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Información sobre balances y cuentas de resultados de ALIANZA DEL AUTOMOVIL XXI SLU depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por ALIANZA DEL AUTOMOVIL XXI SLU o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión
De conformidad con lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales extraordinarias y universales de socios de las citadas sociedades, celebradas todas ellas el 15 de diciembre de 2005, aprobaron, todas ellas por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por «Zazpibi, S.L.», de «Corporación del Automóvil XXI, S.L.» Sociedad unipersonal, y de «Alianza del Automóvil XXI, S.L.» Sociedad unipersonal, con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen sus patrimonios a la sociedad absorbente, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes en fecha 14 de noviembre de 2005.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión. Los acreedores de las sociedades indicadas pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Iurreta, 1 de febrero de 2006.-El Administrador solidario de las Sociedades intervinientes, don Juan Pablo Lasa Mondragón.-5.436. y 3.ª 15-2-2006
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Anuncio de fusión
De conformidad con lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales extraordinarias y universales de socios de las citadas sociedades, celebradas todas ellas el 15 de diciembre de 2005, aprobaron, todas ellas por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por «Zazpibi, S.L.», de «Corporación del Automóvil XXI, S.L.» Sociedad unipersonal, y de «Alianza del Automóvil XXI, S.L.» Sociedad unipersonal, con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen sus patrimonios a la sociedad absorbente, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes en fecha 14 de noviembre de 2005.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión. Los acreedores de las sociedades indicadas pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Iurreta, 1 de febrero de 2006.-El Administrador solidario de las Sociedades intervinientes, don Juan Pablo Lasa Mondragón.-5.436. 2.ª 14-2-2006
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Anuncio de fusión
De conformidad con lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales extraordinarias y universales de socios de las citadas sociedades, celebradas todas ellas el 15 de diciembre de 2005, aprobaron, todas ellas por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por «Zazpibi, S.L.», de «Corporación del Automóvil XXI, S.L.» Sociedad unipersonal, y de «Alianza del Automóvil XXI, S.L.» Sociedad unipersonal, con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen sus patrimonios a la sociedad absorbente, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes en fecha 14 de noviembre de 2005.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión. Los acreedores de las sociedades indicadas pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Iurreta, 1 de febrero de 2006.-El Administrador solidario de las Sociedades intervinientes, don Juan Pablo Lasa Mondragón.-5.436. 1.ª 13-2-2006
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