Cargando...
Fecha publicación
Fuente

Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 04 de marzo del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo SvelFlow.


Solicitud de marca suspendida

SvelFlow

Expediente:  M-4351999

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9057666

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4351999

Fecha de resolución:  25/02/2026

Irregularidades:  La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos (art. 1 2.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:"Serv icios de atención sanitaria online" debería quedar definido como " Servicios de atención sanitaria e n línea""suplementación nutricional" debería quedar definido como "servicio médico relacionado con la nutrición"La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios clasificado s incorrectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglament o). En concreto:"app de salud" debería quedar definido como "aplicaciones informáticas descargab les relativas a la salud" en la CLASE 9 y no en la clase 44."método de educación sanitaria" pert enece a la CLASE 41 y no a la clase 44."material de papelería" pertenece a la CLASE 16 y no a la clase 44.Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o ser vicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada n ueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan elec trónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud res pecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalado s en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Regl amento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 04/03/2026 Tomo: 1 Anuncio:9057666 

IR A SvelFlow