CNAE 2059 - Fabricación de otros productos químicos n.c.o.p.
B61818175
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2.5M €
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Información sobre balances y cuentas de resultados de ADITIVOS PARA ALIMENTACION Y BEBIDAS SL depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por ADITIVOS PARA ALIMENTACION Y BEBIDAS SL o en los que participa indirectamente.
Conforme al artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, y disposiciones concordantes, se publica que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de las compañías "Productos Aditivos, Sociedad Anónima" (Sociedad absorbente); "Aditivos para Alimentación y Bebidas, Sociedad Limitada", y "Polisucra, Sociedad Anónima" Sociedad unipersonal (Sociedades absorbidas), celebradas el día 18 de junio de 2003, aprobaron, por unanimidad, la fusión por absorción de las dos últimas por la primera.
Las sociedades absorbidas quedan disueltas sin liquidación y traspasando en bloque todo su patrimonio a la sociedad "Productos Aditivos, Sociedad Anónima" que adquiere, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones de las absorbidas.
También se aprobó, por unanimidad, el Balance de fusión cerrado al 31 de diciembre de 2002.
La fusión tendrá efectos contables desde el 1 de enero de 2003.
La sociedad absorbente no efectúa aumento de capital, por ser titular de todas las acciones y participaciones de las absorbidas, no habiendo lugar al canje de acciones.
La sociedad absorbente no otorga ningún tipo de derecho especial a ningún socio ni a los administradores de las sociedades participantes.
Tampoco se otorga ningún derecho a expertos independientes ya que no ha sido necesaria su intervención.
Se hace constar, expresamente, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el Balance de fusión de cada una de las sociedades, así como el derecho de los acreedores de las sociedades a oponerse a la fusión, durante el transcurso de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Barcelona, 29 de septiembre de 2003.-Los Administradores de "Productos Aditivos, Sociedad Anónima" (Sociedad absorbente); "Aditivos para Alimentación y Bebidas, Sociedad Limitada", y "Polisucra, Sociedad Anónima" Sociedad unipersonal (Sociedades absorbidas), Tomas Bernat Hernández (Administrador único).-45.110.
y 3.a 15-10-2003.
| Absorbente | |
| Absorbida |
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Conforme al artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, y disposiciones concordantes, se publica que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de las compañías "Productos Aditivos, Sociedad Anónima" (Sociedad absorbente); "Aditivos para Alimentación y Bebidas, Sociedad Limitada", y "Polisucra, Sociedad Anónima" Sociedad unipersonal (Sociedades absorbidas), celebradas el día 18 de junio de 2003, aprobaron, por unanimidad, la fusión por absorción de las dos últimas por la primera.
Las sociedades absorbidas quedan disueltas sin liquidación y traspasando en bloque todo su patrimonio a la sociedad "Productos Aditivos, Sociedad Anónima" que adquiere, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones de las absorbidas.
También se aprobó, por unanimidad, el Balance de fusión cerrado al 31 de diciembre de 2002.
La fusión tendrá efectos contables desde el 1 de enero de 2003.
La sociedad absorbente no efectúa aumento de capital, por ser titular de todas las acciones y participaciones de las absorbidas, no habiendo lugar al canje de acciones.
La sociedad absorbente no otorga ningún tipo de derecho especial a ningún socio ni a los administradores de las sociedades participantes.
Tampoco se otorga ningún derecho a expertos independientes ya que no ha sido necesaria su intervención.
Se hace constar, expresamente, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el Balance de fusión de cada una de las sociedades, así como el derecho de los acreedores de las sociedades a oponerse a la fusión, durante el transcurso de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Barcelona, 29 de septiembre de 2003.-Los Administradores de "Productos Aditivos, Sociedad Anónima" (Sociedad absorbente); "Aditivos para Alimentación y Bebidas, Sociedad Limitada", y "Polisucra, Sociedad Anónima" Sociedad unipersonal (Sociedades absorbidas), Tomas Bernat Hernández (Administrador único).-45.110.
2.a 14-10-2003.
| Absorbente | |
| Absorbida |
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Conforme al artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, y disposiciones concordantes, se publica que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de las compañías "Productos Aditivos, Sociedad Anónima" (Sociedad absorbente); "Aditivos para Alimentación y Bebidas, Sociedad Limitada", y "Polisucra, Sociedad Anónima" Sociedad unipersonal (Sociedades absorbidas), celebradas el día 18 de junio de 2003, aprobaron, por unanimidad, la fusión por absorción de las dos últimas por la primera.
Las sociedades absorbidas quedan disueltas sin liquidación y traspasando en bloque todo su patrimonio a la sociedad "Productos Aditivos, Sociedad Anónima" que adquiere, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones de las absorbidas.
También se aprobó, por unanimidad, el Balance de fusión cerrado al 31 de diciembre de 2002.
La fusión tendrá efectos contables desde el 1 de enero de 2003.
La sociedad absorbente no efectúa aumento de capital, por ser titular de todas las acciones y participaciones de las absorbidas, no habiendo lugar al canje de acciones.
La sociedad absorbente no otorga ningún tipo de derecho especial a ningún socio ni a los administradores de las sociedades participantes.
Tampoco se otorga ningún derecho a expertos independientes ya que no ha sido necesaria su intervención.
Se hace constar, expresamente, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el Balance de fusión de cada una de las sociedades, así como el derecho de los acreedores de las sociedades a oponerse a la fusión, durante el transcurso de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Barcelona, 29 de septiembre de 2003.-Los Administradores de "Productos Aditivos, Sociedad Anónima" (Sociedad absorbente); "Aditivos para Alimentación y Bebidas, Sociedad Limitada", y "Polisucra, Sociedad Anónima" Sociedad unipersonal (Sociedades absorbidas), Tomas Bernat Hernández (Administrador único).-45.110.
1.a 13-10-2003.
| Absorbente | |
| Absorbida |
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