Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 17 de septiembre del 2026 del anuncio de anuncio de fusión y absorción en la empresa CODEC OBRAS SERVICIOS Y PROYECTOS SL, inscrito en el Registro Mercantil el día 10 de septiembre del 2026 con los datos de inscripción Diario: 180 Sección: SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales Pág: 6248 - 6248.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, que transpone Directivas de la Unión Europea en materia de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles (RDME), se hace público que el día 10 de septiembre de 2026, la entidad CODEC, Obras Servicios y Proyectos, S.L.U (Sociedad Absorbente), como socio único y con valor y efectos de Junta General, aprobó la fusión por absorción de la sociedad Construcciones GICMA Infraestructuras Ferroviarias, S.L.U. (Sociedad Absorbida), con la entera transmisión en bloque del patrimonio social de la Sociedad Absorbida, que se extinguirá, mediante disolución sin liquidación, y consiguiente sucesión universal de sus derechos y obligaciones por la Sociedad Absorbente, todo ello en los términos y condiciones previstos en el proyecto común de fusión suscrito el día 10 de septiembre de 2026 por los administradores de las sociedades participantes en la fusión.
La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53 RDME, al tratarse de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de la Sociedad Absorbida. En consecuencia, no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto de fusión de las menciones 2, 3, 5, 6, 7 y 8 del artículo 40 RDME; (ii) el informe de expertos sobre el Proyecto de Fusión; (iii) el informe del órgano de administración (iv) el aumento de capital de la Sociedad Absorbente, ni (v) la aprobación de la fusión por la Junta General de la Sociedad Absorbida.
Habiéndose acordado la fusión por el Socio Único de la sociedad absorbida, con valor y efectos de Junta General, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 9 RDME, no es necesario publicar ni depositar previamente los documentos exigidos por la Ley.De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 RDME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de fusión.
Los acreedores de cada una de las sociedades cuyos créditos hayan nacido con anterioridad a la fecha de publicación de este anuncio disponen del plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión, para ejercitar las acciones previstas en los apartados 1º, 2º y 3º del artículo 13.1 RDME.
Madrid, 10 de septiembre de 2026.- El administrador único de CODEC, Obras Servicios y Proyectos, S.L.U., Antonio García Rubí y el representante persona física de Constructora Hispania Futura, S.L., Administradora única de Construcciones GICMA Infraestructuras Ferroviarias, S.L.U., Sergio Sanz Casillas.
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