Información sobre el nombre comercial Premio Europeo a la Innovación y Digitalización Empresarial con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas N-0491090.
N-0491090
Expediente OEPM N-0491090 Tipo Figurativa Fecha solicitud 29/09/2025 Estado En tramitación |
Persona física. Consultar en la OEPM
Colores amarillo para estrellas. Blanco fluorescente para las letras. Fondo azul rey oscuro.
| Fecha | Tramitación |
|---|---|
| 2026-01-09 | Publ.Suspenso solic.De f.Resol 30/12/2025. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre el nombre comercial Premio Europeo a la Innovación y Digitalización Empresarial
Expediente: N-0491090
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 9425185
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0491090
Fecha de resolución: 08/09/2026
Clases: 41
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.g) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que puedan inducir al público a error, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico de los productos o servicios a los que se refieren las actividades para las que se solicite. En concreto, el signo solicitado puede inducir al público a error sobre el origen institucional u oficialidad de los servicios que pretende distinguir, toda vez que el signo reproduce las estrellas de la bandera de la Unión Europea pudiendo dar lugar a error en cuanto a la existencia de una vinculación o respaldo oficial. 02) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para todas las clases solicitadas, en la prohibición del art. 5.1.m) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que no hayan sido autorizados por las autoridades competentes y deban ser denegados en virtud del artículo 6 ter del Convenio de París.En concreto, el signo contiene una reproducción o imitación de las estrellas de la bandera de la Unión Europea, sin mediar en el expediente lacorrespondiente autorización
Expediente: N-0491090
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Número de solicitud: 0491090
Identificado de publicación: 9035033
Modalidad del signo distintivo: N
Fecha de desposito regular: 29/09/2025
Tipo de signo distintivo: F
Denominación: II Edición Premio Europeo a la Innovación y Digitalización Empresarial
Productos/Servicios o Activadades según la clasificación de Viena: 41-SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO; ORGANIZACION Y DIRECCION DE EVENTOS CULTURALES Y DE ENTRETENIMIENTO
Colores indicados: COLORES AMARILLO PARA ESTRELLAS. BLANCO FLUORESCENTE PARA LAS LETRAS. FONDO AZUL REY OSCURO
Expediente: N-0491090
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 8949157
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0491090
Fecha de resolución: 30/12/2025
Irregularidades: Debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" transcribiendo todos los elementos denominativos o alfan uméricos que aparecen en el distintivo. En el distintivo se observa la denominación "II EDICIÓN PREM IO EUROPEO A LA INNOVACIÓN Y DIGITALIZACIÓN EMPRESARIAL".La lista de productos y servicios conti ene productos y/o servicios incorrectamente definidos (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembr e, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:-Todos los servicios deben de ir separados p or punto y coma ";".-"Organización y dirección de eventos culturales y de entretenimiento" debe de quedar definido como "ORGANIZACIÓN Y DIRECCIÓN DE EVENTOS CON FINES CULTURALES Y DE ENTRETENIMIENTO ".-"servicios de organización de ceremonias de premios, galas, etc" debe quedar definido como "ORG ANIZACIÓN DE CEREMONIAS; ORGANIZACIÓN DE GALAS", eliminando el término impreciso e inadmisible "etc" .Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defect os señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clas e resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicame nte. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a l a/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.SE RECUERDA QUE COMO CON TESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL S USPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PA RA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS
La información sobre el nombre comercial Premio Europeo a la Innovación y Digitalización Empresarial que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.