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Datos de APLICACIONES PARA EL RECOBRO SL

APLICACIONES PARA EL RECOBRO SL

Objeto social

CNAE 6311 - Proceso de datos, hosting y actividades relacionadas

CIF

B83333021

Fecha constitución

-

Antigüedad

-

Capital social

-

Ventas

0.5M €

Registro

Últimas cuentas depositadas

-



Balances y cuentas de resultados

Información sobre balances y cuentas de resultados de APLICACIONES PARA EL RECOBRO SL depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.


Ejercicio
Disponibilidad
Consultar en Axesor
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Anuncios en boletines oficiales

Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por APLICACIONES PARA EL RECOBRO SL o en los que participa indirectamente.

  • Anuncio de fusión y absorción

    Las sociedades Gesif, Sociedad Anónima, Aplicaciones para el Recobro, Sociedad Limitada e Inurbasif, Sociedad Limitada aprobaron, con fecha 25 de abril de 2007, su fusión sobre la base de los balances de fecha 31 de diciembre de 2006, aprobados como Balances de Fusión, mediante la absorción por Gesif, Sociedad Anónima de la sociedades Aplicaciones para el Recobro, Sociedad Limitada e Inurbasif, Sociedad Limitada, de conformidad con el Proyecto de Fusión de fecha 29 de marzo de 2007, depositado en el Registro Mercantil de Madrid. Por ser de aplicación a la fusión el régimen previsto en el artículo 250 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, la sociedad absorbente no tiene que ampliar su capital y, como consecuencia de ello, no procede efectuar canje de acciones/participaciones sociales, por lo que no es necesario establecer relación de canje alguna ni fijar el procedimiento de canje. Las operaciones de las sociedades absorbidas se considerarán efectuadas, a efectos contables, por cuenta de la absorbente a partir del 1 de enero de 2007. No se otorgará derecho especial alguno en la sociedad absorbente. No existen en las sociedades a absorber titulares de derechos especiales distintos de los derivados de su condición de socios a quienes pudieran reconocerse derechos especiales en la absorbente. En la sociedad absorbente no se atribuirá ventaja alguna a favor de los Administradores de las sociedades intervinientes en la fusión. Por otro lado, al no ser necesaria la intervención de expertos independientes, tampoco se atribuirán ventajas a ningún experto independiente. Los socios acordaron también acoger la fusión al régimen fiscal especial regulado en el Capítulo VIII del Título VII del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo. Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de la fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de cada una de las sociedades, en el plazo de un mes y en los términos establecidos en el artículo 243 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

    Madrid a, 25 de abril de 2007.-Carlos Sebastián Gascón, Consejero Delegado de la Sociedad Absorbente y representante persona física de Gesif, Sociedad Anónima, Administrador único de las Sociedades Absorbidas.-24.516.

    1.ª 30-4-2007

    Absorbente
    Absorbida
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 25/04/2007. Núm. 24516. Diario: 085 Sección: R Pág: 14699 - 14699 
  • Anuncio de fusión y absorción

    Las sociedades Gesif, Sociedad Anónima, Aplicaciones para el Recobro, Sociedad Limitada e Inurbasif, Sociedad Limitada aprobaron, con fecha 25 de abril de 2007, su fusión sobre la base de los balances de fecha 31 de diciembre de 2006, aprobados como Balances de Fusión, mediante la absorción por Gesif, Sociedad Anónima de la sociedades Aplicaciones para el Recobro, Sociedad Limitada e Inurbasif, Sociedad Limitada, de conformidad con el Proyecto de Fusión de fecha 29 de marzo de 2007, depositado en el Registro Mercantil de Madrid. Por ser de aplicación a la fusión el régimen previsto en el artículo 250 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, la sociedad absorbente no tiene que ampliar su capital y, como consecuencia de ello, no procede efectuar canje de acciones/participaciones sociales, por lo que no es necesario establecer relación de canje alguna ni fijar el procedimiento de canje. Las operaciones de las sociedades absorbidas se considerarán efectuadas, a efectos contables, por cuenta de la absorbente a partir del 1 de enero de 2007. No se otorgará derecho especial alguno en la sociedad absorbente. No existen en las sociedades a absorber titulares de derechos especiales distintos de los derivados de su condición de socios a quienes pudieran reconocerse derechos especiales en la absorbente. En la sociedad absorbente no se atribuirá ventaja alguna a favor de los Administradores de las sociedades intervinientes en la fusión. Por otro lado, al no ser necesaria la intervención de expertos independientes, tampoco se atribuirán ventajas a ningún experto independiente. Los socios acordaron también acoger la fusión al régimen fiscal especial regulado en el Capítulo VIII del Título VII del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo. Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de la fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de cada una de las sociedades, en el plazo de un mes y en los términos establecidos en el artículo 243 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

    Madrid a, 25 de abril de 2007.-Carlos Sebastián Gascón, Consejero Delegado de la Sociedad Absorbente y representante persona física de Gesif, Sociedad Anónima, Administrador único de las Sociedades Absorbidas.-24.516.

    1.ª 30-4-2007

    Absorbente
    Absorbida
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 25/04/2007. Núm. 24516. Diario: 084 Sección: R Pág: 14526 - 14526 
  • Anuncio de fusión y absorción

    Las sociedades Gesif, Sociedad Anónima, Aplicaciones para el Recobro, Sociedad Limitada e Inurbasif, Sociedad Limitada aprobaron, con fecha 25 de abril de 2007, su fusión sobre la base de los balances de fecha 31 de diciembre de 2006, aprobados como Balances de Fusión, mediante la absorción por Gesif, Sociedad Anónima de la sociedades Aplicaciones para el Recobro, Sociedad Limitada e Inurbasif, Sociedad Limitada, de conformidad con el Proyecto de Fusión de fecha 29 de marzo de 2007, depositado en el Registro Mercantil de Madrid. Por ser de aplicación a la fusión el régimen previsto en el artículo 250 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, la sociedad absorbente no tiene que ampliar su capital y, como consecuencia de ello, no procede efectuar canje de acciones/participaciones sociales, por lo que no es necesario establecer relación de canje alguna ni fijar el procedimiento de canje. Las operaciones de las sociedades absorbidas se considerarán efectuadas, a efectos contables, por cuenta de la absorbente a partir del 1 de enero de 2007. No se otorgará derecho especial alguno en la sociedad absorbente. No existen en las sociedades a absorber titulares de derechos especiales distintos de los derivados de su condición de socios a quienes pudieran reconocerse derechos especiales en la absorbente. En la sociedad absorbente no se atribuirá ventaja alguna a favor de los Administradores de las sociedades intervinientes en la fusión. Por otro lado, al no ser necesaria la intervención de expertos independientes, tampoco se atribuirán ventajas a ningún experto independiente. Los socios acordaron también acoger la fusión al régimen fiscal especial regulado en el Capítulo VIII del Título VII del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo. Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de la fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de cada una de las sociedades, en el plazo de un mes y en los términos establecidos en el artículo 243 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

    Madrid a, 25 de abril de 2007.-Carlos Sebastián Gascón, Consejero Delegado de la Sociedad Absorbente y representante persona física de Gesif, Sociedad Anónima, Administrador único de las Sociedades Absorbidas.-24.516.

    1.ª 30-4-2007

    Absorbente
    Absorbida
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 25/04/2007. Núm. 24516. Diario: 083 Sección: R Pág: 14314 - 14314 

Informes comerciales Axesor

Informe axesor 360ºInforme de CréditoPerfil Comercial de Empresa
Importe de ventas y número de empleadosIncluye Importe de ventas y número de empleadosIncluye Importe de ventas y número de empleadosIncluye Importe de ventas y número de empleados
Información mercantil y comercialIncluye Información mercantil y comercial
Completa
Incluye Información mercantil y comercial
Completa
Incluye Información mercantil y comercial
Básica
Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentes
Solo dirigentes
Empresas relacionadas
(accionistas, participadas,…)
Incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)Incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)No incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago
Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judicialesIncluye Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judicialesIncluye Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judicialesIncluye Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judiciales
Balance y cuenta de pérdidas y gananciasIncluye Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Completo
Incluye Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Extracto
Incluye Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Ratios y magnitudes económico-financierasIncluye Ratios y magnitudes económico-financieras
Completo
Incluye Ratios y magnitudes económico-financieras
Extracto
Incluye Ratios y magnitudes económico-financieras
Representación gráfica de empresas relacionadasIncluye Representación gráfica de empresas relacionadasIncluye Representación gráfica de empresas relacionadasIncluye Representación gráfica de empresas relacionadas
Comparativa del balance con la media del sectorIncluye Comparativa del balance con la media del sectorIncluye Comparativa del balance con la media del sectorIncluye Comparativa del balance con la media del sector
Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio netoIncluye Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio netoIncluye Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio netoIncluye Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio neto
Fuentes de financiación y avalesIncluye Fuentes de financiación y avalesIncluye Fuentes de financiación y avalesIncluye Fuentes de financiación y avales
Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcasIncluye Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcasIncluye Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcasIncluye Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcas
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APLICACIONES PARA EL RECOBRO SL es una empresa . Su clasificación nacional de actividades económicas es Proceso de datos, hosting y actividades relacionadas.

La empresa tiene una facturación anual inferior a 500.000 euros.