Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 10 de marzo del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo ROCKSTAR, bajo la titularidad de GRUPO FRUTOS SECOS REYES SL.
Expediente: M-4353565
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9070403
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4353565
Fecha de resolución: 03/03/2026
Irregularidades: La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos (art. 1 2.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:- "en especial snacks de cereales, barritas de cereal, galletas saladas y dulces, palomitas de maíz prepa radas, golosinas, caramelos, chicles, chocolates y helados" debe quedar definido como "Aperitivos de cereales; barritas de cereales; galletas [dulces o saladas]; palomitas de maíz preparadas; golosina s; caramelos; chicles; chocolates; helados".Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamen te. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicame nte respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar l a herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/c linmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se ten drá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totali dad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modifica r subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas