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Información sobre la marca VALLE DEL GENIL con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-4302860.

Marca
VALLE DEL GENIL

M-4302860

Titular
Nombre

Persona física. Consultar en la OEPM

Productos o servicios solicitados según clasificación NIZA
  • 29 CARNE, PESCADO, CARNE DE AVE Y CARNE DE CAZA; EXTRACTOS DE CARNE; FRUTAS Y ERDURAS, HORTALIZAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELADAS, SECAS Y COCIDAS; JLEAS, MERMELADAS, COMPOTAS; HUEVOS; LECHE, QUESOS, MANTEQUILLA, YOGUR Y OTRS PRODUCTOS LACTEOS; ACEITES Y GRASAS PARA USO ALIMENTICIO
Tramitaciones realizadas
FechaTramitación
2025-03-28 Efectuado tram. Art.18.4 ley sin detectar anterioridades relevantes.
2025-04-04 Publicacion de solicitud.


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Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca VALLE DEL GENIL

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  • Denegación total de marca

    Expediente:  M-4302860

    Tipo Marca:  Denominativa

    Tipo Modalidad:  Marca

    Identificado de publicación:  9158046

    Modalidad del signo distintivo:  M

    Número de solicitud:  4302860

    Fecha de resolución:  13/04/2026

    Clases denegadas:  29

    Fecha publicación de la solicitud:  04/04/2025

    Fuente: Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
    Fecha inscripción: 20/04/2026. Núm. 9158046. Tomo: 1 Anuncio:9158046 
  • Suspenso de fondo de marca

    Expediente:  M-4302860

    Tipo Marca:  Denominativa

    Tipo Modalidad:  Marca

    Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa, para los productos de la clase 29 para los que se solicita, en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, toda vez que la denominación "VALLE DEL GENIL", que es indicadora de una zona geográfica, se considera formada por términos corrientes para el ámbito aplicativo que pretende proteger la marca. Consecuentemente, se considera que la marca no cumple con su función diferenciadora, individualizando los productos en el mercado de modo que el público pueda identificar su concreto origen empresarial. 02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, laprocedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otrascaracterísticas de los productos o servicios.En concreto, el signo solicitado está compuesto exclusivamente de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar característicasconcretas de los productos de la clase 29 para los que se solicita la presente marca, tales como suprocedencia geográfica, ya que la denominación "VALLE DEL GENIL" indica que los productos reivindicados proceden de esa concreta zona geográfica, sin más elementos que otorguen distintividad al signo. Consecuentemente, se considera que la marca está formada por términos descriptivos sobre los que no cabe el establecimiento de derechos de utilización exclusiva, debiendo quedar a disposición de todos los competidores del sector. 03) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que puedan inducir al público a error, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico del producto o servicio.En concreto, el signo solicitado puede inducir al público a error sobre el origen geográfico de los productos "frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, mermeladas, compotas; aceites y grasas para uso alimenticio"de la clase 29 para los que se solicita; dado que el signo indica que los productos son procedentesdel valle del río Genil, que es una zona geográfica conocida por la calidad de sus hortalizas, sus naranjas, su membrillo y su aceite de oliva, suponiendo este origen una característica especialmenteapreciada por el público. Se considera que esta discordancia entre lo que indica el signo y las características concretas de los productos que pretende proteger la marca tiene capacidad para influir engañosamente en la demanda y decisión de consumo del público. 04) POR OBSERVACIONES DE TERCERO BASADAS EN:- JUNTA DE ANDALUCÍA- Articulo 5.1. c),g) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre

    Identificado de publicación:  8960864

    Modalidad del signo distintivo:  M

    Número de solicitud:  4302860

    Fecha de resolución:  13/01/2026

    Clases:  29

    Fuente: Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
    Fecha inscripción: 20/01/2026. Núm. 8960864. Tomo: 1 Anuncio:8960864 
  • Solicitud de registro de marca

    Expediente:  M-4302860

    Tipo Modalidad:  Marca

    Identificado de publicación:  8453309

    Modalidad del signo distintivo:  M

    Número de solicitud:  4302860

    Fecha de desposito regular:  04/02/2025

    Tipo de signo distintivo:  W

    Denominación:  VALLE DEL GENIL

    Productos/Servicios o Activadades según la clasificación de Viena:  29-CARNE, PESCADO, CARNE DE AVE Y CARNE DE CAZA; EXTRACTOS DE CARNE; FRUTAS Y VERDURAS, HORTALIZAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELADAS, SECAS Y COCIDAS; JALEAS, MERMELADAS, COMPOTAS; HUEVOS; LECHE, QUESOS, MANTEQUILLA, YOGUR Y OTROS PRODUCTOS LACTEOS; ACEITES Y GRASAS PARA USO ALIMENTICIO

    Fuente: Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
    Fecha inscripción: 04/04/2025. Núm. 8453309. Tomo: 1 Anuncio:8453309 

La información sobre la marca VALLE DEL GENIL que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.