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Información sobre la marca SOL DE GRANADA ACEITE DE OLIVA VIRGEN EXTRA ECOLÓGICO con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-4166336.

Marca
SOL DE GRANADA ACEITE DE OLIVA VIRGEN EXTRA ECOLÓGICO

M-4166336

Titular
Nombre

Persona física. Consultar en la OEPM

Productos o servicios solicitados según clasificación NIZA
  • 29 ACEITE DE OLIVA VIRGEN EXTRA ECOLOGICO
Elementos figurativos de la marca según la clasificación de Viena
  • 05.07.19 Aceitunas
  • 06.01.02 Montañas, paisajes de montaña
  • 26.04.19 Cuadrilateros con inscripciones que sobresalen uno o varios de sus lados
  • 27.05.09 Secuencia de letras con grafismos diferentes
  • 27.05.10 Secuencia de letras con dimensiones diferentes
  • 29.01.01 Rojo, rosa, naranja
  • 29.01.02 Amarillo, oro
  • 29.01.03 Verde
  • 29.01.07 Marron
  • 29.01.08 Negro
Tramitaciones realizadas
FechaTramitación
2022-05-06 Efectuado tram. Art.18.4 ley sin detectar anterioridades relevantes.
2022-05-13 Publicacion de solicitud.
2022-05-24 Observaciones de terceros basadas en el: art.5.1 f,g,h;.


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Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca SOL DE GRANADA ACEITE DE OLIVA VIRGEN EXTRA ECOLÓGICO

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  • Denegación total de marca

    Expediente:  M-4166336

    Tipo Marca:  Figurativa

    Tipo Modalidad:  Marca

    Identificado de publicación:  7287041

    Modalidad del signo distintivo:  M

    Número de solicitud:  4166336

    Fecha de resolución:  21/03/2023

    Clases denegadas:  29

    Fecha publicación de la solicitud:  13/05/2022

    Fuente: Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
    Fecha inscripción: 28/03/2023. Núm. 7287041. Tomo: 1 Anuncio:7287041 
  • Suspenso de fondo de marca

    Expediente:  M-4166336

    Tipo Marca:  Figurativa

    Tipo Modalidad:  Marca

    Identificado de publicación:  7124746

    Modalidad del signo distintivo:  M

    Número de solicitud:  4166336

    Fecha de resolución:  25/11/2022

    Clases:  29

    Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS

    Motivos:  01) 1.- El signo solicitado se halla incurso en la prohibición del artículo 5.1.f) de la Ley 17/2001 de 7 de diciembre, de Marcas, por ser contrario al art. 30 del Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre producción ecológica y etiquetado de los productos, que reserva los términos "ecológico", "biológico" y "orgánico", así como sus diminutivos y derivados habituales tales como "eco" y "bio", para identificar la producción ecológica. En consecuencia, se podrá subsanar el defecto señalado presentando un nuevo listado de productos en la que se limiten los mismos en el sentido de concretar que todos los productos anteriores han sido obtenidos por métodos de producción ecológica de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018

    Motivos:  02) El signo solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre) al poder inducir al público a error sobre las características y el proceso de producción de los productos solicitados, toda vez que la denominación incluye el término "ecológico", mientras que el signo se está solicitando para "Aceite de oliva virgen extra ecológico", sin especificar que ha sido obtenido por métodos de producción ecológica. La forma de subsanar esta prohibición es la misma indicada para la prohibición del art. 5.1.f, señalada en el párrafo anterior.El signo solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al poder inducir al público a error sobre el origen de los productos reivindicados toda vez que el distintivo solicitado contiene el término "GRANADA". Podrá subsanar este defecto limitando en el sentido de concretar que todos los productos proceden de Granada

    Motivos:  03) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.h) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre), al estar excluida del registro en virtud del art. 13.1 del Reglamento (UE) 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre, que confiere protección a las denominaciones de origen e indicaciones geográficas, toda vez que incluye parte de las DOP "MONTES DE GRANADA" Y "PONIENTE DE GRANADA"Esta prohibición podrá subsanarse limitando para Aceite de oliva virgen extra ecológico amparado por las DOP /IGP MONTES DE GRANADA y PONIENTE DE GRANADALalista de productos podrá quedar redactada como "Aceite de oliva virgen extra obtenido por métodos de producción ecológica, procedente de Granada y amparado en las D.O.P MONTES DE GRANADA y PONIENTE DE GRANADA"

    Motivos:  04) POR OBSERVACIONES DE TERCERO BASADAS EN:- Articulo 5.1. f),g),h) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre

    Fuente: Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
    Fecha inscripción: 02/12/2022. Núm. 7124746. Tomo: 1 Anuncio:7124746 
  • Solicitud de registro de marca

    Expediente:  M-4166336

    Tipo Modalidad:  Marca

    Identificado de publicación:  6790996

    Modalidad del signo distintivo:  M

    Número de solicitud:  4166336

    Fecha de desposito regular:  12/04/2022

    Tipo de signo distintivo:  F

    Denominación:  SOL DE GRANADA ACEITE DE OLIVA VIRGEN EXTRA ECOLÓGICO

    Clasificación de elementos figurativos:  050719060102260419270509270510290101290102290103290107290108

    Productos/Servicios o Activadades según la clasificación de Viena:  29-ACEITE DE OLIVA VIRGEN EXTRA ECOLOGICO

    Fuente: Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
    Fecha inscripción: 13/05/2022. Núm. 6790996. Tomo: 1 Anuncio:6790996 

La información sobre la marca SOL DE GRANADA ACEITE DE OLIVA VIRGEN EXTRA ECOLÓGICO que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.