Información sobre el nombre comercial SUPER FOC, registro solicitado por la empresa HIDALGO PRODUCTOS SA con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas N-0488880.
N-0488880
Expediente OEPM N-0488880 Tipo Figurativa Fecha solicitud 01/08/2025 Estado En tramitación |
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| Fecha | Tramitación |
|---|---|
| 2025-12-15 | Publ.Suspenso solic.De f.Resol 05/12/2025. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre el nombre comercial SUPER FOC
Expediente: N-0488880
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Titular: HIDALGO PRODUCTOS SA
Identificado de publicación: 9483036
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0488880
Fecha de resolución: 07/10/2026
Clases denegadas: 04, 34
Fecha publicación de la solicitud: 30/01/2026
Expediente: N-0488880
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Titular: HIDALGO PRODUCTOS SA
Identificado de publicación: 9380915
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0488880
Fecha de resolución: 06/08/2026
Clases: 04, 34
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que carezcan decarácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, por consistirexclusivamente en unos términos descriptivos en relación con los productos solicitados que no permitirán al consumidor identificar dicho signo con una concreta procedencia empresarial. 02) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.c) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, la procedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otras características de los productos o servicios a los que se refieran las actividades solicitadas.En concreto, el signo solicitado se compone de términos descriptivos de la finalidad de los productos, esto es, producir un "súper fuego"
Expediente: N-0488880
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Titular: HIDALGO PRODUCTOS SA
Número de solicitud: 0488880
Identificado de publicación: 8984221
Modalidad del signo distintivo: N
Fecha de desposito regular: 01/08/2025
Tipo de signo distintivo: F
Denominación: SUPER FOC
Clasificación de elementos figurativos: 011505270509270517270524
Productos/Servicios o Activadades según la clasificación de Viena: 04-CARBÓN (COMBUSTIBLE); PASTILLAS DE COMBUSTIBLE; PRODUCTOS PARA ENCENDER EL FUEGO (MADERAS PARA EL ENCENDIDO); ALCOHOL DE QUEMAR.<br/>34-CERILLAS
Expediente: N-0488880
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 8914002
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0488880
Fecha de resolución: 05/12/2025
Irregularidades: La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: -"CARBÓN; PASTILLAS ENCENDIDO; GEL ENCENDIDO; ALCOHOL QUEMAR; DESENGRASANTES Y SIN HOLLÍN" es impreciso, debe ajustarse a la ClasificaciónPuede quedar definido como:"Carbón [combustible]; Pastillas de combustible ; Productos para encender el fuego [madera para el encendido]; Alcohol de quemar;" y pertenece a la clase 04"Productos desengrasantes para uso doméstico" y pertenece a la clase 03Apórtese un nue vo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y s ervicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsan ase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/ s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este s uspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas
La información sobre el nombre comercial SUPER FOC que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.