Información sobre la marca VIC SAUDE, registro solicitado por la empresa LIEBOCH INVESTMENT SL con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-4012157.
M-4012157
Expediente OEPM M-4012157 Tipo Denominativa Fecha solicitud 27/03/2019 Estado Vigente |
CALLE MONACO, 1928000 LAS ROZAS DE MADRID (MADRID)(ES) ESPAÑA
| Fecha | Tramitación |
|---|---|
| 2019-04-02 | Efectuado tram. Art.18.4 ley sin detectar anterioridades relevantes. |
| 2019-04-08 | Publicacion de solicitud. |
| 2019-10-22 | Publ.Suspenso fondo de f.Resol 16/10/2019 causas del suspenso de fondo: 329. |
| 2019-11-14 | Contestacion al suspenso publicado el: 22/10/2019. |
| 2019-12-12 | Publ. Conces. Parcial de f.Res: 04/12/2019. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca VIC SAUDE
Expediente: M-4012157
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 5246467
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4012157
Fecha de resolución: 16/10/2019
Clases: 43
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y arts. 3.2 y 3.6 de su Reglamento de ejecución (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los servicios sociales en residencia tercera edad en la comunidad de Galicia no están bien definidos y/o clasificados, pudiendo solicitar "servicios de cuidados de descanso en forma de cuidados de día para la tercera edad" en la clase 43, o "servicios de club social para el entretenimiento" en la clase 41. Por tanto, debe aportarse nuevalista completa de los productos/servicios solicitados (en formulario oficial) definiéndolos y clasificándolos correctamente. Deberá abonar, en su caso, la cantidad correspondiente a la tasa de solicitud en vigor por la/s nueva/s clase/s resultantes (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1: tasa ME17 si tanto el trámite como el pago se realizan electrónicamente y tasa MT17 en caso contrario). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos/servicios afectados (arts. 9.2 y 9.6 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se consideraránpagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento).Puede consultar nuestra herramienta CLINMAR en http://tramites2.oepm.es/clinmar/inicio.action
La información sobre la marca VIC SAUDE que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.