Información sobre la marca SFL: SERVICIOS FUNERARIOS DE LUGO, registro solicitado por la empresa SERFUJA SL con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-4336036.
M-4336036
Expediente OEPM M-4336036 Tipo Figurativa Fecha solicitud 04/09/2025 Estado En tramitación |
Logotipo con fondo verde, #009966, acompañado del icono de serfuja, con texto en lora, que pone sfl: servicios funerarios de lugo.
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Color ral, verde: #009966
| Fecha | Tramitación |
|---|---|
| 2025-12-12 | Publ.Suspenso solicitud de f.Resol: 04/12/2025. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca SFL: SERVICIOS FUNERARIOS DE LUGO
Expediente: M-4336036
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Descripcion Distintivo: Logotipo con fondo verde, #009966, acompañado del icono de serfuja, con texto en lora, que pone sfl: servicios funerarios de lugo
Titular: SERFUJA SL
Identificado de publicación: 9023173
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4336036
Fecha de desposito regular: 04/09/2025
Tipo de signo distintivo: F
Denominación: SFL SERVICIOS FUNERARIOS DE LUGO
Clasificación de elementos figurativos: 260103260704261108270510290103290106
Colores indicados: verde: #009966
Productos/Servicios o Activadades según la clasificación de Viena: 45-SERVICIOS FUNERARIOS; SERVICIOS DE POMPAS FUNEBRES; SERVICIOS DE CREMACION; SERVICIOS DE ENTIERROS; SERVICIOS MORTUORIOS
Expediente: M-4336036
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8911258
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4336036
Fecha de resolución: 04/12/2025
Irregularidades: 1.-Debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" transcribiendo todos los elementos denominativos o al fanuméricos que aparecen en el distintivo. En el distintivo se observa la denominación "SFL SERVICIO S FUNERARIOS DE LUGO".En caso de que dichos elementos sean gráficos de fantasía, deberá hacerlo cons tar así en el apartado "DESCRIPCIÓN ESCRITA DE LA MARCA".2.-El apartado "DESCRIPCIÓN ESCRITA DE LA MARCA" debe limitarse exclusivamente a definir las características del distintivo, no debiéndose incluir otros comentarios (art. 2.2 del Reglamento de Ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre , de Marcas). Este apartado es de cumplimentación facultativa, por lo que puede eliminar estas indic aciones.3.- La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12. 3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto:"SERVIC IOS DE POMPAS FUNEBRES, SERVICIOS DE CREMACION, SERVICIOS DE ENTIERROS, SERVICIOS MORTUORIOS, SERVIC IOS PERSONALES Y SOCIALES (DE ORIENTACION Y ASESORAMIENTO, CONSULTAS Y MEDIACION) DESTINADOS A SATIS FACER NECESIDADES INDIVIDUALES EN RELACION CON LOS SERVICIOS FUNERARIOS"-Los disitntos servicios deben ir separados por ; en el listado de productos y servicios Puede quedar definido y clasific ado como:"SERVICIOS DE POMPAS FUNEBRES; SERVICIOS DE CREMACION; SERVICIOS DE ENTIERROS, SERVICIOS MORTUORIOS" y pertenece a la clase 45"SERVICIOS PERSONALES Y SOCIALES (DE ORIENTACION Y ASESOR AMIENTO, CONSULTAS Y MEDIACION) DESTINADOS A SATISFACER NECESIDADES INDIVIDUALES EN RELACION CON LOS SERVICIOS FUNERARIOS" impreciso debe ajustarse a la ClasificaciónPuede quedar definido como" Servicios funerarios" y pertenece a la clase 45Debe revisar los productos y/o servicios indicado s de manera que se ajusten a la Clasificación Internacional de Niza y a la Clasificación Armonizada. Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Puede consultar la herramienta CLINMA R para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action Por cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se r ealizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la s olicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defec tos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas
La información sobre la marca SFL: SERVICIOS FUNERARIOS DE LUGO que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.