973236827
CNAE 1013 - Elaboración de productos cárnicos y de volatería
B25052630
-
-
-
0.5M €
-
Información sobre balances y cuentas de resultados de CARNICAS DEL SEGRIA SLU depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
Ejercicio Disponibilidad | Consultar en Axesor | |||||
Consultar en Axesor |
Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por CARNICAS DEL SEGRIA SLU o en los que participa indirectamente.
A los efectos de lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que en fecha 17 de octubre de 2001 la Junta general de accionistas de "Derfri, Sociedad Anónima" (sociedad absorbente), y el socio único de "CÁrnicas del Segria, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, e "Irllei, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal (sociedades absorbidas), respectivamente, han acordado aprobar la fusión de las referidas sociedades, que se operará mediante la absorción de "CÁrnicas del Segria, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, y de "Irllei, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, por parte de "Derfri, Sociedad Anónima", con la consiguiente extinción y disolución sin liquidación de las dos primeras y atribución de su patrimonio íntegro, a título universal, a la sociedad absorbente.
Asimismo, se hace constar el derecho de los accionistas, socios y acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a obtener el texto íntegro de los acuerdos y decisiones adoptadas, así como los respectivos balances de fusión. Se informa igualmente a los acreedores de su derecho a oponerse a la fusión en el plazo y términos previstos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Lleida, 18 de octubre de 2001.-Los Administradores solidarios de "Derfri, Sociedad Anónima" (sociedad absorbente), de "Cárnicas del Segria, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, y de "Irllei, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal (sociedades absorbidas).-51.743.
y 3.a 25-10-2001.
Absorbente | |
Absorbida |
|
A los efectos de lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que en fecha 17 de octubre de 2001 la Junta general de accionistas de "Derfri, Sociedad Anónima" (sociedad absorbente), y el socio único de "CÁrnicas del Segria, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, e "Irllei, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal (sociedades absorbidas), respectivamente, han acordado aprobar la fusión de las referidas sociedades, que se operará mediante la absorción de "CÁrnicas del Segria, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, y de "Irllei, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, por parte de "Derfri, Sociedad Anónima", con la consiguiente extinción y disolución sin liquidación de las dos primeras y atribución de su patrimonio íntegro, a título universal, a la sociedad absorbente.
Asimismo, se hace constar el derecho de los accionistas, socios y acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a obtener el texto íntegro de los acuerdos y decisiones adoptadas, así como los respectivos balances de fusión. Se informa igualmente a los acreedores de su derecho a oponerse a la fusión en el plazo y términos previstos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Lleida, 18 de octubre de 2001.-Los Administradores solidarios de "Derfri, Sociedad Anónima" (sociedad absorbente), de "Cárnicas del Segria, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, y de "Irllei, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal (sociedades absorbidas).-51.743. 2.a 24-10-2001.
Absorbente | |
Absorbida |
|
A los efectos de lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que en fecha 17 de octubre de 2001 la Junta general de accionistas de "Derfri, Sociedad Anónima" (sociedad absorbente), y el socio único de "CÁrnicas del Segria, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, e "Irllei, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal (sociedades absorbidas), respectivamente, han acordado aprobar la fusión de las referidas sociedades, que se operará mediante la absorción de "CÁrnicas del Segria, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, y de "Irllei, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, por parte de "Derfri, Sociedad Anónima", con la consiguiente extinción y disolución sin liquidación de las dos primeras y atribución de su patrimonio íntegro, a título universal, a la sociedad absorbente.
Asimismo, se hace constar el derecho de los accionistas, socios y acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a obtener el texto íntegro de los acuerdos y decisiones adoptadas, así como los respectivos balances de fusión. Se informa igualmente a los acreedores de su derecho a oponerse a la fusión en el plazo y términos previstos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Lleida, 18 de octubre de 2001.-Los Administradores solidarios de "Derfri, Sociedad Anónima" (sociedad absorbente), de "Cárnicas del Segria, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, y de "Irllei, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal (sociedades absorbidas).-51.743. 1.a 23-10-2001.
Absorbente | |
Absorbida |
|
Informe axesor 360º | Informe de Crédito | Perfil Comercial de Empresa | |
Importe de ventas y número de empleados | |||
Información mercantil y comercial | Completa | Completa | Básica |
Administradores y dirigentes | Solo dirigentes | ||
Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…) | |||
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago | |||
Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judiciales | |||
Balance y cuenta de pérdidas y ganancias | Completo | Extracto | |
Ratios y magnitudes económico-financieras | Completo | Extracto | |
Representación gráfica de empresas relacionadas | |||
Comparativa del balance con la media del sector | |||
Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio neto | |||
Fuentes de financiación y avales | |||
Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcas | |||
Acceder | Acceder | Acceder |
CARNICAS DEL SEGRIA SLU es una empresa . Su clasificación nacional de actividades económicas es Elaboración de productos cárnicos y de volatería.
La empresa tiene una facturación anual inferior a 500.000 euros.