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Información sobre la marca Roll-Protek con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-4334685.

Marca
Roll-Protek

M-4334685

Titular
Nombre

Persona física. Consultar en la OEPM

Productos o servicios solicitados según clasificación NIZA
  • 20 MUEBLES, ESPEJOS, MARCOS; CONTENEDORES NO METALICOS DE ALMACENAMIENTO O TRASPORTE; HUESO, CUERNO, BALLENA O NACAR, EN BRUTO O SEMIELABORADOS; CONCHAS;ESPUMA DE MAR; AMBAR AMARILLO; BISAGRAS NO METALICAS PARA SISTEMAS DE SUJECON; HERRAJES DE PLASTICO PARA FIJACION MODULAR; COMPONENTES NO METALICOS DESISTEMAS DE PROTECCION PARA CARROS LOGISTICOS
  • 22 CUERDAS Y CORDELES; REDES; TIENDAS DE CAMPAÑA Y LONAS; TOLDOS DE MATERIAS TXTILES O SINTETICAS; VELAS DE NAVEGACION; SACOS PARA EL TRANSPORTE Y ALMACEAMIENTO DE MERCANCIAS A GRANEL; MATERIALES DE ACOLCHADO Y RELLENO, EXCEPTO APEL, CARTON, CAUCHO O MATERIAS PLASTICAS; MATERIAS TEXTILES FIBROSAS EN BRTO Y SUS SUCEDANEOS; LONAS DE PVC PARA PROTECCION DE CARGA; CORREAS Y CINTA ELASTICAS NO METALICAS PARA SUJECION DE MERCANCIAS; FUNDAS NO AJUSTADAS PAA CARROS LOGISTICOS; GANCHOS Y ANILLAS DE PLASTICO PARA SUJECION; REDES Y CBIERTAS TEXTILES REUTILIZABLES PARA TRANSPORTE
Tramitaciones realizadas
FechaTramitación
2025-11-27 Publ.Suspenso solicitud de f.Resol: 20/11/2025.


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Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca Roll-Protek

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  • Suspenso de fondo de marca

    Expediente:  M-4334685

    Tipo Marca:  Denominativa

    Tipo Modalidad:  Marca

    Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa, para los productos solicitados en la clase 22, en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que carezcan de carácter distintivo. En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, toda vez que la denominación "Roll-Protek", no permite al público consumidor identificar un concreto origen empresarial, ni la diferenciación en el mercado de los productos antes mencionados. 02) La marca solicitada se halla incursa también, para los productos solicitados en la clase 22, enla prohibición del artículo 5.1.c) de la Ley de Marcas. Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, la procedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otras características de los productos o servicios. En concreto, el signo solicitado está compuesto exclusivamente de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar la naturaleza y características de los productos de la clase 22 para los que se solicita elpresente signo, "Roll-Protek", sin ningún otro elemento que le dé suficiente fuerza caracterizadoracomo para eliminar dicho carácter descriptivo. Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado

    Identificado de publicación:  9316378

    Modalidad del signo distintivo:  M

    Número de solicitud:  4334685

    Fecha de resolución:  25/06/2026

    Clases:  20, 22

    Fuente: Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
    Fecha inscripción: 02/07/2026. Núm. 9316378. Tomo: 1 Anuncio:9316378 
  • Solicitud de registro de marca

    Expediente:  M-4334685

    Tipo Marca:  Denominativa

    Tipo Modalidad:  Marca

    Identificado de publicación:  8982742

    Modalidad del signo distintivo:  M

    Número de solicitud:  4334685

    Fecha de desposito regular:  26/08/2025

    Tipo de signo distintivo:  W

    Denominación:  Roll-Protek

    Productos/Servicios o Activadades según la clasificación de Viena:  20-MUEBLES, ESPEJOS, MARCOS; CONTENEDORES NO METÁLICOS DE ALMACENAMIENTO O TRANSPORTE; HUESO, CUERNO, BALLENA O NÁCAR, EN BRUTO O SEMIELABORADOS; CONCHAS; ESPUMA DE MAR; ÁMBAR AMARILLO; BISAGRAS NO METÁLICAS PARA SISTEMAS DE SUJECIÓN; HERRAJES DE PLÁSTICO PARA FIJACIÓN MODULAR<br/>22-CUERDAS Y CORDELES; REDES; TIENDAS DE CAMPAÑA Y LONAS; TOLDOS DE MATERIAS TEXTILES O SINTÉTICAS; VELAS DE NAVEGACIÓN; SACOS PARA EL TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO DE MERCANCÍAS A GRANEL; MATERIALES DE ACOLCHADO Y RELLENO, EXCEPTO PAPEL, CARTÓN, CAUCHO O MATERIAS PLÁSTICAS; MATERIAS TEXTILES FIBROSAS EN BRUTO Y SUS SUCEDÁNEOS; LONAS DE PVC PARA PROTECCIÓN DE CARGA; CORREAS Y CINTAS ELÁSTICAS NO METÁLICAS PARA SUJECIÓN DE MERCANCÍAS; FUNDAS NO AJUSTADAS PARA CARROS LOGÍSTICOS

    Fuente: Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
    Fecha inscripción: 30/01/2026. Núm. 8982742. Tomo: 1 Anuncio:8982742 
  • Solicitud de marca suspendida

    Expediente:  M-4334685

    Tipo Modalidad:  Marca

    Identificado de publicación:  8878672

    Modalidad del signo distintivo:  M

    Número de solicitud:  4334685

    Fecha de resolución:  20/11/2025

    Irregularidades:  La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos y/o cla sificados (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En c oncreto:CLASE 20:-"componentes no metálicos de sistemas de protección para carros logísticos", P ARA QUE SEA CORRECTO DEBE DEFINIRLO:COMPONENTES NO METÁLICOS DESTINADOS A SISTEMAS DE PROTECCIÓN P ARA CARROS LOGÍSTICOS"CLASE 22:-ganchos y anillas de plástico para sujeción", DEBE DEFINIRLO: GANCHOS Y ANILLAS DE PLASTICO DESTINADOS A LA SUJECCION", en la CLASE 20-"redes y cubiertas tex tiles reutilizables para transporte", DEBE DEFINIRSE:REDES Y CUBIERTAS TEXTILES REUTILIZABLES DEST INADAS AL TRANSPORTE DE MERCANCIAS", en CLASE 22SE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENS O DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITA R, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LE Y 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCASApórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. S i no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente r especto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herra mienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/ inicio.action

    Fuente: Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
    Fecha inscripción: 27/11/2025. Núm. 8878672. Tomo: 1 Anuncio:8878672 

La información sobre la marca Roll-Protek que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.