943311910
CNAE 6430 - Inversión colectiva, fondos y entidades financieras similares
A20881066
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Información sobre balances y cuentas de resultados de BIDELAN AP-1 SA depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por BIDELAN AP-1 SA o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión impropia
A los efectos de dar cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 246 del Reglamento del Registro Mercantil, se procede a la publicación del presente anuncio, a fin de poner de manifiesto el contenido esencial de los acuerdos adoptados por las Juntas Generales Ordinarias, de carácter universal, de las referidas entidades mercantiles «Bidelan Gipuzkoako Autobideak, Sociedad Anónima» y «Bidelan AP-1, Sociedad Anónima» en sesiones celebradas en la misma fecha de 20 de junio de 2007, para dejar constancia de la aprobación unánime de los Órganos sociales citados de llevar a cabo la fusión de las mismas, bajo la modalidad conceptuada como «Impropia», en virtud de la cual tendrá lugar la disolución, sin liquidación, de la mercantil «Beidelan AP-1, Sociedad Anónoma» y la cesión en bloque de todo un activo y pasivo a la mencionada «Bidelan Gipuzkoako Autobideak, Sociedad Anónima», quedando esta última como sucesora universal de todos los derechos y obligaciones de aquélla, sin excepción alguna, heciéndose constar que la referida fusión «impropia» tendrá efectos contables y fiscales a partir del 1 de enero de 2007.
Todo lo cual se hace saber, al respecto del derecho que asiste a los accionistas y/o acreedores de las sociedades antedichas, a obtener copia del texto íntegro de los citados acuerdos y del Balance de fusión, haciéndose extensiva la información que se traslada a la circunstancia del derecho que disponen los mismos a poder oponerse a los expresados acuerdos en idénticas condiciones y con los mismos efectos previstos en el artículo 243 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, circunstancia que podrán llevar a cabo en el transcurso de un mes, contado desde la fecha del último anuncio publicado en tal sentido.
Donostia-San Sebastián (Gipuzkoa), 24 de julio de 2007.-El Presidente y Secretario, no Consejero, de ambas sociedades, que resultan ser coincidentes, «Serbitzu Elkartea, Sociedad Limitada», representada por la persona física, Jesús Miguel Cano Gómez y Guillermo Ibarrondo Zamakona, respectivamente.-75.456. y 2.ª 13-12-2007.
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Anuncio de fusión impropia
A los efectos de dar cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 246 del Reglamento del Registro Mercantil, se procede a la publicación del presente anuncio, a fin de poner de manifiesto el contenido esencial de los acuerdos adoptados por las Juntas Generales Ordinarias, de carácter universal, de las referidas entidades mercantiles «Bidelan Gipuzkoako Autobideak, Sociedad Anónima» y «Bidelan AP-1, Sociedad Anónima» en sesiones celebradas en la misma fecha de 20 de junio de 2007, para dejar constancia de la aprobación unánime de los Órganos sociales citados de llevar a cabo la fusión de las mismas, bajo la modalidad conceptuada como «Impropia», en virtud de la cual tendrá lugar la disolución, sin liquidación, de la mercantil «Beidelan AP-1, Sociedad Anónoma» y la cesión en bloque de todo un activo y pasivo a la mencionada «Bidelan Gipuzkoako Autobideak, Sociedad Anónima», quedando esta última como sucesora universal de todos los derechos y obligaciones de aquélla, sin excepción alguna, heciéndose constar que la referida fusión «impropia» tendrá efectos contables y fiscales a partir del 1 de enero de 2007.
Todo lo cual se hace saber, al respecto del derecho que asiste a los accionistas y/o acreedores de las sociedades antedichas, a obtener copia del texto íntegro de los citados acuerdos y del Balance de fusión, haciéndose extensiva la información que se traslada a la circunstancia del derecho que disponen los mismos a poder oponerse a los expresados acuerdos en idénticas condiciones y con los mismos efectos previstos en el artículo 243 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, circunstancia que podrán llevar a cabo en el transcurso de un mes, contado desde la fecha del último anuncio publicado en tal sentido.
Donostia-San Sebastián (Gipuzkoa), 24 de julio de 2007.-El Presidente y Secretario, no Consejero, de ambas sociedades, que resultan ser coincidentes, «Serbitzu Elkartea, Sociedad Limitada», representada por la persona física, Jesús Miguel Cano Gómez y Guillermo Ibarrondo Zamakona, respectivamente.-75.456. 1.ª 12-12-2007.
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Anuncio de fusión impropia
A los efectos de dar cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 246 del Reglamento del Registro Mercantil, se procede a la publicación del presente anuncio, a fin de poner de manifiesto el contenido esencial de los acuerdos adoptados por las Juntas Generales Ordinarias, de carácter Universal, de las referidas entidades mercantiles «Bidelan Gipuzkoako Autobideak, Sociedad Anónima» y «Bidelan AP-1, Sociedad Anónima», en sesiones celebradas en la misma fecha de 20 de junio de 2.007, para dejar constancia de la aprobación unánime de los Organos Sociales citados de llevar a cabo la Fusión de las mismas, bajo la modalidad conceptuada como «Impropia», en virtud de la cual tendrá lugar la Disolución, sin Liquidación, de la mercantil «Bidelan AP-1, Sociedad Anónima» y la cesión en bloque de todo su Activo y Pasivo a la mencionada «Bidelan Gipuzkoako Autobideak, Sociedad Anónima», quedando ésta última como sucesora universal de todos los derechos y obligaciones de aquélla, sin excepción alguna, haciéndose constar que la referida Fusión «Impropia» tendrá efectos contables y fiscales a partir del 1 de enero de 2007.
Todo lo cual se hace saber, al respecto del derecho que asiste a los accionistas y/o acreedores de las Sociedades antedichas, a obtener copia del texto íntegro de los citados acuerdos y del Balance de Fusión, haciéndose extensiva la información que se traslada a la circunstancia del derecho que disponen los mismos a poder oponerse a los expresados acuerdos en idénticas condiciones y con los mismos efectos previstos en el artículo 243 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, circunstancia que podrán llevar a cabo en el transcurso de un mes, contado desde la fecha del último anuncio publicado en tal sentido.
Donostia-San Sebastián (Gipuzkoa), 24 de julio de 2007.-El Presidente y Secretario, no Consejero, de ambas Sociedades, que resultan ser coincidentes, «Serbitzu Elkartea, Sociedad Limitada», representada por la persona física Jesús Miguel Cano Gómez y Guillermo Ibarrondo Zamakona, respectivamente.-51.118.
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Informe axesor 360º | Informe de Crédito | Perfil Comercial de Empresa | |
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Ratios y magnitudes económico-financieras | Completo | Extracto | |
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