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CNAE 0113 - Cultivo de hortalizas, raíces y tubérculos
A03287646
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Información sobre balances y cuentas de resultados de AGRITOM SA depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por AGRITOM SA o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión
Las Juntas Generales Universales Extraordinarias de las sociedades citadas, en sesiones celebradas el día 18 de enero de 2006, aprobaron por unanimidad la fusión de todas ellas sobre la base de los balances de 31 de julio de 2.005 también aprobados por las juntas generales, mediante la absorción por «Agrogénesis, Sociedad Anónima» de todas las demás, con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen sus patrimonios a la sociedad absorbente, de conformidad con el Proyecto de Fusión formulado y suscrito por los administradores de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Alicante el día 31 de octubre de 2005. La presente fusión tendrá efectos contables a partir del día 1 de agosto de 2005. Las nuevas acciones darán derecho a participar en las ganancias a partir de la fecha de efectos contables de la fusión. Las acciones que se entreguen a los accionistas en virtud de la fusión no otorgarán a sus titulares derecho especial alguno. Tampoco existirán ventajas en relación con los administradores ni con los expertos independientes de las sociedades intervinientes en la fusión. La fusión quedará sometida al régimen fiscal especial regulado en el Capítulo VIII del Titulo VII del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido del Impuesto sobre Sociedades.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de todas las sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores y obligacionistas de cada una de las sociedades, en el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión y en los términos establecidos en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
El Campello, 23 de enero de 2006.-Los administradores de las sociedades intervinientes, Jorge Francisco Brotóns Campillo, Francisco Javier Vidal Giner, Rafael Nicolás Valor Valor.-3.902. y 3.ª 6-2-2006.
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Anuncio de fusión
Las Juntas Generales Universales Extraordinarias de las sociedades citadas, en sesiones celebradas el día 18 de enero de 2006, aprobaron por unanimidad la fusión de todas ellas sobre la base de los balances de 31 de julio de 2.005 también aprobados por las juntas generales, mediante la absorción por «Agrogénesis, Sociedad Anónima» de todas las demás, con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen sus patrimonios a la sociedad absorbente, de conformidad con el Proyecto de Fusión formulado y suscrito por los administradores de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Alicante el día 31 de octubre de 2005. La presente fusión tendrá efectos contables a partir del día 1 de agosto de 2005. Las nuevas acciones darán derecho a participar en las ganancias a partir de la fecha de efectos contables de la fusión. Las acciones que se entreguen a los accionistas en virtud de la fusión no otorgarán a sus titulares derecho especial alguno. Tampoco existirán ventajas en relación con los administradores ni con los expertos independientes de las sociedades intervinientes en la fusión. La fusión quedará sometida al régimen fiscal especial regulado en el Capítulo VIII del Titulo VII del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido del Impuesto sobre Sociedades.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de todas las sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores y obligacionistas de cada una de las sociedades, en el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión y en los términos establecidos en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
El Campello, 23 de enero de 2006.-Los administradores de las sociedades intervinientes, Jorge Francisco Brotóns Campillo, Francisco Javier Vidal Giner, Rafael Nicolás Valor Valor.-3.902. 2.ª 3-2-2006.
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Anuncio de fusión
Las Juntas Generales Universales Extraordinarias de las sociedades citadas, en sesiones celebradas el día 18 de enero de 2006, aprobaron por unanimidad la fusión de todas ellas sobre la base de los balances de 31 de julio de 2.005 también aprobados por las juntas generales, mediante la absorción por «Agrogénesis, Sociedad Anónima» de todas las demás, con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen sus patrimonios a la sociedad absorbente, de conformidad con el Proyecto de Fusión formulado y suscrito por los administradores de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Alicante el día 31 de octubre de 2005. La presente fusión tendrá efectos contables a partir del día 1 de agosto de 2005. Las nuevas acciones darán derecho a participar en las ganancias a partir de la fecha de efectos contables de la fusión. Las acciones que se entreguen a los accionistas en virtud de la fusión no otorgarán a sus titulares derecho especial alguno. Tampoco existirán ventajas en relación con los administradores ni con los expertos independientes de las sociedades intervinientes en la fusión. La fusión quedará sometida al régimen fiscal especial regulado en el Capítulo VIII del Titulo VII del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido del Impuesto sobre Sociedades.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de todas las sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores y obligacionistas de cada una de las sociedades, en el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión y en los términos establecidos en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
El Campello, 23 de enero de 2006.-Los administradores de las sociedades intervinientes, Jorge Francisco Brotóns Campillo, Francisco Javier Vidal Giner, Rafael Nicolás Valor Valor.-3.902. 1.ª 2-2-2006.
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