Información sobre el nombre comercial VERDEMIEL ANDALUSIAN ORGANIC HONEY con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas N-0476806.
N-0476806
![]() | Expediente OEPM N-0476806 Tipo Figurativa Fecha solicitud 21/10/2024 Estado En tramitación |
Persona física. Consultar en la OEPM
Rgb generico: verde1: r76 g102 b56 verde2: r75 g92 b22 verde3: r157 g172 b90 negro blanco
| Fecha | Tramitación |
|---|---|
| 2024-12-17 | Contestacion al suspenso publicado el: 19/12/2024. |
| 2024-12-19 | Publ.Suspenso solic.De f.Resol 12/12/2024. |
| 2024-12-19 | Efectuado tram. Art.18.4 ley sin detectar anterioridades relevantes. |
| 2024-12-30 | Publicacion de solicitud. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre el nombre comercial VERDEMIEL ANDALUSIAN ORGANIC HONEY
Expediente: N-0476806
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 8990348
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0476806
Fecha resolución concesión: 28/01/2026
Fecha publicación de la solicitud: 30/12/2024
Clases con limitación: 30-AZUCAR, EDULCORANTES NATURALES, PRODUCTOS DULCES DE COBERTURA Y RELLENO Y PRODUCTOS DE APICULTURA Y DECORACIONES COMESTIBLES; TODOS LOS PRODUCTOS ANTERIORES HAN SIDO OBTENIDOS POR METODOS DE PRODUCCION ECOLOGICA Y PROCEDEN DE ANDALUCIA
Expediente: N-0476806
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 8838322
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0476806
Fecha de resolución: 03/11/2025
Clases: 30
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El signo solicitado se halla incurso, para los productos solicitados de la clase 30, en la prohibición del artículo 5.1.f) en relación con el art. 88.b) de la Ley 17/2001 de 7 de diciembre, de Marcas, por ser contrario al art. 30 del Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre producción ecológica y etiquetado de los productos, que reserva los términos "ecológico", "biológico" y "orgánico", así como sus diminutivos y derivados habituales talescomo "eco" o "bio", para identificar la producción ecológica. En consecuencia, podrá subsanar el defecto señalado presentando una nueva lista de productos indicando que "todos los productos anteriores han sido obtenidos por métodos de producción ecológica. 02) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.g) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que puedan inducir al público a error, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico de los productos o servicios a los que se refieren las actividades para las que se solicite.En concreto, elsigno solicitado puede inducir al público a error sobre las características y el proceso de producción de los productos solicitados, toda vez que la denominación incluye el término (ORGANIC), mientras que el signo se está solicitando para productos en general, sin especificar que estos han sido obtenidos por métodos de producción ecológica. La forma de subsanar esta prohibición es la misma indicada para la prohibición del art. 5.1.f), señalada en el párrafo anterior.El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.g) en relación con el art. 88.b) de la Ley deMarcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva queno podrán registrarse como nombre comercial los signos que puedan inducir al público a error, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico de los productos o servicios a los que se refieren las actividades para las que se solicite.En concreto, el signo solicitado puede inducir al público a error sobre la procedencia geográfica de los productos solicitados, toda vez que la denominación incluye el término (ANDALUSIAN), mientras que el signo se está solicitando para productos en general, sin especificar que estos proceden de Andalucia.Puede subsanar las prohibiciones limitando a "Azúcar, edulcorantes naturales, productos dulces de cobertura y relleno y productos de apicultura y decoraciones comestibles; todos los producto anteriores han sido obtenidos por métodos de producción ecológica y proceden de Andalucia. 03) POR OBSERVACIONES DE TERCERO BASADAS EN:- Articulo 5.1. c),g) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre
Expediente: N-0476806
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 8253788
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0476806
Fecha de resolución: 12/12/2024
Irregularidades: 1- Subsane la página correspondiente de la instancia de solicitud, cumplimentando correctamente el a partado "Descripción opcional". La descripción debe limitarse exclusivamente a definir las caracterí sticas del distintivo, no pudiéndose incluir otros comentarios
La información sobre el nombre comercial VERDEMIEL ANDALUSIAN ORGANIC HONEY que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.