Información sobre la marca VACA Y BUEY NOSA CARNE, NATURALMENTE GALLEGO, registro solicitado por la empresa NOSA CARNE SL con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-4143895.
Marca
VACA Y BUEY NOSA CARNE, NATURALMENTE GALLEGOM-4143895
Expediente OEPM M-4143895 Tipo Denominativa Fecha solicitud 28/10/2021 Estado En tramitación |
CALLE RIO NAVEA, 15, ENTRESUELO32001 OURENSE (OURENSE)(ES) ESPAÑA
Fecha | Tramitación |
---|---|
2021-11-08 | Efectuado tram. Art.18.4 ley sin detectar anterioridades relevantes. |
2021-11-16 | Publicacion de solicitud. |
2021-12-14 | Observaciones de terceros basadas en el: art.5.1 f,g,h;. |
2021-12-16 | Oposicion basada en motivos siguientes: art.5.1 b,c,g,h; art.9.1 c;. |
2021-12-28 | Observaciones de terceros basadas en el: art.5.1 h;. |
2022-06-23 | Publ.Suspenso fondo de f.Resol 16/06/2022 causas del suspenso de fondo: 341 342 346. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca VACA Y BUEY NOSA CARNE, NATURALMENTE GALLEGO
Expediente: M-4143895
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Marca
Titular: NOSA CARNE SL
Identificado de publicación: 6954604
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4143895
Fecha de resolución: 10/08/2022
Clases denegadas: 29, 35
Fecha publicación de la solicitud: 16/11/2021
Expediente: M-4143895
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 6875491
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4143895
Fecha de resolución: 16/06/2022
Clases: 29, 35
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) La marca solicitada se halla incursa, para todas sus clases, en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al carecer de carácter distintivo toda vez que,consiste únicamente en la leyenda "VACA Y BUEY NOSA CARNE, NATURALMENTE GALLEGO", sin ningún otro elemento, gráfico o denominativo, que permita al público consumidor identificar dicho signo con una concreta procedencia empresarial
Motivos: 02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al estar compuesta exclusivamente de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar la naturaleza de los productos para los que se solicita, al estar compuesta exclusivamente de la denominación "VACA Y BUEY NOSA CARNE, NATURALMENTE GALLEGO", sin aportar elementos adicionales que le confiera distintividad para los productos mencionados
Motivos: 03) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre) al poder inducir al público a error sobre la calidad y procedencia geográfica de los productos y servicios solicitados toda vez que incluye el término "gallega" en la denominación, sin que tal procedencia geográfica haya sido especificada en la lista solicitada. Esta prohibición podrá subsanarse según se indica al final del texto.La marca solicitada se halla incursa,para "carne" en clase 29 y "servicios de venta al por mayor relacionados con carnes; servicios de venta al por menor relacionados con carnes" en clase 35, en la prohibición del art. 5.1.h) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al estar excluido de registro en virtud del art. 13.1 delReglamento (UE) 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre que confiere protección a las denominaciones de origen e indicaciones geográficas, toda vez que contiene los términos "ternera" y "gallega", siendo parte de la DOP "Ternera Gallega" y de la IGP "Vaca Gallega-Buey Gallego". Esta prohibición podrá subsanarse limitando la lista de productos y servicios solicitados como sigue:Clase 29: pescado, carne de ave y carne de caza; carne excepto ternera, vaca y buey, todos ellos procedentes de Galicia; ternera amparada por la DOP Ternera Gallega; vaca y buey amparados por la IGP Vaca Gallega-Buey Gallego. Clase 35: Servicios de venta al por mayor relacionados con carne excepto ternera, vaca y buey, todos ellos procedentes de Galicia; ternera amparada por la DOP Ternera Gallega; vaca y buey amparados por la IGP Vaca Gallega-Buey Gallego; servicios de venta al pormenor relacionados con carne excepto ternera, vaca y buey, todos ellos procedentes de Galicia; ternera amparada por la DOP Ternera Gallega; vaca y buey amparados por la IGP Vaca Gallega-Buey Gallego
Motivos: 04) POR OPOSICION BASADA EN:- Articulo 5.1. b),c),g),h) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre.- Articulo 9.1. c) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre
Motivos: 05) POR OBSERVACIONES DE TERCERO BASADAS EN:- Articulo 5.1. f),g),h) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre.- Articulo 5.1. h) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre
La información sobre la marca VACA Y BUEY NOSA CARNE, NATURALMENTE GALLEGO que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.