Información sobre la marca TURMALINA, registro solicitado por la empresa INTERNIC SPAIN SL con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-4315481.
M-4315481
![]() | Expediente OEPM M-4315481 Tipo Figurativa Fecha solicitud 21/04/2025 Estado En tramitación |
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Blanco y negro
| Fecha | Tramitación |
|---|---|
| 2025-06-27 | Publ.Suspenso solicitud de f.Resol: 20/06/2025. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca TURMALINA
Expediente: M-4315481
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Titular: INTERNIC SPAIN SL
Identificado de publicación: 9204266
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4315481
Fecha de resolución: 04/05/2026
Clases denegadas: 14
Fecha publicación de la solicitud: 22/07/2025
Expediente: M-4315481
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Titular: INTERNIC SPAIN SL
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa, para los productos de la clase 14 para los que se solicita, en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, toda vez que la denominación "TURMALINA", que es el nombre de un grupo de minerales de la clase de los silicatos, se considera formada por términos corrientes para el ámbito aplicativo que pretende proteger la marca. En el presente caso, el elemento gráfico de la marca, consistente en una piedra preciosa tallada en facetas, no consigue dotar de distintividad al conjunto gráfico-denominativo, toda vez que no se diferencia de manera sustancial de una representación genérica de los productos. Consecuentemente, se considera que la marca no cumple con su función diferenciadora, individualizando los productos en el mercado de modo que el público pueda identificar su concreto origen empresarial. 02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, laprocedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otrascaracterísticas de los productos o servicios.En concreto, el signo solicitado está compuesto exclusivamente de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar la especie de los productos de la clase 14 para los que se solicita la presente marca, ya que la denominación "TURMALINA", que es el nombre de un grupo de minerales de la clase de los silicatos, indica el propio material con el que se elaboran los productos cuya protección se pretende. En el presente caso, el elemento gráfico de la marca, consistente en una piedra preciosa tallada en facetas, no consigue dotar de distintividad al conjunto gráfico-denominativo, toda vez que no se diferencia de manera sustancialde una representación genérica de los productos. Consecuentemente, se considera que la marca está formada por términos descriptivos sobre los que no cabe el establecimiento de derechos de utilizaciónexclusiva, debiendo quedar a disposición de todos los competidores del sector
Identificado de publicación: 9087687
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4315481
Fecha de resolución: 12/03/2026
Clases: 14
Expediente: M-4315481
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Titular: INTERNIC SPAIN SL
Identificado de publicación: 8669158
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4315481
Fecha de desposito regular: 21/04/2025
Tipo de signo distintivo: F
Denominación: TURMALINA
Clasificación de elementos figurativos: 170201260304270517
Colores indicados: BLANCO Y NEGRO
Productos/Servicios o Activadades según la clasificación de Viena: 14-METALES PRECIOSOS Y SUS ALEACIONES; ARTICULOS DE JOYERIA, PIEDRAS PRECIOSAS Y SEMIPRECIOSAS; ARTICULOS DE RELOJERIA E INSTRUMENTOS CRONOMETRICOS; PULSERAS [ARTÍCULOS DE JOYERÍA]; COLGANTES [ARTÍCULOS DE JOYERÍA]; COLLARES [ARTÍCULOS DE JOYERÍA]; PIEDRAS PRECIOSAS EN BRUTO; PENDIENTES[ARTÍCULOS DE JOYERÍA]
Expediente: M-4315481
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8630644
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4315481
Fecha de resolución: 20/06/2025
Irregularidades: La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento) En concreto: CLASE 14:"PULSERAS DE TURMALINA" es impreciso, podría poner "Pulseras de turmalina [artículos de joyería]".-"COLLAR ES DE TURMALINA" es impreciso, podría poner "Collares de turmalina [artículos de joyería]".-"PIE DRAS DE TURMALINA" es impreciso, podría poner "Turmalina (Piedras preciosas)".Si no se subsanase n en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los pro ductos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Apórtese un nuevo listado consignándolo s correctamente. Para encontrar los términos aceptados, puede consultar la herramienta CLINMAR p ara elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el art ículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas
La información sobre la marca TURMALINA que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.