Información sobre la marca SOLO ROJO con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-4323968.
M-4323968
Expediente OEPM M-4323968 Tipo Denominativa Fecha solicitud 13/06/2025 Estado En tramitación |
Persona física. Consultar en la OEPM
| Fecha | Tramitación |
|---|---|
| 2025-09-08 | Efectuado tram. Art.18.4 ley sin detectar anterioridades relevantes. |
| 2025-09-15 | Publicacion de solicitud. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca SOLO ROJO
Expediente: M-4323968
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Marca
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa, para vinos, en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, toda vez que la combinación de vocablos que se propone no permite al público consumidor identificar dicho signo con una concreta procedencia empresarial, ni la individualización en el mercado de productos o servicios, sin incorporar elementos adicionales que lo doten de singularidad suficiente para acceder al registro. Asimismo, consiste en una denominación descriptiva de productos reivindicados, que no permitirá al consumidor identificar dicho signo con una concreta procedencia empresarial. 02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, laprocedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otrascaracterísticas de los productos o servicios.En concreto, el signo solicitado está compuesto exclusivamente de la expresión, «SOLO ROJO» para designar las características de los productos reivindicados. Dicha expresión será percibida por el público pertinente como una mera expresión de las características o calidad de los productos, toda vez que el término «ROJO» hace referencia al color y sinónimo de una categoría de vino, es decir, el vino tinto. Por otra parte, la palabra «SOLO» informa de que los productos se limitan exclusivamente a ese tipo de vino. Por tanto, el signo se limita a transmitir información sobre la naturaleza o las características de los productos reivindicados, sin permitir identificar su origen empresarial. Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo,subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado. 03) POR OPOSICION BASADA EN:- <a href="/distintivo/solo/oepm/m-3565215/" title="Detalle de la marca SOLO">SOLO</a>SOLO (DEN.)- A0XXXXXXXOLO (DEN.) en relación con las clases solicitadas: 33
Identificado de publicación: 9280946
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4323968
Fecha de resolución: 09/06/2026
Clases: 33
Expediente: M-4323968
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8736028
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4323968
Fecha de desposito regular: 13/06/2025
Tipo de signo distintivo: W
Denominación: SOLO ROJO
Localidad del representante: Madrid
Provincia del representante: MADRID
Productos/Servicios o Activadades según la clasificación de Viena: 33-VINOS
País del representante: ES
La información sobre la marca SOLO ROJO que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.