Información sobre la marca tate.pendiente con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-4324688.
M-4324688
![]() | Expediente OEPM M-4324688 Tipo Figurativa Fecha solicitud 18/06/2025 Estado En tramitación |
Persona física. Consultar en la OEPM
| Fecha | Tramitación |
|---|---|
| 2025-10-31 | Publ.Suspenso solicitud de f.Resol: 24/10/2025. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca tate.pendiente
Expediente: M-4324688
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8904132
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4324688
Otra información: Y OTROS
Fecha de desposito regular: 18/06/2025
Tipo de signo distintivo: F
Denominación: tate.pendiente
Clasificación de elementos figurativos: 020316050519270501290102290105290108
Productos/Servicios o Activadades según la clasificación de Viena: 14-ARTICULOS DE JOYERIA, PIEDRAS PRECIOSAS Y SEMIPRECIOSAS; PENDIENTES DE ARCILLA POLIMERICA; COLGANTES DE ARCILLA POLIMERICA<br/>21-Pendientes de arcilla polimérica; Colgantes de arcilla polimérica
Expediente: M-4324688
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8820426
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4324688
Otra información: Y OTROS
Fecha de resolución: 24/10/2025
Irregularidades: La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento) En concreto: es impreciso y/o está mal clasificado:- Pendientes de arcilla polimérica; Colgantes de arcilla polimérica: por el materia l, no pueden estar en la clase 14 que corresponde a piedras semipreciosas. La arcilla polimérica no lo es. Pertenece a clase 21 y tendría que pagar tasa por clase adicional.Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los producto s y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Apórtese un nuevo listado consignándolos corre ctamente. Para encontrar los términos aceptados, puede consultar la herramienta CLINMAR para elabo rar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada clase adicional, debe abonarse una tasa por importe de 82,84 , si es pago electrónico, conforme al art. 12.2 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas. Si no se abona el importe pendiente se c onsiderará desistida la solicitud únicamente respecto de las clases por las que no se hubiera pagado la tasa de solicitud o se hubiera pagado parcialmente. A estos efectos, se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento de Ejecución de la Ley 17 /2001, de 7 de diciembre, de Marcas).https://www.oepm.es/export/sites/portal/comun/documentos_re lacionados/PDF/TASAS_y_PRECIOS_PUBLICOS.pdfSe recuerda que como contestación a este suspenso d e forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 1 7/2001, de 7 de diciembre, de Marcas
La información sobre la marca tate.pendiente que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.