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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 06 de octubre del 2021 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo ZENARTI.


Suspenso de fondo de marca

ZENARTI

Expediente:  M-4103890

Tipo Marca:  Figurativa

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  6388910

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4103890

Fecha de resolución:  29/09/2021

Clases:  35

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS

Motivos:  01) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y arts. 3.2 y 3.6 de su Reglamento de ejecución (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los productos/servicios están definidos y clasificados incorrectamente. En concreto:- El servicio de MERCADOS EN LINEA PARA VENDEDORES Y COMPRADORES DE PRODUCTOS Y SERVICIOS, es impreciso. Debe concretar qué solicita exactamente o eliminarlo. Se ha de tener en cuenta que los "Servicios de acceso a mercados electrónicos [portales] en redes informáticas" se clasifican en la clase 38._ El servicio de ACCESO A UNA BASE DE DATOS DE EVALUACIÓN EL LINEA PARA COMPRADORES Y VENDEDORES, es impreciso. Debe concretar qué solicita exactamente o eliminarlo. Se ha de tener en cuenta que el "Servicio de acceso a bases de datos en línea" se clasifican en la clase 38.Por tanto, debe aportarse nueva lista completa de los productos/servicios solicitados (en formulario oficial) definiéndolos y clasificándolos correctamente. Se deberán abonar las tasas adicionales por las clases adicionales que resulten de la nueva clasificación (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1: tasa ME17 si tanto el trámite como el pago se realizan electrónicamente y tasa MT17 en caso contrario). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos/servicios afectados (arts. 9.2 y9.6 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pagoincompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/sque no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento).Puede consultar nuestra herramienta CLINMAR en http://tramites2.oepm.es/clinmar/inicio.action

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 06/10/2021 Tomo: 1 Anuncio:6388910 

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