Información sobre la marca TIO PEPE SOL DE ANDALUCIA EMBOTELLADO GONZALEZ BYASS GONZALEZ BYASS JEREZ, registro solicitado por la empresa GONZALEZ BYASS SA con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-4349969.
M-4349969
Expediente OEPM M-4349969 Tipo Figurativa Fecha solicitud 26/11/2025 Estado En tramitación |
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| Fecha | Tramitación |
|---|---|
| 2026-03-06 | Publ.Suspenso solicitud de f.Resol: 27/02/2026. |
| 2026-03-09 | Contestacion al suspenso publicado el: 06/03/2026. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca TIO PEPE SOL DE ANDALUCIA EMBOTELLADO GONZALEZ BYASS GONZALEZ BYASS JEREZ
Expediente: M-4349969
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Titular: GONZALEZ BYASS SA
Identificado de publicación: 9119512
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4349969
Fecha de desposito regular: 26/11/2025
Tipo de signo distintivo: F
Denominación: TIO PEPE SOL DE ANDALUCIA EMBOTELLADO GONZALEZ BYASS GONZALEZ BYASS JEREZ
Clasificación de elementos figurativos: 090717190706220115270517290115
Localidad del representante: Madrid
Provincia del representante: MADRID
Productos/Servicios o Activadades según la clasificación de Viena: 18-BOLSAS; MOCHILAS; ESTUCHES DE VIAJE [ARTÍCULOS DE MARROQUINERÍA]; TARJETEROS [CARTERAS]; TARJETEROS<br/>25-ROPA; GORRAS; CAMISETAS; SUDADERAS; BUFANDAS; CINTURONES
País del representante: ES
Expediente: M-4349969
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9063132
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4349969
Fecha de resolución: 27/02/2026
Irregularidades: La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios definidos y/o clasificados incorr ectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001 de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:- "ESTUCHE S; CARTERAS" impreciso debe ajustarse a la clasficación de Niza ,Puede quedar definido y clasifi cado como"Estuches de viaje [artículos de marroquinería]; Tarjeteros [carteras]" y pertenece a l a clase 18Por cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamenteSe recuerda que como contestación a este suspenso de forma s olo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, d e 7 de diciembre, de MarcasApórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subs anasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a lo s productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINM AR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actio n
La información sobre la marca TIO PEPE SOL DE ANDALUCIA EMBOTELLADO GONZALEZ BYASS GONZALEZ BYASS JEREZ que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.