Información sobre la marca Ultra Vital+ con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-4312033.
M-4312033
![]() | Expediente OEPM M-4312033 Tipo Figurativa Fecha solicitud 31/03/2025 Estado En tramitación |
Persona física. Consultar en la OEPM
| Fecha | Tramitación |
|---|---|
| 2025-06-03 | Publ.Suspenso solicitud de f.Resol: 27/05/2025. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca Ultra Vital+
Expediente: M-4312033
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa, para los productos solicitados de la clase 5, en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo estableceque no podrán registrarse como marca los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, por componerse de términos genéricos y carentesde distintividad en relación con los productos solicitados relacionados con los suplementos alimenticios para personas o animales. El conjunto transmite un mensaje promocional claro e inmediato, sin requerir esfuerzo interpretativo, que no permite al consumidor identificar el origen empresarial de los productos.Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado. 02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, laprocedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otrascaracterísticas de los productos o servicios.En concreto, el signo solicitado se compone de lostérminos «vital», «ultra» y «+», los cuales, en relación con los productos reivindicados, serán percibidos por el público relevante como una indicación de sus características, en particular de su capacidad para aportar vitalidad, salud, energía o bienestar, intensificadas mediante los elementos «ultra» y «+».Asimismo, el componente gráfico se considera insuficiente para conferir al signo el carácter distintivo necesario, al estar constituido por elementos habituales en el sector, como la representación de ADN, hojas o gotas, que refuerzan el mensaje descriptivo del elemento denominativo.Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado. 03) POR OPOSICION BASADA EN:- <a href="/distintivo/vithal-garden/oepm/m-4218773/" title="Detalle de la marca VITHAL GARDEN">VITHAL GARDEN</a>VITHAL GARDEN (FIG.)- A0XXXXXXXITŽALL+ (DEN.) en relación con las clases solicitadas: 05- <a href="/distintivo/vital-1500/oepm/m-3584095/" title="Detalle de la marca VITAL 1500">VITAL 1500</a>VITAL 1500
Identificado de publicación: 9122997
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4312033
Fecha de resolución: 25/03/2026
Clases: 05
Expediente: M-4312033
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8596929
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4312033
Fecha de desposito regular: 31/03/2025
Tipo de signo distintivo: F
Denominación: Ultra Vital+
Clasificación de elementos figurativos: 050313260116270501290103290107
Productos/Servicios o Activadades según la clasificación de Viena: 05-SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS O ANIMALES
Expediente: M-4312033
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8577946
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4312033
Fecha de resolución: 27/05/2025
Irregularidades: La denominación que ha solicitado para su distintivo NO se visualiza en el propio distintivo que apo rtó. Por tanto, deberá incluir en el distintivo la denominación que aparece en la casilla correspond iente o dejar la casilla "DENOMINACIÓN" en blanco. En caso de no subsanar este defecto, el procedi miento continuará con el distintivo aportado en la casilla destinada a tal efecto, eliminándose la d enominación. Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según es tablece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Ma rcas
La información sobre la marca Ultra Vital+ que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.