimismo se hace constar expresamente:
El derecho que asiste a los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los correspondientes balances de fusión. No se hace referencia al derecho de los socios y el accionista único, según corresponda, de la Sociedad Absorbente y de las Sociedades Absorbidas a obtener los documentos indicados en este párrafo por ostentar la condición de unipersonales todas las sociedades intervinientes en la fusión.
El derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 166 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, derecho que podrá ejercitarse por los mismos dentro del plazo de un mes computable desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, en virtud de la remisión efectuada por el artículo 243 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.
En Valladolid, a 29 de junio de 2007.-Desarrollos Empresariales Stuttgart, Sociedad Limitada (Sociedad Unipersonal). Adherbal Global, Sociedad Limitada (Sociedad Unipersonal). Corporativa de Servicios Grupo Itevelesa, Sociedad Limitada (Sociedad Unipersonal). Grupo Itevelesa, Sociedad Anónima (Sociedad Unipersonal). Firmado: Fernando Rodiño González, Presidente del Consejo de Administración de la Sociedad Absorbente y de las Sociedades Absorbidas.-46.939.
y 3.ª 18-7-2007
| Absorbente | |
| Absorbida |
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Anuncio de fusión
A los efectos del artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas y del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada se hace público:
Que el socio único de la sociedad Desarrollos Empresariales Stuttgart, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal (en lo sucesivo, la Sociedad Absorbente) y los socios únicos y el accionista único, según corresponda, de las sociedades Adherbal Global, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal, Corporativa de Servicios Grupo Itevelesa, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal y Grupo Itevelesa, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal (en lo sucesivo, conjuntamente, las Sociedades Absorbidas), decidieron el 29 de junio de 2007 aprobar la fusión de las sociedades mencionadas, mediante la absorción las Sociedades Absorbidas por la Sociedad Absorbente.
Que la Sociedad Absorbente adquiere de las Sociedades Absorbidas, en bloque y por sucesión universal, el patrimonio, derechos y obligaciones de estas últimas, que quedan disueltas sin liquidación. Que la Sociedad Absorbente y las Sociedades Absorbidas han elaborado y aprobado sus respectivos balances de fusión sobre la base de los balances cerrados a fecha 31 de diciembre de 2006, estando únicamente obligada a la revisión de sus cuentas anuales por parte de un auditor la sociedad Grupo Itevelesa, Sociedad Anónima. Que el proyecto de fusión al que se ajusta la fusión aprobada por la Sociedad Absorbente y las Sociedades Absorbidas, fue depositado en el Registro Mercantil de Valladolid, el día 1 de junio de 2007. Dicho depósito fue publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil el día 13 de junio de 2007. Que en la medida en que la Sociedad Absorbente es titular, directa o indirectamente, de todas las participaciones sociales y acciones, según corresponda, en que se divide el capital social de las Sociedades Absorbidas, no procede llevar a cabo aumento de capital alguno en la Sociedad Absorbente, ni tampoco es necesario determinar un tipo de canje de acciones ni el procedimiento para el canje de las mismas. Asimismo tampoco procede la elaboración de los informes de expertos independientes y de los administradores sobre el proyecto de fusión, todo ello de conformidad con el artículo 250 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. Que la fecha a partir de la cual las operaciones de las Sociedades Absorbidas habrán de considerarse realizadas, a efectos contables, por cuenta de la Sociedad Absorbente será el 1 de enero de 2007. Que la fusión no prevé el reconocimiento de derecho especial alguno y que no existen titulares de acciones o participaciones sociales, según corresponda, de clases especiales en las Sociedades Absorbidas ni en la Sociedad Absorbente.
Asimismo se hace constar expresamente:
El derecho que asiste a los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los correspondientes balances de fusión. No se hace referencia al derecho de los socios y el accionista único, según corresponda, de la Sociedad Absorbente y de las Sociedades Absorbidas a obtener los documentos indicados en este párrafo por ostentar la condición de unipersonales todas las sociedades intervinientes en la fusión.
El derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 166 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, derecho que podrá ejercitarse por los mismos dentro del plazo de un mes computable desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, en virtud de la remisión efectuada por el artículo 243 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.
En Valladolid, a 29 de junio de 2007.-Desarrollos Empresariales Stuttgart, Sociedad Limitada (Sociedad Unipersonal). Adherbal Global, Sociedad Limitada (Sociedad Unipersonal). Corporativa de Servicios Grupo Itevelesa, Sociedad Limitada (Sociedad Unipersonal). Grupo Itevelesa, Sociedad Anónima (Sociedad Unipersonal). Firmado: Fernando Rodiño González, Presidente del Consejo de Administración de la Sociedad Absorbente y de las Sociedades Absorbidas.-46.939.
2.ª 17-7-2007
| Absorbente | |
| Absorbida |
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Anuncio de fusión
A los efectos del artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas y del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada se hace público:
Que el socio único de la sociedad Desarrollos Empresariales Stuttgart, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal (en lo sucesivo, la Sociedad Absorbente) y los socios únicos y el accionista único, según corresponda, de las sociedades Adherbal Global, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal, Corporativa de Servicios Grupo Itevelesa, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal y Grupo Itevelesa, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal (en lo sucesivo, conjuntamente, las Sociedades Absorbidas), decidieron el 29 de junio de 2007 aprobar la fusión de las sociedades mencionadas, mediante la absorción las Sociedades Absorbidas por la Sociedad Absorbente.
Que la Sociedad Absorbente adquiere de las Sociedades Absorbidas, en bloque y por sucesión universal, el patrimonio, derechos y obligaciones de estas últimas, que quedan disueltas sin liquidación. Que la Sociedad Absorbente y las Sociedades Absorbidas han elaborado y aprobado sus respectivos balances de fusión sobre la base de los balances cerrados a fecha 31 de diciembre de 2006, estando únicamente obligada a la revisión de sus cuentas anuales por parte de un auditor la sociedad Grupo Itevelesa, Sociedad Anónima. Que el proyecto de fusión al que se ajusta la fusión aprobada por la Sociedad Absorbente y las Sociedades Absorbidas, fue depositado en el Registro Mercantil de Valladolid, el día 1 de junio de 2007. Dicho depósito fue publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil el día 13 de junio de 2007. Que en la medida en que la Sociedad Absorbente es titular, directa o indirectamente, de todas las participaciones sociales y acciones, según corresponda, en que se divide el capital social de las Sociedades Absorbidas, no procede llevar a cabo aumento de capital alguno en la Sociedad Absorbente, ni tampoco es necesario determinar un tipo de canje de acciones ni el procedimiento para el canje de las mismas. Asimismo tampoco procede la elaboración de los informes de expertos independientes y de los administradores sobre el proyecto de fusión, todo ello de conformidad con el artículo 250 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. Que la fecha a partir de la cual las operaciones de las Sociedades Absorbidas habrán de considerarse realizadas, a efectos contables, por cuenta de la Sociedad Absorbente será el 1 de enero de 2007. Que la fusión no prevé el reconocimiento de derecho especial alguno y que no existen titulares de acciones o participaciones sociales, según corresponda, de clases especiales en las Sociedades Absorbidas ni en la Sociedad Absorbente.
Asimismo se hace constar expresamente:
El derecho que asiste a los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los correspondientes balances de fusión. No se hace referencia al derecho de los socios y el accionista único, según corresponda, de la Sociedad Absorbente y de las Sociedades Absorbidas a obtener los documentos indicados en este párrafo por ostentar la condición de unipersonales todas las sociedades intervinientes en la fusión.
El derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 166 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, derecho que podrá ejercitarse por los mismos dentro del plazo de un mes computable desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, en virtud de la remisión efectuada por el artículo 243 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.
En Valladolid, a 29 de junio de 2007.-Desarrollos Empresariales Stuttgart, Sociedad Limitada (Sociedad Unipersonal). Adherbal Global, Sociedad Limitada (Sociedad Unipersonal). Corporativa de Servicios Grupo Itevelesa, Sociedad Limitada (Sociedad Unipersonal). Grupo Itevelesa, Sociedad Anónima (Sociedad Unipersonal). Firmado: Fernando Rodiño González, Presidente del Consejo de Administración de la Sociedad Absorbente y de las Sociedades Absorbidas.-46.939.
1.ª 16-7-2007
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CORPORATIVA DE SERVICIOS GRUPO ITEVELESA SLU es una empresa . Su clasificación nacional de actividades económicas es Otras actividades de consultoría de gestión empresarial.
La empresa tiene una facturación anual inferior a 500.000 euros.