CNAE 4110 - Promoción inmobiliaria
A02302156
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2.5M €
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Información sobre balances y cuentas de resultados de ALANPI 2000 SL depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por ALANPI 2000 SL o en los que participa indirectamente.
Don Sigfrido Mangas Morales, Secretario del Juzgado Mercantil de Albacete, por el presente, hago saber:
1.º Se ha declarado concurso que se sigue con el número 443/2015.
2.º Carácter del concurso: Voluntario y abreviado.
3.º Fecha de declaración: 5 de junio de 2015.
4.º Deudor en concurso: Mecapiges, S.A., CIF A02302156, con domicilio en calle Cristóbal Pérez Pastor, n.º 23, 2.º Izquierda, de Albacete.
5.º Facultades de administración y disposición: Intervenidas.
6.º Administración concursal: Esleco Legal y Económico, S.L.P., con CIF B02561546, con domicilio en calle San Agustín, n.º 8, 2.º F, 02001 Albacete, e-mail: [email protected], que está representada por don Rafael Ortiz Tafur, con DNI XXXXXXX.
7.º Plazo de comunicación de créditos: Un mes, directamente a la Administración concursal en la dirección postal o electrónica que figuran en el punto anterior, en la forma prevista en el artículo 85 de la Ley Concursal.
Albacete, 17 de junio de 2015.- El Secretario del Juzgado.
Empresa |
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Anuncio de fusión En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 de la Ley de Sociedades Anónimas y 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que las Juntas generales extraordinarias y universales de ambas entidades mercantiles, celebradas el día 10 de abril de 2001, acordaron su fusión, mediante la absorción de "Promolosa, Sociedad Limitada", que se disuelve sin liquidación y transmite todo su patrimonio en favor de la sociedad absorbente "Alanpi 2000, Sociedad Limitada", de acuerdo con el proyecto de fusión redactado y suscrito por los Administradores de las sociedades y depositado en el Registro Mercantil de Albacete.
Asimismo, se aprobó como Balance de fusión el cerrado en cada sociedad a 20 de marzo de 2001.
La fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad extinguida se entienden realizadas por la entidad absorbente será la de firma de la escritura pública de fusión.
No existen, ni está previsto que existan en la sociedad absorbente, titulares de participaciones de clases especiales ni derechos especiales distintos de los que concede la cualidad de socio. Tampoco se atribuirán ventajas de ninguna clase, en alguna de las sociedades participantes, a favor de los Administradores.
De acuerdo con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho de socios y acreedores a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión y los Balances de fusión.
Los acreedores de la sociedad podrán oponerse a la fusión en los términos regulados por el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Albacete, 12 de abril de 2001.-Los Administradores mancomunados de "Alanpi 2000, S. L.".-El Administrador único de "Promolosa, S. L.".-17.227.
y 3.a 25-4-2001.
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Anuncio de fusión En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 de la Ley de Sociedades Anónimas y 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que las Juntas generales extraordinarias y universales de ambas entidades mercantiles, celebradas el día 10 de abril de 2001, acordaron su fusión, mediante la absorción de "Promolosa, Sociedad Limitada", que se disuelve sin liquidación y transmite todo su patrimonio en favor de la sociedad absorbente "Alanpi 2000, Sociedad Limitada", de acuerdo con el proyecto de fusión redactado y suscrito por los Administradores de las sociedades y depositado en el Registro Mercantil de Albacete.
Asimismo, se aprobó como Balance de fusión el cerrado en cada sociedad a 20 de marzo de 2001.
La fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad extinguida se entienden realizadas por la entidad absorbente será la de firma de la escritura pública de fusión.
No existen, ni está previsto que existan en la sociedad absorbente, titulares de participaciones de clases especiales ni derechos especiales distintos de los que concede la cualidad de socio. Tampoco se atribuirán ventajas de ninguna clase, en alguna de las sociedades participantes, a favor de los Administradores.
De acuerdo con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho de socios y acreedores a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión y los Balances de fusión.
Los acreedores de la sociedad podrán oponerse a la fusión en los términos regulados por el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Albacete, 12 de abril de 2001.-Los Administradores mancomunados de "Alanpi 2000, S. L.".-El Administrador único de "Promolosa, S. L.".-17.227.
2.a 24-4-2001.
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Anuncio de fusión En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 de la Ley de Sociedades Anónimas y 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que las Juntas generales extraordinarias y universales de ambas entidades mercantiles, celebradas el día 10 de abril de 2001, acordaron su fusión, mediante la absorción de "Promolosa, Sociedad Limitada", que se disuelve sin liquidación y transmite todo su patrimonio en favor de la sociedad absorbente "Alanpi 2000, Sociedad Limitada", de acuerdo con el proyecto de fusión redactado y suscrito por los Administradores de las sociedades y depositado en el Registro Mercantil de Albacete.
Asimismo, se aprobó como Balance de fusión el cerrado en cada sociedad a 20 de marzo de 2001.
La fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad extinguida se entienden realizadas por la entidad absorbente será la de firma de la escritura pública de fusión.
No existen, ni está previsto que existan en la sociedad absorbente, titulares de participaciones de clases especiales ni derechos especiales distintos de los que concede la cualidad de socio. Tampoco se atribuirán ventajas de ninguna clase, en alguna de las sociedades participantes, a favor de los Administradores.
De acuerdo con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho de socios y acreedores a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión y los Balances de fusión.
Los acreedores de la sociedad podrán oponerse a la fusión en los términos regulados por el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Albacete, 12 de abril de 2001.-Los Administradores mancomunados de "Alanpi 2000, S. L.".-El Administrador único de "Promolosa, S. L.".-17.227.
1.a 23-4-2001.
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Informe axesor 360º | Informe de Crédito | Perfil Comercial de Empresa | |
Importe de ventas y número de empleados | |||
Información mercantil y comercial | Completa | Completa | Básica |
Administradores y dirigentes | Solo dirigentes | ||
Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…) | |||
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago | |||
Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judiciales | |||
Balance y cuenta de pérdidas y ganancias | Completo | Extracto | |
Ratios y magnitudes económico-financieras | Completo | Extracto | |
Representación gráfica de empresas relacionadas | |||
Comparativa del balance con la media del sector | |||
Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio neto | |||
Fuentes de financiación y avales | |||
Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcas | |||
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ALANPI 2000 SL es una empresa . Su clasificación nacional de actividades económicas es Promoción inmobiliaria.
La empresa tiene una facturación anual superior a 2.500.000 euros.