Información sobre la marca SAKUMA con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-3725510.
M-3725510
Expediente OEPM M-3725510 Tipo Mixta Fecha solicitud 26/06/2018 Estado Vigente |
Persona física. Consultar en la OEPM
Fecha | Tramitación |
---|---|
2018-06-28 | Efectuado tram. Art.18.4 ley sin detectar anterioridades relevantes. |
2018-07-04 | Publicacion de solicitud. |
2018-12-14 | Contestacion al suspenso publicado el: 19/12/2018. |
2018-12-19 | Publ.Suspenso fondo de f.Resol 13/12/2018 causas del suspenso de fondo: 364. |
2019-02-18 | Public. Concesion de f. Resol. 12/02/2019. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca SAKUMA
Expediente: M-3725510
Tipo Marca: Mixta
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 4861885
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 3725510
Fecha resolución concesión: 12/02/2019
Fecha publicación de la solicitud: 04/07/2018
Clases Concedidas: 03
Expediente: M-3725510
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 4772918
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 3725510
Fecha de resolución: 13/12/2018
Clases: 03
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Las marcas de garantía tienen que certificar que los productos o servicios a los que se aplica cumplen unos requisitos comunes. Dichas marcas no pueden solicitarse por quienes fabriquen o comercialicen servicios idénticos o similares a aquellos para los que va a registrarse la marca (artículo 68 de la Ley 17/2001 de Marcas). La solicitud de registro de una marca de garantía debe ir acompañada de un Reglamento de uso informado favorablemente por el órgano administrativo competente. Dicho Reglamento de uso debe prever expresamente, cuando la marca de garantía consista en una indicación deprocedencia geográfica, que podrá utilizar la marca cualquier persona cuyos productos o servicios provengan de esa zona geográfica y cumplan las condiciones prescritas por el mismo. (art. 69 de la citada Ley de Marcas). El Reglamento de uso deberá contener, al menos, lo previsto en el art. 38 del Reglamento de Ejecución de la Ley de Marcas (Real Decreto 687/2002)
La información sobre la marca SAKUMA que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.