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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 19 de julio del 2021 del anuncio de modificaciones estatutarias en la empresa ACTIO PROMOCIONES SINGULARES SL, inscrito en el Registro Mercantil el día 12 de julio del 2021 con los datos de inscripción T 4454, F 14, S 8, H Z 66830, I/A 4.


Modificaciones estatutarias

ACTIO PROMOCIONES SINGULARES SL

"ARTICULO 18.- ORGANO DE ADMINISTRACION. NOMBRAMIENTO, DURACION.- 1. La sociedad será representada, regida y administrada a elección de la Junta General por: a.- Un Administrador único. b.- Dos o más Administradores solidarios, hasta un máximo de seis. c.- Varios Administradores mancomunados, con "ARTICULO 21. RETRIBUCION. 1. Los Consejeros tendrán derecho a la percepción de los siguientes conceptos retributivos: a.- una asignación fija en efectivo. 2. El importe máximo agregado a satisfacer anualmente a los administradores por todos los conceptos establecidos en el apartado 1 anterior será Modificar el régimen de transmisión de participaciones sociales y como consecuencia, modificar el artículo 7º de los estatutos sociales, que en lo sucesivo tendrán la siguiente redacción: "ARTICULO 7. TRANSMISION DE LAS PARTICIPACIONES SOCIALES. I.- Transmisión inter vivos. 1. La transmisión por Creación de dos grupos de participaciones sociales y como consecuencia se añade un nuevo artículo 5bis de los estatutos sociales, que tendrá a siguiente redacción:"ARTICULO 5º. BIS. DERECHOS DELAS PARTICIPACIONES.- Las participaciones sociales se integran en los siguientes Grupos: a.- Grupo A: Aprobar una nueva causa de disolución estatutaria y en consecuencia modificar el artículo 26º de los estatutos sociales, que en lo sucesivo tendrán la siguiente redacción: "ARTICULO 26. CAUSAS DE DISOLUCION: 1. Son causas de disolución las previstas en la Ley. 2. Adicionalmente, será causa de Revocar el pacto estatutario consistente en someter a arbitraje la resolución de conflictos entre socios. Como consecuencia, eliminar el artículo 29 de los estatutos sociales.. Acordar la supresión del derecho de separación regulado en el artículo 348 bis del Real Decreto Legislativo 112010, de 2 de julio y como consecuencia añadir un nuevo capítulo VI y un nuevo artículo 29 de los estatutos sociales, que en lo sucesivo tendrán la siguiente redacción: "ARTICULO 29.
Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 12/07/2021 T 4454, F 14, S 8, H Z 66830, I/A 4 

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