Información sobre la marca RUTA DEL AGUA DE GUILLENA con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-3725055.
M-3725055
Expediente OEPM M-3725055 Tipo Denominativa Fecha solicitud 21/06/2018 Estado Vigente |
Persona física. Consultar en la OEPM
Fecha | Tramitación |
---|---|
2018-06-26 | Efectuado tram. Art.18.4 ley sin detectar anterioridades relevantes. |
2018-07-02 | Publicacion de solicitud. |
2018-07-20 | Personacion representante, agente anterior: 0000. |
2018-12-13 | Publ.Suspenso fondo de f.Resol 07/12/2018 causas del suspenso de fondo: 329. |
2018-12-14 | Contestacion al suspenso publicado el: 13/12/2018. |
2019-01-02 | Publ. Conces. Con modif. De f.Res: 21/12/2018. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca RUTA DEL AGUA DE GUILLENA
Expediente: M-3725055
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 4788999
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 3725055
Fecha resolución concesión: 21/12/2018
Fecha publicación de la solicitud: 02/07/2018
Clases Concedidas: 25, 35
Clases con limitación: 30-CAFE, TE, CACAO Y SUCEDANEOS DEL CAFE; ARROZ; TAPIOCA Y SAGU; HARINAS Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES; PAN, PRODUCTOS DE PASTELERIA Y CONFITERIA; HELADOS; AZUCAR, MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS DE HORNEAR; SAL; MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO.
Expediente: M-3725055
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 4764046
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 3725055
Fecha de resolución: 07/12/2018
Clases: 25, 30, 35
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3. 2 y 3 de su Reglamento(Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los productos/servicios están definidos y clasificados incorrectamente. En concreto, debe eliminar por no corresponder a la clase 30 "aceites", podrá solicitar en la clase 29 ACEITES COMESTIBLES. Debe aportarse, por tanto, nueva lista de productos/servicios(en formulario oficial) definiéndolos y clasificándolos correctamente. Deberá abonar la cantidad correspondiente por la nueva clase resultante (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos/servicios afectados (art 9.2 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo lafalta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o sehubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento)
La información sobre la marca RUTA DEL AGUA DE GUILLENA que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.