Información sobre el nombre comercial TaxiGremial, registro solicitado por la empresa ASOCIACION GREMIAL DE AUTO-TAXI DE MADRID con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas N-0482619.
N-0482619
Expediente OEPM N-0482619 Tipo Denominativa Fecha solicitud 04/03/2025 Estado En tramitación |
PONZANO 5-728010 MADRID (MADRID)(ES) ESPAÑA
| Fecha | Tramitación |
|---|---|
| 2025-04-28 | Efectuado tram. Art.18.4 ley sin detectar anterioridades relevantes. |
| 2025-05-07 | Publicacion de solicitud. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre el nombre comercial TaxiGremial
Expediente: N-0482619
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Titular: ASOCIACION GREMIAL DE AUTO-TAXI DE MADRID
Identificado de publicación: 9010126
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0482619
Fecha de resolución: 06/02/2026
Clases denegadas: 39
Fecha publicación de la solicitud: 07/05/2025
Expediente: N-0482619
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Titular: ASOCIACION GREMIAL DE AUTO-TAXI DE MADRID
Identificado de publicación: 8849732
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0482619
Fecha de resolución: 07/11/2025
Clases: 39
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para las actividades solicitadas, en la prohibición del art. 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece decarácter distintivo toda vez que la denominación "TaxiGremial" se considera descriptiva para el ámbito aplicativo que pretende proteger el nombre comercial, sin incorporar elementos adicionales con suficiente entidad como para otorgar carácter distintivo. 02) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.c) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, la procedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otras características de los productos o servicios a los que se refieran las actividades solicitadas.En concreto, el signo solicitado está compuesto exclusivamente de signos o indicaciones descriptivas por estar compuesto por dos vocablos descriptivos de la naturaleza de los servicios que pretenden ser distinguiros, TAXI (designa el propio servicio solicitado) y GREMIAL (alude a un grupo de trabajadores/profesionalescon intereses comunes, en este caso, el servicio de taxi), que no pierden tal carácter a pesar de estar dichos términos unidos formando un solo vocablo, "TaxiGremial", sin incorporar elementos adicionales con suficiente entidad como para otorgar carácter distintivo o eliminar ese carácter descriptivo.Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo alegando lo que considere adecuado
Expediente: N-0482619
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Número de solicitud: 0482619
Identificado de publicación: 8513062
Modalidad del signo distintivo: N
Fecha de desposito regular: 04/03/2025
Tipo de signo distintivo: W
Denominación: TaxiGremial
Productos/Servicios o Activadades según la clasificación de Viena: 39-SERVICIOS DE TAXIS
La información sobre el nombre comercial TaxiGremial que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.