LA COMPRA Y VENTA, COMERCIALIZACION DE TODA CLASE DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS, INCLUSO BEBIDAS, PESCADOS Y MARISCOS, LA EXPLOTACION DE BARES, CAFETERIAS Y ESTABLECIMIENTOS DE HOSTELERIA ETC
CNAE 4724 - Comercio al por menor de pan y productos de panadería, confitería y pastelería en establecimientos especializados
B39295266
10/07/1991
17 años
(Extinguida el 29/12/2008)
-
0.5M €
Cantabria
4
Información sobre balances y cuentas de resultados de COMERCIAL POZOMONTE SL depositados en el Registro Mercantil de Cantabria en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por COMERCIAL POZOMONTE SL o en los que participa indirectamente.
Se disuelve la sociedad por fusión.
Anuncio de fusión
Las Juntas generales extraordinarias de las sociedades Corazones de Sobrino, S.L. y Comercial Pozomonte, S.L. Unipersonal en sus respectivas sesiones celebradas con carácter universal el pasado 10 de junio de 2008, aprobaron por unanimidad la fusión de las dos sociedades mercantiles mediante la absorción de la última por la primera, con transmisión a título universal de su patrimonio íntegro a la sociedad absorbente y disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, siendo de aplicación el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas. Los acuerdos de fusión se han tomado ajustándose al proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Santander con fecha 2 de junio de 2008, aprobándose el correspondiente balance de fusión (cerrado al 31 de marzo de 2008). Las acciones de la absorbida quedan amortizadas, no hay canje de acciones. A partir del 1 de julio de 2008 las operaciones de la absorbida que se extingue, se consideran realizadas a efectos contables por cuenta de la absorbente. No existiendo titulares de acciones de clases especiales ni obligacionistas o titulares de cualesquiera otros derechos especiales distintos, no se otorga derecho u opción alguna al respecto. No se modifica el Capital Social de la absorbente, ni sus Estatutos, permaneciendo la misma Administración. No existen ventajas para expertos independientes ni para la Administración de las dos sociedades.
De conformidad con lo previsto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho de los accionistas, socios y acreedores de ambas sociedades a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado, del Balance de fusión, y demás documentos, y que, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión, los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Santander, 10 de junio de 2008.-Don Óscar Díaz Mazón, Administrador único de las dos sociedades intervinientes.-42.494. y 3.ª 7-7-2008
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Anuncio de fusión
Las Juntas generales extraordinarias de las sociedades Corazones de Sobrino, S.L. y Comercial Pozomonte, S.L. Unipersonal en sus respectivas sesiones celebradas con carácter universal el pasado 10 de junio de 2008, aprobaron por unanimidad la fusión de las dos sociedades mercantiles mediante la absorción de la última por la primera, con transmisión a título universal de su patrimonio íntegro a la sociedad absorbente y disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, siendo de aplicación el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas. Los acuerdos de fusión se han tomado ajustándose al proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Santander con fecha 2 de junio de 2008, aprobándose el correspondiente balance de fusión (cerrado al 31 de marzo de 2008). Las acciones de la absorbida quedan amortizadas, no hay canje de acciones. A partir del 1 de julio de 2008 las operaciones de la absorbida que se extingue, se consideran realizadas a efectos contables por cuenta de la absorbente. No existiendo titulares de acciones de clases especiales ni obligacionistas o titulares de cualesquiera otros derechos especiales distintos, no se otorga derecho u opción alguna al respecto. No se modifica el Capital Social de la absorbente, ni sus Estatutos, permaneciendo la misma Administración. No existen ventajas para expertos independientes ni para la Administración de las dos sociedades.
De conformidad con lo previsto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho de los accionistas, socios y acreedores de ambas sociedades a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado, del Balance de fusión, y demás documentos, y que, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión, los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Santander, 10 de junio de 2008.-Don Óscar Díaz Mazón, Administrador único de las dos sociedades intervinientes.-42.494. 2.ª 4-7-2008
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Anuncio de fusión
Las Juntas generales extraordinarias de las sociedades Corazones de Sobrino, S.L. y Comercial Pozomonte, S.L. Unipersonal en sus respectivas sesiones celebradas con carácter universal el pasado 10 de junio de 2008, aprobaron por unanimidad la fusión de las dos sociedades mercantiles mediante la absorción de la última por la primera, con transmisión a título universal de su patrimonio íntegro a la sociedad absorbente y disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, siendo de aplicación el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas. Los acuerdos de fusión se han tomado ajustándose al proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Santander con fecha 2 de junio de 2008, aprobándose el correspondiente balance de fusión (cerrado al 31 de marzo de 2008). Las acciones de la absorbida quedan amortizadas, no hay canje de acciones. A partir del 1 de julio de 2008 las operaciones de la absorbida que se extingue, se consideran realizadas a efectos contables por cuenta de la absorbente. No existiendo titulares de acciones de clases especiales ni obligacionistas o titulares de cualesquiera otros derechos especiales distintos, no se otorga derecho u opción alguna al respecto. No se modifica el Capital Social de la absorbente, ni sus Estatutos, permaneciendo la misma Administración. No existen ventajas para expertos independientes ni para la Administración de las dos sociedades.
De conformidad con lo previsto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho de los accionistas, socios y acreedores de ambas sociedades a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado, del Balance de fusión, y demás documentos, y que, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión, los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Santander, 10 de junio de 2008.-Don Óscar Díaz Mazón, Administrador único de las dos sociedades intervinientes.-42.494. 1.ª 3-7-2008
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Informe axesor 360º | Informe de Crédito | Perfil Comercial de Empresa | |
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Administradores y dirigentes | Solo dirigentes | ||
Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…) | |||
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Ratios y magnitudes económico-financieras | Completo | Extracto | |
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Comparativa del balance con la media del sector | |||
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COMERCIAL POZOMONTE SL fué una empresa constituida el 10/07/1991 y extinguida el 29/12/2008 inscrita en el Registro Mercantil de Cantabria. y con domicilio en SantanderSu clasificación nacional de actividades económicas era Comercio al por menor de pan y productos de panadería, confitería y pastelería en establecimientos especializados.
La empresa tenia un rango de facturación anual inferior a 500.000 euros.