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La intermediación en la prestación de servicios de asesoría fiscal, contable, jurídica y laboral, estableciendo mecanismos de coordinación entre sus clientes y los profesionales que la entidad contrata para la prestación de los servicios, siendo éstos los que desempeñaran efectivamente las actividad.
no disponible
01/01/2026
3 meses
3.000,00 €
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Illes Balears
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Administrador único
| Entidad | Relación | Entidad/Relación | Desde | Hasta |
|---|---|---|---|---|
| BRUNET & AGUILAR ASESORES SL | Socio Único | BRUNET & AGUILAR ASESORES SL Socio Único | 13/01/2026 | |
| Brunet Elias Pedro | Adm. Unico | Brunet Elias Pedro Adm. Unico | 13/01/2026 |
Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por BRUNET AGUILAR NEWCO SL o en los que participa indirectamente.
Con fecha 31 de marzo de 2026, la sociedad BRUNET & AGUILAR ASESORES SL ha sido segregada, resultando beneficiara de las segregación de la empresa BRUNET AGUILAR NEWCO SL .
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio ("RDL 5/2023"), se hace público que el día 6 de marzo de 2026, la Junta General Extraordinaria y Universal de socios de BRUNET & AGUILAR ASESORES S.L. ("Sociedad Segregada") y el Socio Único de BRUNET AGUILAR NEWCO S.L. ("Sociedad Beneficiaria") aprobaron por unanimidad la segregación de la unidad económica autónoma que conforma la rama de actividad de asesoría fiscal, contable, jurídica y laboral, mediante su traspaso en bloque y por sucesión universal a favor de la Sociedad Beneficiaria.
El acuerdo de Segregación ha sido aprobado conforme al Proyecto Común de Segregación suscrito por el administrador único de las sociedades participantes el 1 de febrero de 2026.
Dado que la Sociedad Beneficiaria está íntegramente participada de forma directa por la Sociedad Segregada, a la Segregación le resulta de aplicación el régimen especial simplificado previsto en el artículo 53 del RDL 5/2023 (por remisión de los artículos 56 y 63 del mismo cuerpo legal). En consecuencia, no ha sido necesario el informe de los administradores destinado a los socios ni el informe de expertos independientes.
Asimismo, a los efectos de lo previsto en el artículo 9 del RDL 5/2023, se hace constar que, toda vez que la Segregación ha sido aprobada en Junta Universal y de forma unánime, el acuerdo se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley.
Sin perjuicio de lo anterior, los derechos de información de los trabajadores no se han visto restringidos, habiéndose puesto a su disposición la sección del informe de administradores destinada a los mismos (art. 5 RDL 5/2023) junto con el resto de documentación preceptiva, con carácter previo a la aprobación de la Segregación.
De conformidad con lo previsto en el artículo 10 del RDL 5/2023, se hace constar el derecho que asiste a los socios, trabajadores y acreedores de las sociedades participantes a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el Balance de Segregación. Asimismo, se hace constar el derecho de protección que asiste a los acreedores conforme se regula en el artículo 13 del RDL 5/2023.
Palma, 6 de marzo de 2026.- Administrador único, Pedro Brunet Elías.
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Se constituye la empresa con fecha 13 de enero de 2026 mediante escritura pública. La empresa se crea con un capital social inicial de 3.000,00 Euros e inicia su actividad el 1 de enero de 2026. El domicilio social en el momento de su constitución se establece en C/ FLUVIA 9 3º (PALMA DE MALLORCA). La empresa indica que su actividad es La intermediación en la prestación de servicios de asesoría fiscal, contable, jurídica y laboral, estableciendo mecanismos de coordinación entre sus clientes y los profesionales que la entidad contrata para la prestación de los servicios, siendo éstos los que desempeñaran efectivamente las actividad.
BRUNET AGUILAR NEWCO SL inscrita en el Registro Mercantil de Illes Balears.
capital social de la empresa es de 3.000,00 euros.