Información sobre la marca sgmfruit di Gioia, registro solicitado por la empresa SGMFRUIT ESPAÑA SL con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-4330209.
M-4330209
![]() | Expediente OEPM M-4330209 Tipo Figurativa Fecha solicitud 23/07/2025 Estado En tramitación |
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Color fucsia pantone 233c, color negro: pantone black c, colores de uvas: rojo uva a12d42; amarillo uva blanca: f2d54a, negro uva: 2b1d24, verde hoja:67b143,
| Fecha | Tramitación |
|---|---|
| 2025-10-30 | Publ.Suspenso solicitud de f.Resol: 23/10/2025. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca sgmfruit di Gioia
Expediente: M-4330209
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Titular: SGMFRUIT ESPAÑA SL
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que puedan inducir al público a error, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico del producto o servicio. En concreto, el signo solicitado puede inducir al público a error sobre el origen geográfico de los productos solicitados en la clase 31.Esta prohibición podrá subsanarse especificando que todos los productos son procedentes de Italia. 02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.k) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que consistan en, o reproduzcan en sus elementos esenciales, la denominación de una obtención vegetal anterior, registrada conforme a la legislación de la Unión o al Derecho nacional, o a los acuerdos internacionales en los que sea parte la Unión o España, que establezcan la protección de las obtenciones vegetales, y que se refieran a obtenciones vegetales de la misma especie o estrechamente conexas.En concreto, el signo solicitado consiste o reproduce en sus elementos esenciales la denominación de varias obtenciones vegetales prioritarias, "Gioia": Solanum lycopersicum L. (tomates), Solanum melongena L. (berenjenas), Latsuca sativa L. (lechugas), Glycine max L. Merr. (soja), Triticum durum L. (trigo duro) y Oryza sativa L. (arroz). Y la variedad "Italia": Vitis L. (uvas), variedades registradas de conformidad con el Reglamento (CE) 2100/94, del Consejo, de 27 de julio de 1994, relativo a la protección comunitaria de las obtenciones vegetales, y la presente solicitud de registro demarca se refiere a variedades vegetales de la misma especie o estrechamente conexas.Esta prohibición podrá subsanarse de la siguiente forma: "Productos agrícolas excluyendo los tomates, las berenjenas, las lechugas, el trigo duro, la soja, el arroz y las uvas; siendo todos los productos anteriores procedentes de Italia"
Identificado de publicación: 9294560
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4330209
Fecha de resolución: 16/06/2026
Clases: 31
Expediente: M-4330209
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Titular: SGMFRUIT ESPAÑA SL
Identificado de publicación: 8892592
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4330209
Fecha de desposito regular: 23/07/2025
Tipo de signo distintivo: F
Denominación: sgmfruit di Gioia PRODOTTO ITALIANO
Clasificación de elementos figurativos: 020330050710260402270525290115
Productos/Servicios o Activadades según la clasificación de Viena: 31-PRODUCTOS AGRICOLAS EN BRUTO Y SIN PROCESAR; UVAS FRESAS
Expediente: M-4330209
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8818864
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4330209
Fecha de resolución: 23/10/2025
Irregularidades: 1.- Debe indicar una dirección completa del solicitante que incluya, al menos, el tipo de vía, nombr e y número o la indicación "sin número" o "S/N". No se admite la indicación de un apartado de correo s como dirección o domicilio (art. 1.1. b del Reglamento de Ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de dic iembre, de Marcas).2.-Debe corregir el apartado "reivindicación de color" indicando exclusivamen te los colores que se visualizan en el distintivo. Este apartado es facultativo por lo que puede eli minar estas indicaciones.3.- La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su R eglamento). En concreto:- "Productos agrícolas, uva" en la clase 31 puede quedar definido como " Productos agrícolas en bruto y sin procesar; Uvas frescas"Apórtese un nuevo listado consignándol os correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la s olicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).P uede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://cons ultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionSe recuerda que como contestación a este suspenso de forma s olo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, d e 7 de diciembre, de Marcas
La información sobre la marca sgmfruit di Gioia que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.