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Información sobre la marca ROCKSTAR, registro solicitado por la empresa GRUPO FRUTOS SECOS REYES SL con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-4353565.

Marca
ROCKSTAR

M-4353565

Titular
Dirección

NULL

Productos o servicios solicitados según clasificación NIZA
  • 30 HARINAS Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES; PAN, PRODUCTOS DE PASTELERIA Y ONFITERIA; CHOCOLATE; HELADOS CREMOSOS, SORBETES Y OTROS HELADOS; HIELO; ENESPECIAL SNACKS DE CEREALES, BARRITAS DE CEREAL, GALLETAS SALADAS Y DULCES,PALOMITAS DE MAIZ PREPARADAS, GOLOSINAS, CARAMELOS, CHICLES, CHOCOLATES Y HLADOS
Tramitaciones realizadas
FechaTramitación
2026-03-10 Publ.Suspenso solicitud de f.Resol: 03/03/2026.


Anuncios en boletines oficiales

Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca ROCKSTAR

  • Solicitud de registro de marca

    Expediente:  M-4353565

    Tipo Marca:  Denominativa

    Tipo Modalidad:  Marca

    Titular:  GRUPO FRUTOS SECOS REYES SL

    Identificado de publicación:  9172198

    Modalidad del signo distintivo:  M

    Número de solicitud:  4353565

    Fecha de desposito regular:  18/12/2025

    Tipo de signo distintivo:  W

    Denominación:  ROCKSTAR

    Localidad del representante:  Jerez de la Frontera

    Provincia del representante:  CADIZ

    Productos/Servicios o Activadades según la clasificación de Viena:  30-HARINAS Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES; PAN, PRODUCTOS DE PASTELERIA Y CONFITERIA; CHOCOLATE; HELADOS CREMOSOS, SORBETES Y OTROS HELADOS; HIELO

    País del representante:  ES

    Fuente: Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
    Fecha inscripción: 24/04/2026. Núm. 9172198. Tomo: 1 Anuncio:9172198 
  • Solicitud de marca suspendida

    Expediente:  M-4353565

    Tipo Modalidad:  Marca

    Identificado de publicación:  9070403

    Modalidad del signo distintivo:  M

    Número de solicitud:  4353565

    Fecha de resolución:  03/03/2026

    Irregularidades:  La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos (art. 1 2.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:- "en especial snacks de cereales, barritas de cereal, galletas saladas y dulces, palomitas de maíz prepa radas, golosinas, caramelos, chicles, chocolates y helados" debe quedar definido como "Aperitivos de cereales; barritas de cereales; galletas [dulces o saladas]; palomitas de maíz preparadas; golosina s; caramelos; chicles; chocolates; helados".Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamen te. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicame nte respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar l a herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/c linmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se ten drá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totali dad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modifica r subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

    Fuente: Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
    Fecha inscripción: 10/03/2026. Núm. 9070403. Tomo: 1 Anuncio:9070403 

La información sobre la marca ROCKSTAR que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.