CNAE 7740 - Arrendamiento de la propiedad intelectual y productos similares, excepto trabajos protegidos por los derechos de autor
B35654185
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(Extinguida el 14/01/2003)
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0.5M €
Las Palmas
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Información sobre balances y cuentas de resultados de ACEICA CARTERA DE INVERSIONES SL depositados en el Registro Mercantil de Las Palmas en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por ACEICA CARTERA DE INVERSIONES SL o en los que participa indirectamente.
Se disuelve la sociedad por fusión.
El 14 de enero de 2003 se inscribe en el Registro Mercantil la extinción de la sociedad, dejando de ser sujeto de derechos y obligaciones.
Se hace público que las Juntas de "Aceica Refinería, Sociedad Limitada" y "Aceica Cartera de Inversiones, Sociedad Limitada", acordaron por mayoría, así como el Socio único de "Aceitera Canaria, Sociedad Limitada", Unipersonal decidió, aprobar la fusión de las sociedades mediante la absorción por "Aceica Refinería, Sociedad Limitada" de las otras dos entidades. La fusión se acordó en base al Proyecto depositado en el Registro Mercantil de la Provincia, con aprobación del balance de fusión salvo en cuanto a la ampliación de capital en "Aceica Refinería, Sociedad Limitada", por el patrimonio aportado de "Aceica Cartera de Inversiones, Sociedad Limitada" que se aprobó llevarlo todo a prima de fusión. El tipo de canje, así como el método utilizado en las valoraciones y el procedimiento para el canje de los títulos, se encuentra expresamente recogido en el citado Proyecto. En cuanto a "Aceitera Canaria, Sociedad Limitada", Unipersonal, dado que la sociedad absorbente es socio único de la absorbida, no se generará ampliación de capital en la sociedad absorbente.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión total de la sociedad, así como de oponerse a dicha fusión en los términos previstos en el artículo 168 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes a partir del último anuncio de fusión.
Las Palmas de Gran Canaria, 10 de julio de 2002.- El Secretario de los Consejos de Administración de "Aceica Refinería, Sociedad Limitada"; "Aceica Cartera de Inversiones, Sociedad Limitada", y "Aceitera Canaria, Sociedad Limitada", Unipersonal, Antonio Cruz Guerra.-34.429.
y 3.a 25-7-2002.
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Absorbida |
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Se hace público que las Juntas de "Aceica Refinería, Sociedad Limitada" y "Aceica Cartera de Inversiones, Sociedad Limitada", acordaron por mayoría, así como el Socio único de "Aceitera Canaria, Sociedad Limitada", Unipersonal decidió, aprobar la fusión de las sociedades mediante la absorción por "Aceica Refinería, Sociedad Limitada" de las otras dos entidades. La fusión se acordó en base al Proyecto depositado en el Registro Mercantil de la Provincia, con aprobación del balance de fusión salvo en cuanto a la ampliación de capital en "Aceica Refinería, Sociedad Limitada", por el patrimonio aportado de "Aceica Cartera de Inversiones, Sociedad Limitada" que se aprobó llevarlo todo a prima de fusión. El tipo de canje, así como el método utilizado en las valoraciones y el procedimiento para el canje de los títulos, se encuentra expresamente recogido en el citado Proyecto. En cuanto a "Aceitera Canaria, Sociedad Limitada", Unipersonal, dado que la sociedad absorbente es socio único de la absorbida, no se generará ampliación de capital en la sociedad absorbente.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión total de la sociedad, así como de oponerse a dicha fusión en los términos previstos en el artículo 168 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes a partir del último anuncio de fusión.
Las Palmas de Gran Canaria, 10 de julio de 2002.- El Secretario de los Consejos de Administración de "Aceica Refinería, Sociedad Limitada"; "Aceica Cartera de Inversiones, Sociedad Limitada", y "Aceitera Canaria, Sociedad Limitada", Unipersonal, Antonio Cruz Guerra.-34.429.
2.a 24-7-2002.
Absorbente | |
Absorbida |
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Se hace público que las Juntas de "Aceica Refinería, Sociedad Limitada" y "Aceica Cartera de Inversiones, Sociedad Limitada", acordaron por mayoría, así como el Socio único de "Aceitera Canaria, Sociedad Limitada", Unipersonal decidió, aprobar la fusión de las sociedades mediante la absorción por "Aceica Refinería, Sociedad Limitada" de las otras dos entidades. La fusión se acordó en base al Proyecto depositado en el Registro Mercantil de la Provincia, con aprobación del balance de fusión salvo en cuanto a la ampliación de capital en "Aceica Refinería, Sociedad Limitada", por el patrimonio aportado de "Aceica Cartera de Inversiones, Sociedad Limitada" que se aprobó llevarlo todo a prima de fusión. El tipo de canje, así como el método utilizado en las valoraciones y el procedimiento para el canje de los títulos, se encuentra expresamente recogido en el citado Proyecto. En cuanto a "Aceitera Canaria, Sociedad Limitada", Unipersonal, dado que la sociedad absorbente es socio único de la absorbida, no se generará ampliación de capital en la sociedad absorbente.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión total de la sociedad, así como de oponerse a dicha fusión en los términos previstos en el artículo 168 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes a partir del último anuncio de fusión.
Las Palmas de Gran Canaria, 10 de julio de 2002.- El Secretario de los Consejos de Administración de "Aceica Refinería, Sociedad Limitada"; "Aceica Cartera de Inversiones, Sociedad Limitada", y "Aceitera Canaria, Sociedad Limitada", Unipersonal, Antonio Cruz Guerra.-34.429.
1.a 23-7-2002.
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Informe axesor 360º | Informe de Crédito | Perfil Comercial de Empresa | |
Importe de ventas y número de empleados | |||
Información mercantil y comercial | Completa | Completa | Básica |
Administradores y dirigentes | Solo dirigentes | ||
Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…) | |||
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago | |||
Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judiciales | |||
Balance y cuenta de pérdidas y ganancias | Completo | Extracto | |
Ratios y magnitudes económico-financieras | Completo | Extracto | |
Representación gráfica de empresas relacionadas | |||
Comparativa del balance con la media del sector | |||
Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio neto | |||
Fuentes de financiación y avales | |||
Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcas | |||
Acceder | Acceder | Acceder |
ACEICA CARTERA DE INVERSIONES SL inscrita en el Registro Mercantil de Las Palmas. Su clasificación nacional de actividades económicas era Arrendamiento de la propiedad intelectual y productos similares, excepto trabajos protegidos por los derechos de autor.
La empresa tenia un rango de facturación anual inferior a 500.000 euros.