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Información sobre balances y cuentas de resultados de ACRIANER SL depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por ACRIANER SL o en los que participa indirectamente.
Se hace público que las Juntas Generales y Universales de Socios de las citadas sociedades, celebradas todas ellas el 20 de enero de 2006, aprobaron todas ellas por unanimidad la fusión por absorción de Iguat, Sociedad Limitada, como Sociedad absorbente, y Acrianer, Sociedad Limitada, como Sociedad absorbida, con disolución sin liquidación de la Sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de la totalidad de su patrimonio a la absorbente, la cual se subroga en todos los bienes, derechos y obligaciones de toda clase de la absorbida, con ampliación de capital de la absorbente que, al ostentar ésta participaciones en la absorbida, se efectúa dicha ampliación considerando tan sólo la parte del patrimonio de la absorbida en poder del resto de socios, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por la Administradora única de las sociedades intervinientes común a ambas, y debidamente depositado en el Registro Mercantil.
Lo cual se pone en conocimiento de los socios y acreedores de las sociedades participantes, con advertencia del derecho que les asiste a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión de conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas. Los acreedores de las sociedades participantes pueden oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.
Barcelona, 20 de enero de 2006.-La Administradora única de Iguat, S. L., y Acrianer, S. L., doña Susana Forn Cintas.-2.277. y 3.ª 27-1-2006
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Se hace público que las Juntas Generales y Universales de Socios de las citadas sociedades, celebradas todas ellas el 20 de enero de 2006, aprobaron todas ellas por unanimidad la fusión por absorción de Iguat, Sociedad Limitada, como Sociedad absorbente, y Acrianer, Sociedad Limitada, como Sociedad absorbida, con disolución sin liquidación de la Sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de la totalidad de su patrimonio a la absorbente, la cual se subroga en todos los bienes, derechos y obligaciones de toda clase de la absorbida, con ampliación de capital de la absorbente que, al ostentar ésta participaciones en la absorbida, se efectúa dicha ampliación considerando tan sólo la parte del patrimonio de la absorbida en poder del resto de socios, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por la Administradora única de las sociedades intervinientes común a ambas, y debidamente depositado en el Registro Mercantil.
Lo cual se pone en conocimiento de los socios y acreedores de las sociedades participantes, con advertencia del derecho que les asiste a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión de conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas. Los acreedores de las sociedades participantes pueden oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.
Barcelona, 20 de enero de 2006.-La Administradora única de Iguat, S. L., y Acrianer, S. L., doña Susana Forn Cintas.-2.277. 2.ª 26-1-2006
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Se hace público que las Juntas Generales y Universales de Socios de las citadas sociedades, celebradas todas ellas el 20 de enero de 2006, aprobaron todas ellas por unanimidad la fusión por absorción de Iguat, Sociedad Limitada, como Sociedad absorbente, y Acrianer, Sociedad Limitada, como Sociedad absorbida, con disolución sin liquidación de la Sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de la totalidad de su patrimonio a la absorbente, la cual se subroga en todos los bienes, derechos y obligaciones de toda clase de la absorbida, con ampliación de capital de la absorbente que, al ostentar ésta participaciones en la absorbida, se efectúa dicha ampliación considerando tan sólo la parte del patrimonio de la absorbida en poder del resto de socios, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por la Administradora única de las sociedades intervinientes común a ambas, y debidamente depositado en el Registro Mercantil.
Lo cual se pone en conocimiento de los socios y acreedores de las sociedades participantes, con advertencia del derecho que les asiste a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión de conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas. Los acreedores de las sociedades participantes pueden oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.
Barcelona, 20 de enero de 2006.-La Administradora única de Iguat, S. L., y Acrianer, S. L., doña Susana Forn Cintas. 1.ª 25-1-2006
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