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La intermediación en la prestación de servicios de asesoría fiscal, contable, jurídica y laboral, estableciendo mecanismos de coordinación entre sus clientes y los profesionales que la entidad contrata para la prestación de los servicios, siendo éstos los que desempeñaran efectivamente las actividad.
no disponible
01/01/2026
7 meses
3.000,00 €
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Illes Balears
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Administrador único
| Entidad | Relación | Entidad/Relación | Desde | Hasta |
|---|---|---|---|---|
| BRUNET & AGUILAR ASESORES SL | Socio Único | BRUNET & AGUILAR ASESORES SL Socio Único | 13/01/2026 | |
| Brunet Elias Pedro | Adm. Unico | Brunet Elias Pedro Adm. Unico | 13/01/2026 |
Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por BRUNET AGUILAR NEWCO SL o en los que participa indirectamente.
Con fecha 31 de marzo de 2026, la sociedad BRUNET & AGUILAR ASESORES SL ha sido segregada, resultando beneficiara de las segregación de la empresa BRUNET AGUILAR NEWCO SL .
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio ("RDL 5/2023"), se hace público que el día 6 de marzo de 2026, la Junta General Extraordinaria y Universal de socios de BRUNET & AGUILAR ASESORES S.L. ("Sociedad Segregada") y el Socio Único de BRUNET AGUILAR NEWCO S.L. ("Sociedad Beneficiaria") aprobaron por unanimidad la segregación de la unidad económica autónoma que conforma la rama de actividad de asesoría fiscal, contable, jurídica y laboral, mediante su traspaso en bloque y por sucesión universal a favor de la Sociedad Beneficiaria.
El acuerdo de Segregación ha sido aprobado conforme al Proyecto Común de Segregación suscrito por el administrador único de las sociedades participantes el 1 de febrero de 2026.
Dado que la Sociedad Beneficiaria está íntegramente participada de forma directa por la Sociedad Segregada, a la Segregación le resulta de aplicación el régimen especial simplificado previsto en el artículo 53 del RDL 5/2023 (por remisión de los artículos 56 y 63 del mismo cuerpo legal). En consecuencia, no ha sido necesario el informe de los administradores destinado a los socios ni el informe de expertos independientes.
Asimismo, a los efectos de lo previsto en el artículo 9 del RDL 5/2023, se hace constar que, toda vez que la Segregación ha sido aprobada en Junta Universal y de forma unánime, el acuerdo se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley.
Sin perjuicio de lo anterior, los derechos de información de los trabajadores no se han visto restringidos, habiéndose puesto a su disposición la sección del informe de administradores destinada a los mismos (art. 5 RDL 5/2023) junto con el resto de documentación preceptiva, con carácter previo a la aprobación de la Segregación.
De conformidad con lo previsto en el artículo 10 del RDL 5/2023, se hace constar el derecho que asiste a los socios, trabajadores y acreedores de las sociedades participantes a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el Balance de Segregación. Asimismo, se hace constar el derecho de protección que asiste a los acreedores conforme se regula en el artículo 13 del RDL 5/2023.
Palma, 6 de marzo de 2026.- Administrador único, Pedro Brunet Elías.
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Se constituye la empresa con fecha 13 de enero de 2026 mediante escritura pública. La empresa se crea con un capital social inicial de 3.000,00 Euros e inicia su actividad el 1 de enero de 2026. El domicilio social en el momento de su constitución se establece en C/ FLUVIA 9 3º (PALMA DE MALLORCA). La empresa indica que su actividad es La intermediación en la prestación de servicios de asesoría fiscal, contable, jurídica y laboral, estableciendo mecanismos de coordinación entre sus clientes y los profesionales que la entidad contrata para la prestación de los servicios, siendo éstos los que desempeñaran efectivamente las actividad.
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BRUNET AGUILAR NEWCO SL inscrita en el Registro Mercantil de Illes Balears.
capital social de la empresa es de 3.000,00 euros.