Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 03 de noviembre del 2021 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo Oftalmoclinic, bajo la titularidad de DATANALISIS CONSULTORES SL.
Expediente: M-4106828
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 6449819
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4106828
Fecha de resolución: 26/10/2021
Clases: 35, 42
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS01) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y arts. 3.2 y 3.6 de su Reglamento de ejecución (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los servicios están definidos y clasificados incorrectamente. En concreto, dentro de la clase 42, donde indica "software de gestión de historia clínica electrónica y gestión empresarial integrado, software de gestión de equipos médicos, software de integración de sistemas de gestión con software de equipos médicos pertenece a la clase 09. Por tanto, debe aportarse nueva lista completa de los productos/servicios solicitados (en formulario oficial) definiéndolos y clasificándolos correctamente. Deberá abonar la cantidad de 82,02 € euros por la nueva clase resultantes (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1: tasa ME17 si tanto el trámite como el pago se realizan electrónicamente y tasa MT17 en caso contrario). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos/servicios afectados (arts. 9.2 y 9.6 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento).Puede consultar nuestra herramienta CLINMAR en http://tramites2.oepm.es/clinmar/inicio.action