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Datos de AEDA ABOGADOS SCIV

AEDA ABOGADOS SCIV

C/ Concepcion 13 1 02002 - Albacete Ver mapa

Objeto social

CNAE 6910 - Actividades jurídicas

CIF

J02336543

Fecha constitución

11/06/2008

Antigüedad

16 años

Capital social

54.000,00 €

Ventas

0.5M €

Registro

Albacete

Últimas cuentas depositadas

-



Cargos y representantes

EntidadRelaciónEntidad/RelaciónDesdeHasta
Zafrilla Yañez Maria Del Mar Socio Zafrilla Yañez Maria Del Mar
Socio
24/09/201302/10/2018
Zafrilla Tobarra Jose Socio Zafrilla Tobarra Jose
Socio
02/10/2018
Zafrilla Tobarra Jose Adm. Solid. Zafrilla Tobarra Jose
Adm. Solid.
02/10/2018
Diaz Martinez Irene Socio Diaz Martinez Irene
Socio
24/09/2013

Productos, Marcas y Nombres Comerciales

AEDA ABOGADOS
VerMarca vigente
AEDA ABOGADOS
VerNombre Comercial vigente

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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por AEDA ABOGADOS SCIV o en los que participa indirectamente.


  • Ceses/Dimisiones.

    Publicación en el BORME de los siguientes ceses-dimisiones:

    Socios
    Administrador Solidario
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 02/10/2018. Núm. 404474. T 998, L 762, F 52, S 8, H AB 19681, I/A 3 

    Reducción de capital.

    Los socios o accionistas de la empresa han reducido en 18.000 € el capital social de la sociedad. Esta reducción incrita en el Registro Mercantil, reduce el capital social en un 25.00 %, dejando el capital social de la sociedad en 54.000€.

    Capital social anterior:72.000 €
    Reducción de capital:18.000 €
    Capital social resultante:54.000 €
    % reducción:25.00 %
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 02/10/2018. Núm. 404474. T 998, L 762, F 52, S 8, H AB 19681, I/A 3 
  • Nombramientos.

    Publicación en el BORME de los siguientes nombramientos:

    Socios
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 24/09/2013. Núm. 418929. T 868, L 632, F 165, S 8, H AB 19681, I/A 2 

    Ampliación de capital.

    Con fecha 24 de septiembre de 2013, mediante la correspondiente escritura ha quedado incrito en el Registro Mercantil la ampliación de 18.000 € del capital social de la empresa. Esta ampliación representa un 33.33 % de incremento del capital, quedando un capital social resultante de 72.000€.

    Capital social anterior:54.000 €
    Aumento de capital:18.000 €
    Capital social resultante:72.000 €
    % incremento:33.33 %
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 24/09/2013. Núm. 418929. T 868, L 632, F 165, S 8, H AB 19681, I/A 2 

    Modificaciones estatutarias.

    =ARTICULO 7º.- Tipos de socios.- =Se denominan socios "senior" a aquellos de entre los socios que, formando parte de la Sociedad, suscribieron el titulo fundacional el día tres de julio de dos mil dos, se les reconozca con posterioridad tal condición por su contribución a la consecución de los Artículo de los estatutos: =ARTICULO 6º.- Fondo Social.-= Aportaciones. El Fondo Social se fija en SETENTA Y DOS MIL EUROS; está constituido por las aportaciones de los socios capitalistas - o, de capital - y se divide en ciento cuarenta y cuatro participaciones iguales e indivisibles de =ARTICULO 8º.- Adquisición y pérdida de la condición de socio=.- Los socios "senior", antes "fundadores", la adquirieron en virtud del titulo fundacional; los que posteriormente adquieran tal condición lo harán conforme a lo previsto en los presentes Estatutos. Unicamente podrán ser socios =ARTICULO 9º.- Derechos y obligaciones de los socios=.- A) SOCIOS CAPITALISTAS.- Los socios capitalistas realizarán las aportaciones necesarias para constituir el Fondo Social y serán los titulares de las participaciones representativas del mismo. Los socios capitalistas tendrán derecho a la cuota =ARTICULO 10º.- Transmisión de la condición de socio=.- Supuestos especiales y cambio de condición.- La condición de socio "senior- o de socio "profesional" es intransmisible. tanto inter vivos como monis causa, en consideración a su caracter insana personas, salvo que medie el consentimiento de =ARTICULO 17º.- Fallecimiento.-= El cónyuge viudo del socio cuyas participaciones pertenecieran a la sociedad conyugal y, en su caso, los herederos del socio fallecido, ostentarán, en tanto mantengan la condición de socios "capitalistas" o "profesionales", los mismos derechos económicos que =ARTICULO 19º.- Reparto de asuntos entre los socios=.- Cada socio tendrá preferencia en la l avanza de los asuntos de su cartera, sin perjuicio de la colaboración con el especialista de cada materia. La labor de reparto de asuntos corresponderá a aquellos de los socios senior que, a su vez, ejerzan =ARTICULO 20º.- Expresión de la voluntad social=.- La voluntad de los socios regirá la vida de la Sociedad, que habrá de formarse, necesariamente, en la Asamblea General. Cada socio, sea cual sea su condición, ostentará el derecho de voz yvoto en la Asamblea General de Socios. Los socios =ARTICULO 27º.- Modos de organizar la Administración=.- Nombramiento.- Duración.- Retribución.- Ejercicio del Cargo.- La Administración de la Sociedad se regirá exclusivamente por lo dispuesto en estos Estatutos, excluyendo para ello el régimen establecido en el Código Civil. La Sociedad será =ARTICULO 33º.- Régimen de Ingresos y Gastos.- Beneficios o Pérdidas.- Retribución de los socios.- Cartera y atribución de rendimientos a los socios=. Todo socio tendrá derecho a su participación en los beneficios que obtenga la Sociedad. Dicha participación se calculará mediante la aplicación de =ARTICULO 36º.- Mediación=.- Con carácter preferente, todas las cuestiones que pudieran surgir sobre la interpretación y aplicación de los presentes Estatutos, asi corno la resolución de cualquier divergencia entre los socios, entre sociosy administradores, o entre cualquiera de éstos y la = ARTICULO 37º.- Arbitraje.=- Finalizada la mediación, sin acuerdo, y siguiendo la recomendación del artículo 28.8 del Estatuto General e la Abogacía Española. todas las cuestiones indicadas en el articule precedente se someterán a Arbitraje de Derecho conforme al procedimiento que recula la Ley =ARTICULO 38º.- Fuero.-= En todo caso se someten los socios a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales del domicilio de la Sociedad, con expresa renuncia al fuero que pudiera corresponderles.
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 24/09/2013. Núm. 418929. T 868, L 632, F 165, S 8, H AB 19681, I/A 2 

Informes comerciales Axesor

Informe de CréditoInforme Mercantil, Incidencias y VinculacionesPerfil Comercial de Empresa
Capital social actual y evoluciónIncluye Capital social actual y evoluciónIncluye Capital social actual y evoluciónIncluye Capital social actual y evolución
Información mercantil y comercialIncluye Información mercantil y comercialIncluye Información mercantil y comercialIncluye Información mercantil y comercial
Básica
Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentes
Solo administradores
Incluye Administradores y dirigentes
Solo dirigentes
Empresas relacionadas
(accionistas, participadas,…)
Incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)Incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)Incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)
Incidencias judiciales y procedimientos concursalesIncluye Incidencias judiciales y procedimientos concursalesIncluye Incidencias judiciales y procedimientos concursalesIncluye Incidencias judiciales y procedimientos concursales
Impagos en el fichero RAIIncluye Impagos en el fichero RAIIncluye Impagos en el fichero RAIIncluye Impagos en el fichero RAI
Impagos en el fichero Asnef EmpresasIncluye Impagos en el fichero Asnef EmpresasIncluye Impagos en el fichero Asnef EmpresasIncluye Impagos en el fichero Asnef Empresas
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago
Extracto del balance y cuenta de pérdidas y gananciasIncluye Extracto del balance y cuenta de pérdidas y gananciasIncluye Extracto del balance y cuenta de pérdidas y gananciasIncluye Extracto del balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Ratios y magnitudes económico-financierasIncluye Ratios y magnitudes económico-financierasIncluye Ratios y magnitudes económico-financierasIncluye Ratios y magnitudes económico-financieras
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AEDA ABOGADOS SCIV inscrita en el Registro Mercantil de Albacete. Su clasificación nacional de actividades económicas es Actividades jurídicas.

capital social de la empresa es de 54.000,00 euros y tiene una facturación anual inferior a 500.000 euros.

AEDA ABOGADOS SCIV tiene 2 cargos directivos en activo y 0 cargos directivos históricos.