Información sobre la marca obsidiana, registro solicitado por la empresa INTERNIC SPAIN SL con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-4315692.
M-4315692
![]() | Expediente OEPM M-4315692 Tipo Figurativa Fecha solicitud 22/04/2025 Estado En tramitación |
CALLE PICASSENT, 4 - 1446900 TORRENT (VALENCIA)(ES) ESPAÑA
Blanco, negro y gris
| Fecha | Tramitación |
|---|---|
| 2025-07-03 | Publ.Suspenso solicitud de f.Resol: 26/06/2025. |
| 2025-07-10 | Contestacion al suspenso publicado el: 03/07/2025. |
| 2025-07-14 | Efectuado tram. Art.18.4 ley sin detectar anterioridades relevantes. |
| 2025-07-21 | Publicacion de solicitud. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca obsidiana
Expediente: M-4315692
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Titular: INTERNIC SPAIN SL
Identificado de publicación: 9146201
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4315692
Fecha de resolución: 07/04/2026
Clases denegadas: 14
Fecha publicación de la solicitud: 21/07/2025
Expediente: M-4315692
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Titular: INTERNIC SPAIN SL
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa, para la clase solicitada, en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que carezcan de carácter distintivo. En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, toda vez que el conjunto denominativo solicitado no permite al públicoconsumidor identificar dicho signo con una concreta procedencia empresarial, ni la individualización en el mercado de productos. 02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, laprocedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otrascaracterísticas de los productos o servicios. En concreto, el signo solicitado está compuesto exclusivamente de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar la naturaleza de los productos para los que se solicita la presente marca.Puede contestar a este acuerdo de suspensode fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado
Identificado de publicación: 9037052
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4315692
Fecha de resolución: 18/02/2026
Clases: 14
Expediente: M-4315692
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8666946
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4315692
Fecha de desposito regular: 22/04/2025
Tipo de signo distintivo: F
Denominación: obsidiana
Clasificación de elementos figurativos: 260401270517290108
Colores indicados: BLANCO, NEGRO Y GRIS
Productos/Servicios o Activadades según la clasificación de Viena: 14-METALES PRECIOSOS Y SUS ALEACIONES; ARTICULOS DE JOYERIA, PIEDRAS PRECIOSAS Y SEMIPRECIOSAS; ARTICULOS DE RELOJERIA E INSTRUMENTOS CRONOMETRICOS; PULSERAS DE OBSIDIANA; COLGANTES DE OBSIDIANA; COLLARES DE OBSIDIANA; PENDIENTES DE OBSIDIANA; ANILLOS DE OBSIDIANA; JOYAS DE OBSIDIANA; PIEDRAS DE OBSIDIANA
Expediente: M-4315692
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Titular: INTERNIC SPAIN SL
Identificado de publicación: 8641893
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4315692
Fecha de resolución: 26/06/2025
Irregularidades: Debe corregir el apartado "reivindicación de color" indicando todos los colores que se visualizan en el distintivo. En su caso, falta por reivindicar el tono gris. Este apartado es facultativo por l o que puede eliminar estas indicaciones.SE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FOR MA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIV IDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/200 1, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS
La información sobre la marca obsidiana que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.